Bienes jurídicos tutelados en el Código Penal Federal
Enviado por iam.erick • 24 de Agosto de 2019 • Trabajo • 1.064 Palabras (5 Páginas) • 3.541 Visitas
Bienes jurídicos tutelados en el Código Penal Federal
Los bienes jurídicos son intereses humanos que requieren protección y constituyen un límite y una garantía dentro del derecho penal. El bien jurídico no es un concepto puramente legal de protección de derechos subjetivos que crea el legislador y lo plasma en la norma, sino un concepto material, un interés del individuo y de la comunidad; es la protección del derecho lo que eleva este interés a la categoría de bien jurídico.
Los bienes jurídicos protegidos que establece la clasificación mexicana son los siguientes:
- Bienes jurídicos de la persona
Dentro de este grupo principal se integran la comisión de todas y cada una de las conductas típicas, antijurídicas y culpables en las cuales, se afecta de manera directa alguna de las atribuciones de la persona y la familia individualmente consideradas. De esta manera, los efectos de los delitos aquí considerados solamente conciernen a quienes se ven afectados por los mismos, desligándonos de la idea de la seguridad colectiva o estatal que se rompe con la comisión de un delito, para quedar únicamente en la cuestión de lo individual y familiar, cuando el delito sólo incumbe a éstos.
- La vida (homicidio, genocidio, incitación al suicidio, abandono u omisión de asistencia, etc).
- La integridad corporal o psíquica (lesión física o psíquica, ataque peligroso y disparo de arma de fuego, tortura, actos de violencia por huelguistas, etc.).
- La libertad física/ corporal (secuestro, sustracción y tráfico de menores e incapaces, privación de la libertad con fines sexuales, desaparición forzada de personas).
- Libertad sexual, la seguridad sexual o el normal desarrollo psicosexual (violación, aprovechamiento sexual, estupro, incesto, abuso sexual, acoso sexual, lenocinio, corrupción de menores e incapaces, etc.).
- Las libertades de reunión, expresión y trabajo (ataques a la libertad de reunión y expresión, violación de garantías laborales).
- La seguridad individual o social de las personas (asalto, allanamiento de morada, presión en contra de las personas, violación a la privacidad o confidencialidad, delitos informáticos, etc.).
- El patrimonio (robo, incremento ilícito del patrimonio, abuso de confianza, comercialización de objetos robados, fraude, usura, daño a la propiedad, despojo, administración dolosa, etc.).
- La familia (violencia familiar, abandono de familiares, incumplimiento de obligaciones familiares, adulterio, matrimonios ilegales, etc.).
- La dignidad o la reputación (explotación de menores, enfermos o incapaces, explotación laboral e inducción a la mendicidad de menores e incapaces, etc.).
- La responsabilidad profesional (responsabilidad de técnicos y profesionistas en el ejercicio de su profesión, responsabilidad médica, responsabilidad profesional de licenciado en derecho, abogados patronos, defensores y litigantes, etc.).
- El respeto a los muertos (inhumación o exhumación de cadáveres, profanación de cadáveres y sepulcros, etc.).
- Bienes jurídicos de la sociedad
Dentro de este grupo principal se integran la comisión de todas y cada una de las conductas típicas, antijurídicas y culpables en las cuales se afecta el entorno social. De esta manera, los efectos de los delitos aquí considerados rebasan la esfera de la persona o la familia, para afectar a un grupo de integrantes de la sociedad.
- Salud (producción, tenencia, trafico, proselitismo y otros actos en materia de narcóticos, comercialización ilegal de sangre, órganos y tejidos humanos, comercialización ilegal de alimentos, bebidas, medicamentos o animales, y falsificación, adulteración y venta indebida de alimentos, bebidas y medicamentos).
- Seguridad pública (organización delictiva, instigación y participación en la comisión de delitos, comisión de delito por medio de otra persona, hechos y actos ilícitos con armas, etc.).
- La fe pública (falsificación y uso de documentos, falsificación de moneda, falsificación de títulos de créditos, ocultar o proporcionar nombre, domicilio o nacionalidad falsa, etc.).
- La economía pública (uso y transferencia de vehículos de motor robados).
- El equilibrio ecológico (contra la ecología y medio ambiente).
- El estado financiero (quebranto de instituciones financieras, de fianzas y mutualistas de seguro, cometidos por servidores públicos del sistema financiero mexicano, delitos informáticos en contra del sistema financiero mexicano).
- Bienes jurídicos del Estado
Se integran la comisión de todas y cada una de las conductas típicas, antijurídicas y culpables en las cuales se afectó el respeto, características esenciales, atribuciones, correcto desempeño de las funciones y la alteración de los elementos del estado, trascendiendo a la vida nacional en el plano del derecho internacional:
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