Breve Análisis Sobre La Carta Interamericana Democrática Y Su Aplicación Al Estado Venezolano - año 2013
Enviado por mg1005 • 26 de Enero de 2015 • 1.226 Palabras (5 Páginas) • 349 Visitas
La Carta Democrática Interamericana (aprobada el 11 de septiembre de 2001, en sesión especial de la Asamblea de la Organización de los Estados Americanos –OEA- en Lima, Perú), es un instrumento que proclama como objetivo principal, el fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática como un derecho fundamental perteneciente a los pueblos de la región de los Estados Americanos, cuyos gobiernos están en la obligación de promover y defender este derecho. Cabe destacar, que a pesar de ser una resolución de la Asamblea General de la OEA y no un tratado, la Carta Democrática Interamericana tiene en realidad una mayor jerarquía que una resolución ordinaria, ya que fue concebida como una herramienta para actualizar e interpretar la Carta de la OEA, que sí es un tratado obligatorio para los países que forman parte de dicha organización internacional. Por esta razón es que las disposiciones de la Carta Democrática Interamericana son de cumplimiento obligatorio, puesto que constituyen un desarrollo normativo de la Carta de la OEA.
Ahora bien, el siguiente análisis se realiza a partir de la petición recientemente elaborada por miembros de la oposición venezolana, a propósito de los resultados obtenidos en las elecciones presidenciales del pasado 14 de abril del 2013 y los actos de agresión contra miembros parlamentarios de este mi mismo grupo opositor, por parte de miembros del partido gubernamental, dentro de la Asamblea Nacional. La solicitud pide, principalmente, activar los mecanismos previstos en la Carta Democrática, por considerar que el Estado venezolano está vulnerando los artículos 3, 4 y 6 de la misma. Los dos primeros artículos hacen referencia a los elementos esenciales y a los componentes fundamentales del ejercicio de la democracia ; y el tercer artículo se refiere a la participación de la ciudadanía en las actividades relativas a su propio desarrollo, lo cual es una condición necesaria para el pleno y efectivo ejercicio de la democracia. Además, constituye el fortalecimiento de la misma, la promoción de diversas formas de participación por parte de los Estados.
¿Cuáles son los mecanismos que prevé la Carta Democrática para preservar la democracia de los Estados miembros de la OEA? Bueno, revisando exhaustivamente el contenido de la misma, se pudo constatar que existen varios mecanismos. No obstante, se considera que sólo existen tres artículos que pueden ser tomados en cuenta por la OEA, una vez que sea admitida la solicitud realizada por parte de la oposición venezolana.
Como primera opción, se tiene el artículo 17: “cuando el gobierno de un Estado Miembro considere que está en riesgo su proceso político institucional democrático o su legítimo ejercicio del poder, podrá recurrir al Secretario General o al Consejo Permanente a fin de solicitar asistencia para el fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática”. Esta opción, queda completamente descartada, pues tendría que ser el gobierno de Venezuela, bajo el mandato del Sr. Nicolás Maduro, quien haga esa solicitud, lo que resulta poco probable o más bien totalmente nulo, teniendo en cuenta que desde el punto de vista del Poder Ejecutivo y de los demás Poderes Públicos, los resultados electorales anunciados el pasado mes de abril son “incuestionables”.
La segunda alternativa es el artículo 18, el cual prevé que “cuando en un Estado Miembro se produzcan situaciones que pudieran afectar el desarrollo del proceso político institucional democrático o el legítimo ejercicio del poder, el Secretario General o el Consejo Permanente podrá, con el consentimiento previo del gobierno afectado, disponer visitas y otras gestiones con la finalidad de hacer un análisis de la situación…” Esta medida incluye la elaboración de un informe del Secretario General dirigido al Consejo Permanente de la OEA, el cual
...