Carta Democrática Interamericana
Enviado por karendelcid • 22 de Septiembre de 2012 • 10.251 Palabras (42 Páginas) • 388 Visitas
Carta Democrática Interamericana.
Antecedentes antiguos de la carta democrática interamericana
Se pueden mencionar como otros hitos dentro de este proceso de evolución:
• Carta de la OEA
• La Declaración de Santiago de 1959, donde se determinaron los atributos de la democracia representativa
• El Protocolo de Cartagena de Indias de 1985, que incorpora entre los propósitos esenciales de la OEA la promoción y consolidación de la democracia representativa dentro del respeto al principio de no intervención;
• Resolución AG/Res 991 (XIX‐O/89) “Derechos Humanos y Democracia Observación electoral”, que da al Secretario General de la OEA el mandato para el desarrollo regular de las misiones de observación electoral (MOEs); el establecimiento en 1990 de la Unidad para la Promoción de la Democracia, para llevar a cabo políticas de mediano y largo plazo en la promoción y consolidación de las instituciones democráticas; “El Compromiso de Santiago con la Democracia y la renovación del sistema interamericano” en 1991 y la Resolución AG/RES. 1080 (XXI‐O/91), “Democracia representativa”, en la que por primera vez se incorporaron mecanismos de sanción para los casos de interrupción abrupta o irregular del proceso político institucional democrático;
• Resolución de la asamblea general 1080 ag res 1080 de 1991.Este instrumento internacional tiene como antecedente a la Resolución 1080 de la OEA AG/RES. 1080 (XXI-0/91), que señala que en caso que haya una interrupción en el gobierno democrático en un país de la región, el Consejo Permanente de la OEA deberá convocar inmediatamente a una reunión de los Ministros de Relaciones Exteriores.
• El Protocolo de Washington de 1992 y 1997 que prevé acciones en el caso de gobiernos derrocado por la fuerza.
• Luego se llegó en 2001 a la Cumbre de las Américas de Quebec, en la que de un lado, se estableció una suerte de Cláusula Democrática, al señalar que cualquier alteración o ruptura inconstitucional del orden democrático en un Estado del Hemisferio constituye un obstáculo insuperable para la participación del Gobierno de dicho Estado en el proceso de Cumbres de las Américas; y de otro lado, como se indicó líneas arriba, se instruyó la preparación de la Carta Democrática Interamericana.
• El 11 de septiembre del 2001Hace 10 anos se adopto la carte democrática interamericana fue aprobada por todos los países integrantes de la OEA el mismo dia del ataque terrorista a las torres gemelas de new York 911 a los estados unidos.
Una vez conocidos los antecedentes históricos que llevaron a la imperiosa necesidad de crear una carta que comprometa a los estados a preservar la democracia en todos los estados miembros y preveer cualquier crisis futura no solo para contrarrestarla sino también evitar que pase tales acontecimientos. Encontramos una definición clara de lo que es la carta sus objetivos sus objetivos y su finalidad además de su estructura. Se desarrolla a continuación.
Carta democrática interamericana Es un instrumento que proclama como objetivo principal el fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática, al establecer que la ruptura del orden democrático o su alteración, que afecte gravemente el orden democrático en un Estado miembro, constituye "un obstáculo insuperable" para la participación de su gobierno en las diversas instancias de la OEA. Es la afirmación que la democracia es y debe ser la forma de gobierno compartida por los pueblos de las Américas y que ella constituye un compromiso colectivo de mantener y fortalecer el sistema democrático en la región. El artículo 1 establece claramente que "Los pueblos de América tienen derecho a la democracia y sus gobiernos la obligación de promoverla y defenderla".
La Carta Democrática, fue adoptada en Lima el 11 de setiembre de 2001.
Su objetivo principal es impedir que existan gobiernos no democráticos en Latinoamérica..
Al respecto, la parte operativa de la Carta señala en su artículo 20 que:
En caso de que en un Estado Miembro se produzca una alteración del orden constitucional que afecte gravemente su orden democrático, cualquier Estado Miembro o el Secretario General podrá solicitar la convocatoria inmediata del Consejo Permanente para realizar una apreciación colectiva de la situación y adoptar las decisiones que estime conveniente.
La organización durante esta década se ha enfrentado a cuatro intentos significativos de ruptura del orden constitucional en otros tantos países de la región (Venezuela, Honduras, Ecuador y Bolivia). Sin embargo, en casi ninguno de estos casos la OEA ha aplicado estrictamente lo señalado en la Carta. Por el contrario, en esas ocasiones la Organización ha buscado soluciones políticas más que jurídicas a las crisis existentes
CUANDO SE APLICA LA CARTA
Este mecanismo se aplica en el caso de que se produjera una ruptura del proceso político institucional democrático o del legítimo ejercicio del poder por un gobierno democráticamente electo, en cualquiera de los Estados Miembros de la Organización (Art.20)
PRODEDIMIENTO PARA APLICAR LA CARTA DEMOCRATICA EN UN PAIS MIEMBRO DE LA OEA
Ante una alteración del orden constitucional como señalado en el párrafo anterior, cualquier Estado Miembro de la OEA o su secretario General podrá solicitar la convocatoria del consejo permanente para analizar la situación y adoptar las decisiones ﴾diplomáticas o de buenos oficios) que se estimen convenientes, a fin de promover la normalización de la situación alterada. En caso de que las gestiones diplomáticas resultaren infructuosas o si la urgencia así lo impone, el consejo permanente convocara a la Asamblea General ﴾ órgano supremo de la OEA) a un periodo de sesiones extraordinarias y será este cuerpo, el único, previo la constatación de la ruptura del orden democrático de Estado cuestionado y de que las gestiones diplomáticas han sido infructuosas, el que podrá acordar la suspensión temporal de Estado Miembro, del ejercicio de su derecho del voto de los dos tercios de los estados que conforman la Organización ﴾34 países).
SANCION QUE ESTABLECE LA CARTA DEMOCRATICA
Es de hacer notar que la única sanción que la Carta Democrática Interamericana prevé es la suspensión temporal del Estado Miembro afectado hasta tanto no haya superado la situación que motivo su suspensión, por lo tanto la intervención extranjera directa ﴾Cascos azules u otras fuerzas) no esta prevista en ninguno de los contenidos de la Carta Democrática, ya que eso iría en contra de los principios de no intervención, soberanía e independencia de los Estados,
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