CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS CAPÍTULO I: PROPÓSITOS Y PRINCIPIOS
Enviado por COO212119 • 9 de Mayo de 2017 • Resumen • 9.362 Palabras (38 Páginas) • 432 Visitas
CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS
CAPÍTULO I: PROPÓSITOS Y PRINCIPIOS
Artículo 1
Los propósitos de las Naciones Unidas son:
- 1. Mantener la paz y la seguridad internacionales, y con tal fin: tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y para suprimir actos de agresión u otros quebrantamientos de la paz; y lograr por medios pacíficos, y de conformidad con los principios de la justicia y del derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir a quebrantamientos de la paz;
- 2. Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, y tomar otros medidas adecuadas para fortalecer la paz universal;
- 3. Realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religion; y
- 4. Servir de centro que armonice los esfuerzos de las naciones por alcanzar estos propósitos comunes.
Artículo 2
Para la realización de los Propósitos consignados en el Artículo 1, la Organización y sus Miembros procederán de acuerdo con los siguientes Principios:
- 1. La Organización esta basada en el principio de la igualdad soberana de todos sus Miembros.
- 2. Los Miembros de la Organización, a fin de asegurarse los derechos y beneficios inherentes a su condición de tales, cumplirán de buena fe las obligaciones contraidas por ellos de conformidad con esta Carta.
- 3. Los Miembros de la Organización arreglarán sus controversias internacionales por medios pacificos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia.
- 4. Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas.
- 5. Los Miembros de la Organización prestarón a ésta toda clase de ayuda en cualquier acción que ejerza de conformidad con esta Carta, y se abstendran de dar ayuda a Estado alguno contra el cual la Organización estuviere ejerciendo acción preventiva o coercitiva.
- 6. La Organización hará que los Estados que no son Miembros de las Naciones Unidas se conduzcan de acuerdo con estos Principios en la medida que sea necesaria para mantener la paz y la seguridad internacionales.
- 7. Ninguna disposición de esta Carta autorizará a las Naciones Unidas a intervenir en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados, ni obligará; a los Miembros a someter dichos asuntos a procedimientos de arreglo conforme a la presente Carta; pero este principio no se opone a la aplicación de las medidas coercitivas prescritas en el Capítulo VII.
CAPÍTULO II: MIEMBROS
Artículo 3
Son Miembros originarios de las Naciones Unidas los Estados que habiendo participado en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional celebrada en San Francisco, o que habiendo firmado previamente la Declaración de las Naciones Unidas de 1 de enero de 1942, suscriban esta Carta y la ratifiquen de conformidad con el Artículo 110.
Artículo 4
- Podrán ser Miembros de las Naciones Unidas todos los demás Estados amantes de la paz que acepten las obligaciones consignadas en esta Carta, y que, a juicio de la Organización, estén capacitados para cumplir dichas obligaciones y se hallen dispuestos a hacerlo.
- La admisión de tales Estados como Miembros de las Naciones Unidas se efectuará por decisión de la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad.
Artículo 5
Todo Miembro de las Naciones Unidas que haya sido objeto de acción preventiva o coercitiva por parte del Consejo de Seguridad podrá ser suspendido por la Asamblea General, a recomendación del Consejo de Seguridad, del ejercicio de los derechos y privilegios inherentes a su calidad de Miembro. El ejercicio de tales derechos y privilegios podrá ser restituido por el Consejo de Seguridad.
Artículo 6
Todo Miembro de las Naciones Unidas que haya violado repetidamente los Principios contenidos en esta Carta podrá ser expulsado de la Organización por la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad.
CAPÍTULO III: ÓRGANOS
Artículo 7
- Se establecen como órganos principales de las Naciones Unidas:
- una Asamblea General
- un Consejo de Seguridad
- un Consejo Económico y Social
- un Consejo de Administración Fiduciaria
- una Corte Internacional de Justicia
- una Secretaría - Se podrán establecer, de acuerdo con las disposiciones de la presente Carta, los órganos subsidiarios que se estimen necesarios.
Artículo 8
La Organización no establecerá restricciones en cuanto a la elegibilidad de hombres y mujeres para participar en condiciones de igualdad y en cualquier caracter en las funciones de sus órganos principales y subsidiarios.
CAPÍTULO IV: LA ASAMBLEA GENERAL
COMPOSICIÓN [pic 1]
Artículo 9
- La Asamblea General estará integrada por todos los Miembros de las Naciones Unidas.
- Ningun Miembro podrá tener más de cinco representantes en la Asamblea General.
FUNCIONES y PODERES [pic 2]
Artículo 10
La Asamblea General podrá discutir cualesquier asuntos o cuestiones dentro de los límites de esta Carta o que se refieran a los poderes y funciones de cualquiera de los órganos creados por esta Carta, y salvo lo dispuesto en el Artículo 12 podrá hacer recomendaciones sobre tales asuntos o cuestiones a los Miembros de las Naciones Unidas o al Consejo de Seguridad o a éste y a aquéllos.
...