CODIGO DE ETICA POLICIAL
Enviado por felipet1991 • 12 de Octubre de 2020 • Síntesis • 453 Palabras (2 Páginas) • 292 Visitas
Encabezado: CODIGO DE ETICA POLICIAL
Informe de captura
Siendo las 09:45 horas del 11 de noviembre de 2015 en terminal de transporte de Bogotá D.C. se captura a una mujer que pretendía vender un erizo pigmeo africano, especie muy diferente a la que habita en nuestro país, la señora fue identificada como Yurany Granobles Yara de 29 años de edad quien no manifestó que actividad ilícita realizaba con este animal, esto gracias a un ciudadano que dio aviso al número de emergencia 123 quienes dieron inmediato aviso a la policía ambiental de Bogotá.
Al parecer esta mujer trataba de realizar la venta de este animal exótico ya que este animal es proveniente de áfrica momentos en que fue capturada por el delito de manejo ilícito de especies exóticas y fue dejada a disposición de la fiscalía 9 URI de Bogotá donde posteriormente fue dejada en libertad.
Sujeto pasivo
en este caso como miembro pasivo tenemos a un erizo pigmeo africano, un animal muy ajeno a la raza que encontramos en nuestro país.
Sujeto activo
Por otro lado, tenemos como miembro activo a la señora Yurany Granobles Yara de 29 años de edad quien tenía en el momento de la captura al erizo pigmeo africano y no manifestó como fue traída esa raza animal hasta nuestra región de Colombia.
Pena privativa
Según el artículo 330 del código penal, Manejo y uso ilícito de organismos, microorganismos y elementos genéticamente modificados. [Modificado por el artículo 31 de la ley1453 de 2011] El que con incumplimiento de la normatividad existente introduzca, manipule, experimente, inocule, o propague, microorganismos moléculas, sustancias o elementos que pongan en peligro la salud o la existencia de los recursos fáunicos, florísticos o hidrobiológicos, o alteren perjudicialmente sus poblaciones incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento ocho (108) meses y multa de ciento treinta y tres puntos treinta y tres (133.33) a quince mil (15.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes. Incurrirá en la misma pena el que con incumplimiento de la normatividad existente importe, introduzca, manipule, experimente, libere, organismos genéticamente modificados, que constituyan un riesgo para la salud humana, el ambiente o la biodiversidad colombiana. Si se produce enfermedad, plaga o erosión genética de las especies la pena se aumentará en una tercera parte.
Modalidad de la conducta
Dolosa y culposo por que se comete con consienta, es decir el autor quiso hacer lo que hizo.
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