Código De Etica Policial
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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
POLICÍA NACIONAL
DEPARTAMENTO DE POLICÍA GUAVIARE
ESTACION DE POLICIA MAPIRIPAN
Mapiripán Meta, 27 de Mayo de 2010
ACTA NO. 043/ QUE TRATA DE LA INSTRUCCIÓN IMPARTIDA AL PERSONAL DE SUBOFICIALES PATRULLEROS Y AUXULIARES DE POLICIA QUE INTEGRAN LA ESTACION DE POLICÍA MAPIRIPÁN POR PARTE DEL SEÑOR CT. PEDRO JAVIER MUÑOZ GOMEZ COMANDANTE DE ESTACION, SOBRE EL DECRETO N° 1800 DEL 24 DE MAYO DE 2010,“ POR EL CUAL SE DICTAN NORMAS PARA LA CONSERVACIÓN DEL ORDEN PÚBLICO DURANTE EL PERIODO DE ELECCIONES PRESIDENCIALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”
En el municipio de Mapiripán – Meta a los 27 días del mes de Mayo del 2010, en la Estación de Policía, se reunieron el Señor CT. PEDRO JAVIER MUÑOZ GOMEZ Comandante de Estación y los Señores Suboficiales, Patrulleros y Auxiliares De Policía que integran la Estación De Policía Mapiripán, con el fin de dar amplia instrucción sobre el decreto n° 1800 del 24 de mayo de 2010, “por el cual se dictan normas para la conservación del orden público durante el periodo de elecciones presidenciales y se dictan otras disposiciones” así:
DECRETO N° 1800 DEL 24 DE MAYO DE 2010
Por el cual se dictan normas para la conservación del orden publico durante el periodo de elecciones presidenciales y se dictan otras disposiciones
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que les confieren los artículos 189 numeral 4° de la constitución política en armonía con los artículos 24, 27, 29 y 39 de la ley 130; los artículos 10 y 16 de la ley 163 de 1994; ley 140 de 1994; articulo 61 de la ley 1341 de 2009, artículos 22, 24, 25 y 28 de la ley 996 de 2005; artículos 156 y 210 del decreto 2241 de 1986; decreto 2615 de 1991 y 2170 de 2004,
Del anterior Decreto también se dio a conocer mediante un juego de policía para lo cual se representaron diferentes casos que se pueden presentar en la jornada electoral además se dio nuevamente instrucción del CODIGO ELECTORAL COLOMBIANO, CODIGO PENAL y sus artículos esto con el fin de que el personal de policía tenga en cuenta que actividades son anómalas en este evento democrático.
ARTICULO 6: USO DE LOS CELULARES EN LOS PUESTOS DE VOTACION.
SEGÚN ESTE ARTICULO ESTA PROHIBIDO EL USO DE LOS CELULARES DENTRO DE LOS PUESTOS DE VOTACIÓN ESTO CON EL FIN DE EVITAR EL FRAUDE ELECTORAL QUE TERCERAS PERSONA TRATAN DE HACER PARA BENEFICIO DE UN CANDIDATO. COMO LO DEMUESTRA LA IMAGEN DON DE EL CIUDADANO ESTA COMETIENDO ESTA FALTA Y ES SORPRENDIDO POR EL POLICIAL QUE SE ENCUENTRA DE SERVICIO EN ESTE LUGAR.
DURANTE EL EVENTO ELECTORAL SE PUEDEN PRESENTAR TAMBIEN DELITOS TALES COMO EL ARTÍCULO 387: CONSTREÑIMIENTO AL SUFRAGANTE DE LA LEY 599 DEL 2000 ESTE DELITO QUE SUCEDE EN CASOS DE AMENAZAS DE PERSONAS INESCRUPULOSAS HACIA LOS CIUDADANOS QUE VAN A SUFRAGAR PARA ASÍ FAVORECER CIERTO CANDIDATO, O IMPEDIR QUE ESTE VOTE Y SE LE RECORDO NUEVAMENTE AL PERSONAL QUE ESTA SUSPENDIDO EL PERMISO PARA EL PORTE DE ARMAS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL A PARTIR DEL VIERNES 28 DE MAYO HASTA EL MIERCOLES 2 DE JUNIO DE 2010 SEGÚN EL DECRETO 1800 DE 2010 ARTICULO 14.
SE DIERON A CONOCER LOS DELITOS QUE AFECTAN LA JORNADA ELECTORAL COMO LA CORRUPCION ELECTORAL, VOTOS FRAUDULENTOS ENTRE OTROS, ESTA INSTRUCCIÓN SE HACE CON EL OBJETIVO DE QUE EL PERSONAL DE LA ESTACIÓN DE POLICÍA MAPIRIPÁN ESTE PREPARADO Y DISPUESTO PARA
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