CONCEPTO Y EVOLUCIÓN DE LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA
Enviado por isabeltomas • 4 de Agosto de 2014 • 1.627 Palabras (7 Páginas) • 497 Visitas
1.1. Argumentación jurídica
La teoría de la argumentación jurídica atiende al discurso justificativo de los
jueces, es decir, de las razones que ofrecen como fundamento –motivación–
de sus decisiones (el contexto de la justificación de las decisiones) y no de la
descripción y explicación de los procesos de toma de decisiones (el contexto
de descubrimiento) que exigirían tomar en cuenta factores de tipo económico,
psicológico, ideológico, etc.1
Ahora bien, el interés por la argumentación jurídica surge para cumplir
con dos objetivos: primero, para acatar la obligación de fundar y motivar las
decisiones jurisdiccionales; y segundo, para legitimar dichas decisiones frente a
las partes directamente y frente a la sociedad en su conjunto indirectamente.
Y esa exigencia de motivación de las decisiones jurisdiccionales tiene
como base el sometimiento de los jueces a la constitución y a las leyes (así
como a la jurisprudencia vinculante), conforme a las siguientes disposiciones:
Artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos:2
“Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los
Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el
Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda
la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y
tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las
Constituciones o leyes de los Estados”.
1 Véase: Atienza, Manuel, El derecho como argumentación, 2003, México, Fontamara,
2004, p. 70.
2 En adelante CPEUM.
Artículo 97, párrafos sexto y séptimo, de la CPEUM:
“Cada Ministro de la Suprema Corte de Justicia, al entrar a ejercer su encargo,
protestará ante el Senado, en la siguiente forma:
Presidente: "¿Protestáis desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Ministro de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación que se os ha conferido y guardar y hacer
guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de
ella emanen, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?“
Artículo 128 de la CPEUM:
“Todo funcionario público, sin excepción alguna, antes de tomar posesión de su
encargo, prestará la protesta de guardar la Constitución y las leyes que de ella
emanen”
Los tribunales deben someterse a la jurisprudencia vinculante:
Artículo 94, séptimo párrafo, de la CPEUM:
“La ley fijará los términos en que sea obligatoria la jurisprudencia que establezcan los
Tribunales del Poder Judicial de la Federación sobre interpretación de la Constitución,
leyes y reglamentos federales o locales y tratados internacionales celebrados por el
Estado Mexicano, así como los requisitos para su interrupción y modificación”.
La obligación de fundar y motivar se sustenta en estas normas.
Artículo 16, primer párrafo, Constitucional:
“Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones,
sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive
la causa legal del procedimiento”.
Del Código Federal de Procedimientos Civiles:
“219. las resoluciones judiciales (…) expresarán (…) sus fundamentos legales”.
Del Código Federal de Procedimientos Penales:
“94. …toda resolución deberá ser fundada y motivada…”.
“95. Las sentencias contendrán: … V. Las consideraciones, fundamentaciones y
motivaciones legales de la sentencia;…”.
“96. Los autos contendrán una breve exposición del punto de que se trate y la
resolución que corresponda, precedida de su motivación y fundamentos legales”.
De la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia
Electoral:
“22. Las (…) sentencias que pronuncie(n) el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación, (…) contendrán: …d) Los fundamentos jurídicos;…”.
1.2. Evolución de la argumentación jurídica
La segunda de las funciones de la argumentación jurídica, aludida al inicio de
esta unidad, en el sentido de que es un instrumento para legitimar las
decisiones jurisdiccionales, se advierte de la siguiente evolución histórica.3
1.2.1. Estado absolutista
Antes del Siglo XIX, en los sistemas monárquicos, en el denominado Estado
absolutista, el juez no motivaba (o no externaba las razones de sus decisiones
jurisdiccionales), porque actuaba en nombre del Rey, quien era designación
divina y éste a su vez designaba a los jueces, de modo que ese origen divino
trasladado, hacía innecesario que el juzgador legitimara sus fallos.
1.2.2. Estado de Derecho
A partir de las revoluciones francesa e inglesa, así como la independencia
norteamericana, en el llamado Estado de derecho, surgieron los sistemas
parlamentarios, para contrarrestar los postulados del Estado absolutista, se
limitó a los jueces a ser meros aplicadores de la ley, de manera que sólo
interpretaban gramaticalmente, es decir, conforme a su letra, su legitimación
derivaba de que se ajustaran o no a la norma, no tenían por qué motivar sino
sólo aplicarla, se originó la llamada era de la codificación.4
3 Véase: Nieto, Santiago, Interpretación y argumentación jurídicas en materia electoral,
México, Universidad Nacional Autónoma de México, 2003, pp. 6-12.
4 Ídem.
1.2.3. Estado Constitucional de Derecho
Desde la expedición de la constitución del primer tribunal constitucional (en
Austria en los años veinte), en los sistemas constitucionales de derecho, se
concluyó que la literalidad de la ley no podía resolver todos los casos, de
manera que el juez, además de interpretar gramaticalmente, debía hacerlo de
manera sistemática, para resolver problemas de jerarquía normativa, lagunas y
antinomias, bajo los postulados kelsenianos de la pirámide normativa.
1.2.4. Estado Social de Derecho
A partir de los juicios relacionados con la segunda guerra mundial (juicios de
...