CONFORMACION DE LA TEORIA GENERAL DEL PROCESO.
Enviado por marcosmp1234 • 10 de Junio de 2013 • 5.566 Palabras (23 Páginas) • 401 Visitas
CONFORMACION DE LA TEORIA GENERAL DEL PROCESO.
La teoría general del proceso, está conformada por un conjunto de conceptos y principios, así como instituciones aplicables al derecho procesal en general; de tal manera que es indispensable conocerlos para poder manejar el proceso en cualquiera de las diferentes ramas del derecho; los conceptos esenciales son los siguientes.
1.-Acción.
R= *ACCION. Del latín agere, hacer, obrar. La amplitud de esta palabra es superada difícilmente por otra alguna; pues toda la vida es acción, y sólo existe inacción absoluta *corporal al menos en la muerte y en la nada. En sus significados generales, acción equivale a ejercicio de una potencia o facultad. Efecto o resultado de hacer. La impresión de un agente en un sujeto.
2.- ¿Quién puede utilizar un procedimiento judicial o intervenir en él?
R= ARTICULO 1 CPCDF. Sólo puede iniciar un procedimiento judicial o intervenir en él, quien tenga interés en que la autoridad judicial declare o constituya un derecho o imponga una condena y quien tenga el interés contrario.
3.-Mencione cuando procede una acción.
R= ARTICULO 2 CPCDF. La acción procede en juicio, aun cuando no se exprese su nombre, con tal de que se determine con claridad, la clase de prestación que se exija del demandado y el título, o causa de la acción.
4.-Diga cuando se reclaman las acciones reales.
R= ARTICULO 3 CPCDF. Por las acciones reales se reclamarán: la herencia, los derechos reales o la declaración de libertad de gravámenes reales. Se dan y se ejercitan contra el que tiene en su poder la cosa y tiene obligación real, con excepción de la petición de herencia y la negatoria.
5.-Explieque que es reivindicación.
R= En el latín es donde podemos encontrar el origen etimológico del término que vamos a analizar a continuación. En concreto aquel se halla en el verbo reivindicare que es fruto de la suma de dos partículas: el vocablo rei que significa “cosa” y el verbo vindicar que a su vez puede traducirse como “vengar o defender”.
Reivindicación es el proceso y el resultado de reivindicar. Este verbo hace referencia a resguardar o requerir una cosa a la que se cree contar con derecho o a expresarse de manera positiva sobre algo o sobre una persona.
6.-Diga a quién compete la reivindicación.
R= ARTICULO 4 CPCDF. La reivindicación compete a quien no está en posesión de la cosa, de la cual tiene la propiedad, y su efecto será declarar que el actor tiene dominio sobre ella y se la entregue el demandado con sus frutos y accesiones en los términos prescritos por el Código Civil.
7.-Mencione que cosas no pueden ser reivindicadas.
R= ARTICULO 8 CPCDF. No pueden reivindicarse las cosas que están fuera del comercio; los géneros no determinados al establecerse la demanda; las cosas unidas a otras por vía de accesión, según lo dispuesto por el Código Civil, ni las cosas muebles perdidas, o robadas que un tercero haya adquirido de buena fe en almoneda, o de comerciante que en mercado público se dedica a la venta de objetos de la misma especie, sin previo reembolso del precio que se pagó. Se presume que no hay buena fe, si de la pérdida, o robo, se dio aviso público y oportunamente.
8.-Escriba cuando procede la acción negatoria.
R= ARTICULO 10 CPCDF. Procederá la acción negatoria para obtener la declaración de libertad, o la de reducción de gravámenes de bien inmueble y la demolición de obras o señales que importen gravámenes, la tildación o anotación en el Registro de la Propiedad, y conjuntamente, en su caso, la indemnización de daños y perjuicios. Cuando la sentencia sea condenatoria, el actor puede exigir del reo que caucione el respeto de la libertad del inmueble. Sólo se dará esta acción al poseedor a título de dueño, o que tenga derecho real sobre la heredad.
9.-Explique quien compete la acción confesoria.
R= ARTICULO 11 CPCDF. Compete la acción confesoria al titular del derecho real inmueble y al poseedor del predio dominante que esté interesado en la existencia de la servidumbre. Se da esta acción contra el tenedor o poseedor jurídico que contraría el gravamen, para que se obtenga el reconocimiento, la declaración de los derechos y obligaciones del gravamen y el pago de frutos, daños y perjuicios, en su caso, y se haga cesar la violación. Si fuere la sentencia condenatoria, el actor puede exigir del reo que afiance el respeto del derecho.
10.-Diga para que se intenta la acción hipotecaria.
R= ARTICULO 12 CPCDF. Se intentará la acción hipotecaria para constituir, ampliar y registrar una hipoteca, o bien para obtener el pago o prelación del crédito que la hipoteca garantice. Procederá contra el poseedor a título de dueño del fundo hipotecado y, en su caso, contra los otros acreedores. Cuando después de anotada la demanda en el Registro Público de la Propiedad y contestada ésta, cambiare el dueño y poseedor jurídico del predio, con éste continuará el juicio.
11.- Explique quién deduce la petición de herencia.
R= ARTICULO 13 CPCDF. La petición de herencia se deducirá por el heredero testamentario o ab-intestato, o por el que haga sus veces en la disposición testamentaria; y se da contra el albacea o contra el poseedor de las cosas hereditarias con el carácter de heredero, o cesionario de éste y contra el que no alega título ninguno de posesión de bien hereditario, o dolosamente dejó de poseerlo.
12.- ¿Cuál es el objeto de la acciones de estado civil?
R= ARTICULO 24 CPCDF. Las acciones del estado civil tienen por objeto las cuestiones relativas al nacimiento, defunción, matrimonio o nulidad de éste, filiación, reconocimiento, emancipación, tutela, adopción, divorcio y ausencia; o atacar el contenido de las constancias del Registro Civil para que se anulen o rectifiquen. Las decisiones judiciales recaídas en el ejercicio de acciones del estado civil, perjudican aun a los que no litigaron. Las acciones del estado civil fundadas en la posesión de estado, producirán al efecto de que se ampare o restituya a quien la disfrute contra cualquier perturbador.
13.-Mencione porque que se deducen las acciones personales.
R= ARTICULO 25 CPCDF. Las acciones personales se deducirán para exigir el cumplimiento de una obligación personal, ya sea de dar, de hacer o no hacer determinado acto.
14.-Mencione cuales son las excepciones procesales y explique cada una de ellas.
R= ARTICULO 35 CPCDF. Son excepciones procesales las siguientes:
I.- La incompetencia del juez;
II.- La litispendencia: si se declara procedente la litispendencia, el efecto será sobreseer el segundo juicio, salvo disposición en contrario.
III.- La conexidad de la causa: si
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