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CONSEJOS COMUNALES


Enviado por   •  27 de Septiembre de 2012  •  2.625 Palabras (11 Páginas)  •  411 Visitas

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INTRODUCCION

La aprobada Ley de Los Consejos Comunales promueve el manejo eficiente de los recursos que son transferidos a los Consejos Comunales para la ejecución de sus proyectos ordinarios.

La nueva Ley crea la figura de la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria, instancia del Consejo Comunal que funcionará como un ente de administración, ejecución, inversión, crédito, ahorro e intermediación financiera de los recursos y fondos que les sean transferidos. La administración se regirá de acuerdo con las decisiones y aprobaciones emanadas de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, a fin de privilegiar el interés social sobre la acumulación de capital.

Dicha asamblea estará integrada por cinco habitantes de la comunidad, electos y electas a través de un proceso de elección popular. De acuerdo con los principios que establece la normativa, es competencia de la Unidad Administrativa Financiera elaborar registros contables que demuestren los ingresos y egresos efectuados por el Consejo Comunal. Este mecanismo permite la efectiva contraloría social y fomenta la transparencia dentro de la gestión comunal.

LOS CONSEJOS COMUNALES

El Consejo Comunal es la nueva estructura Social, que funcionara como el ente planificador de proyecto de necesidad y de proyectos de producción que desarrollen nuevas fuentes de trabajos e impulsen el desarrollo social y económico de la comunidad un mecanismo de la participación ciudadana.

Los consejos comunales son instancias de participacion, articulacion e investigacion asi como la integración entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social.

DISPOSICIONES GENERALES, PRINCIPIOS Y VALORES QUE RIGEN LA LEY DE LOS CONSEJOS COMUNALES

 Corresponsabilidad

 Democracia

 Identidad Nacional

 Libre Debate de Ideas

 Celeridad

 Coordinación

 Cooperación

 Solidaridad

 Transparencia

 Rendicion de Cuentas

 Honestidad

 Bien Comun

 Humanismo

ESTRUCTURA DE LOS CONSEJOS COMUNALES

Los Consejos Comunales estan estructurado de manera jerarjica por:

Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas: Máxima instancia de participación y decisión de la comunidad organizada, conformada por la integración de personas con cualidad jurídica, según la ley que regule la forma de participación, para el ejercicio directo del poder y protagonismo popular, cuyas decisiones son de carácter vinculante para la comunidad, las distintas formas de organización, el gobierno comunal y las instancias del Poder Público, de acuerdo a lo que establezcan las leyes que desarrollen la constitución, organización y funcionamiento de los autogobiernos comunitarios, comunales y los sistemas de agregación que de éstos surjan.

Colectivo de Coordinacion Comunitaria: Es la instancia de articulacion, trabajo conjunto y funcionamiento, conformado por los voceros y voceras de la Unidad Ejecutiva, Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria y la Unidad de Contraloria Social del Consejo Comunal.

Unidad Ejecutiva: Es la instancia del Consejo Comunal encargada de promover y articular la participación organizada de los habitantes de la comunidad, organizaciones comunitarias, los movimientos sociales y populares en los diferentes comités de trabajo; se reunirá a fin de planificar la ejecución de las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, así como conocer las actividades de cada uno de los comités y de las áreas de trabajo.

Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria: es la instancia del Consejo Comunal que funciona como un ente de administración, ejecución, inversión, crédito, ahorro e intermediación financiera de los recursos y fondos de los consejos comunales, de acuerdo a las decisiones y aprobaciones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, privilegiando el interés social sobre la acumulación de capital. Estará integrada por cinco habitantes de la comunidad, electos o electas

Unidad de Contraloria Social: es la instancia del Consejo Comunal para realizar la evaluación de la gestión comunitaria y la vigilancia de las actividades, recursos y administración de los fondos del Consejo Comunal. Estará integrada por cinco habitantes de la comunidad electos o electas, a través de un proceso de elección popular.

OBJETO DE LA LEY DE LOS CONSEJOS COMUNALES

El Capítulo I de dicho instrumento jurídico remitido a la Sala Constitucional, contiene sus Disposiciones Generales, cuyo artículo 1 fija como su objeto regular la conformación, organización y funcionamiento de los Consejos Comunales como instancia de participación para el ejercicio directo de la soberanía popular y su relación con los órganos y entes del Poder Público para la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas, así como los planes y proyectos vinculados al desarrollo comunitario.

En esa orientación, los artículos 2 al 4, fijan algunos elementos vertebrales de la ley: la definición legal de los Consejos Comunales como instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares; los principios y valores que informan este mecanismo de participación popular y las definiciones empleadas en el articulado de esa ley.

ANTECEDENTES DEL ORIGEN DE LA LEY DE LOS CONSEJOS COMUNALES

La ley de los consejos comunales se aprobó en abril del año 2006. Para el mes de marzo de 2008, estaban contabilizados 26.143 consejos comunales conformados y otros 10.669 en proceso de conformación, lo que totalizarían unos 36.812 consejos comunales.

En vista del desarrollo de la figura de los consejos comunales a dos años de creados muestra el grado de apropiación de esta iniciativa por parte de los sectores populares fundamentalmente.

Las motivaciones por las cuales los consejos comunales han tenido el grado de desarrollo y funcionamiento que actualmente presentan podría explicarse por qué estos están permitiendo resolver temas que afectan de manera directa a cada habitante de los espacios sociales en donde están asentadas las comunidades populares.

Las comunidades no solamente están demandando soluciones de servicios y satisfacción de necesidades sino

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