¿CONSIDERA QUÉ LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y COMERCIALES SE APLICAN EN LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DEL PAÍS?
Enviado por luisfervalen • 5 de Noviembre de 2017 • Ensayo • 1.281 Palabras (6 Páginas) • 260 Visitas
¿CONSIDERA QUÉ LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y COMERCIALES SE APLICAN EN LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DEL PAÍS?
AURA ALEJANDRO ROMERO
ID 585939
LILIA PATRICIA LEGUIZAMON PALMA
NRC 4489
Corporación Universitaria Minuto De Dios UNIMINUTO
Modalidad Virtual y A Distancia
Facultad de Ciencias Empresariales
Programa Contaduría Pública
Bogotá, Mayo 2017
INTRODUCCION
Mediante el presente se buscará analizar si la actividad económica del país se basa en los principios constitucionales y comerciales, partiendo de que en nuestro país están establecidos unos parámetros para dar total cumplimiento.
¿CONSIDERA QUÉ LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y COMERCIALES SE APLICAN EN LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DEL PAÍS?
Para considerar si los principios constitucionales y comerciales se aplican en la actividad económica del país es preciso realizar una introducción sobre el contexto corporativo y empresarial de Colombia, puesto que además de las grandes multinacionales que mueven recursos importantes del estado colombiano también se encuentran las medianas y pequeñas empresas.
De acuerdo a indicadores de confecámaras durante el año 2016 se constituyeron cerca de 243.093 empresas, de las cuales, tan solo 59.626 son sociedades y 183.467 corresponden al registro y constitución de personas naturales, en cuento a los sectores económicos en los que se crearon estas compañías las estadísticas de la misma entidad afirman que el (37%) se encuentran constituidos bajo la actividad del sector comercio, el (13.1% )se encuentra en el sector de alojamiento y servicios de comida, el (10.8%) se encuentra en la industria manufacturera, el (7.4%) en el sector de actividades profesionales y científicas, el (5,8%) en el sector de construcción, el (4.4%) en el sector de actividades de servicios administrativos y el (4.0%) en el sector de otros servicios,[1] sin lugar a duda estos indicadores porcentuales dan cuenta de un positivo y adecuado ambiente empresarial incrementando la seguridad financiera para la inversión extranjera.
Sin embargo y pese al alentador panorama no se puede pasar por alto algunos escenarios y situaciones que claramente se constituyen en vacíos que impiden el total cumplimiento de los principios constitucionales y comerciales, ya que la presencia de fenómenos como la corrupción y el contrabando dentro del ejercicio
comercial, evidencia una carencia en el fortalecimiento de estrategias propias de las entidades de control que garanticen el total cumplimiento de los principios constitucionales y comerciales del país y así exista igualdad de condiciones entre todos los ciudadanos.
Esta condición de igualdad e inclusión social se persiguió con la constitución de 1991 con la que Colombia busco convertirse en un estado social de derecho lo que significó el estudio y revisión de los principios, deberes, derechos y valores constitucionales, los cuales quedaron compilados en nuestra constitución y enmarcados en sentencias, garantizando con esto, el ejercicio de los derechos fundamentales, ahora bien, es necesario citar la realidad económica, financiera y social de Colombiana para identificar el cumplimiento e incumplimiento de los mismos ya que en muchos casos se han constituido en escándalos nacionales e internacionales, estos principios que en su gran mayoría son vulnerados se contemplan en los primeros artículos de la Constitución Política del país, del cual sobresale el principio de dignidad humana el cual encierra en sí mismo el respeto por el ser humano como; ciudadano, como empresario, como mujer, niño, hombre, etc. el cumplimiento de este principio en todas las escalas de la sociedad conllevaría al obligatorio acatamiento de los demás principios constitucionales y comerciales, estos últimos, están parametrizados bajo obligaciones formales de hacer y constituir, pues el código de comercio recopila conceptos, criterios, régimen, deberes, aspectos de las operaciones mercantiles y adicionalmente determina la empresa como unidad de negocio y motor general que impulsa el desarrollo económico y los elementos que la estructuran.
Del año 2000 al 2013 se dio paso al cartel de los pañales conformado por compañías reconocidas en el sector como Tecnoquímicas, Tecnosur, Colombiana Kimberly Colpapel, Productos Familia y Drypers Andian, dueños de las marcas
Winny Ultratrim, Pequeñín, Huggies y Baby Sec[2]. Los cuales acordaron un incremento exorbitante en el precio de los pañales, donde no solo se atenta contra el principio de dignidad humana sino también el principio comercial de sana y leal competencia.
Por otro lado, el incumplimiento directo a la sana práctica de principios comerciales del país se materializa en los altos índices de contrabando y en la falta de formalidad de algunos comerciantes como se evidencia en sectores de Bogotá como san andresito, san Victorino etc. y esto, sumado a la falta de protección al productor y comerciante nacional, ya que hoy por hoy el comercio está invadido de mercancía china y ecuatoriana entre otras. Es claro, que la falta de controles encarece la mercancía de quienes si cumplen con la totalidad de requisitos en comparación con aquellos comerciantes que no lo hacen ingresando sus productos al país bajo la modalidad de contrabando o sencillamente no pagando las erogaciones propias de un establecimiento de comercio. Pero no toda la informalidad es tan evidente y delictiva, ya que hay algunas prácticas comerciales como la comercialización por internet que carecen de control absoluto, pues la gran mayoría de estas compañías no cumplen con las obligaciones formales contempladas en el código de comercio puesto que la misma ley no ha logrado determinar en cabeza de quienes y en qué proporción deberán pagar la carga impositiva de dicha comercialización o si esa compra y venta en el exterior es una nacionalización o exportación, esto, debido a los vacíos normativos que permiten eludir obligaciones y responsabilidades, estas no solo de índole monetario, sino también ambientales donde las grandes multinacionales pueden llegar a explotar los recursos naturales no renovables bajo el amparo de la ley. No solo las grandes empresas carecen de conciencia ambiental sino también las medianas y pequeñas empresas, dado que no es común encontrar programas de conservación del medio ambiente constituidos como políticas dentro de las compañías, atentando así contra el principio constitucional de protección de las riquezas culturales y naturales de la nación.
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