CONSTITUCION DE SOCIEDAD LIMITADA
Enviado por wespao • 23 de Mayo de 2013 • Tesis • 2.753 Palabras (12 Páginas) • 448 Visitas
CONSTITUCION DE SOCIEDAD LIMITADA
Notaria primera (1) del circulo de la ciudad de YOPAL, a los tres (3) días del mes de enero del año dos mil trece (2013), comparecientes con minuta, Marco Abel Pérez Acero colombiano, mayor de edad, domiciliado y residente en la ciudad de YOPAL del departamento de CASANARE e identificado con cédula de ciudadanía 46.267.175. Expedida en TIBU (NORTE DE SANTANDER), estado civil soltero. yRubén Sánchez, colombiano, mayor de edad, domiciliado y residente en esta ciudad e identificado con cédula de ciudadanía 4.015.787 de Manizales, estado civil soltero sin unión marital de hecho, manifestaron su voluntad de constituir una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada que se regirá por las siguientes clausulas:
Cláusula 1. - Razón Social - La empresa que mediante este documento se constituye se denominará, “Comercial El Porvenir Ltda.
Cláusula 2. – Domicilio - El domicilio de la Empresa será la ciudad de Yopal., Departamento de Casanare, estando su sede principal en la calle 16 – 5 -64 para notificaciones judiciales y administrativas, pero podrá crear sucursales o agencias en otras ciudades del país o del exterior conforme a la ley.
Cláusula 3 – Objeto Social - La Empresa tendrá por objeto principal las siguientes actividades, compra y venta de mercancías al por mayor y al detal y la realización de todos aquellos actos mercantiles que tengan relación con el objeto social principal.
Cláusula 4º. – Duración - La Empresa durará por el término de diez (10) años, contados desde la fecha del presente documento.
Cláusula 5º. – Capital – La empresa tendrá un capital de cincuenta millones de pesos ($50.000.000), representado en cincuenta mil (50.000) de interés social por un valor igual de mil pesos c/u ($ 1.000) Este capital ha sido suscrito y pagado en su integridad así: Angélica Calderón aporta 27.500 cuotas de $ 1.000 cada una pagadas ASÍ: 18.500.000 en efectivo y mercancías para la venta 800 unidades a $11.250 cada una; Nohora Gutiérrez aporta 22.500 cuotas de $1.000 cada una pagadas en efectivo.
Cláusula 6ª. Responsabilidad.- La responsabilidad de los socios queda limitada al valor sus aportes.
Cláusula 7ª. Representación legal. Todos y cada uno de los socios delegan la representación legal en un gerente quien podrá ejecutar todos los actos y contratos que estén comprendidos dentro del objeto social y que tengan relación directa con la existencia y el funcionamiento de la sociedad.
Cláusula 8ª. La Dirección y Administración - La Dirección y Administración de la Sociedad estará a cargo de los siguientes órganos:
a. La Junta general de socios.
b. El Gerente.
Cláusula 9ª. Junta General de Socios – La junta general de socios la integran los socios reunidos con el quórum y en las demás condiciones establecidas en estos estatutos. Sus reuniones serán ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se celebrarán dentro de los tres primeros meses siguientes al vencimiento del ejercicio social, por convocatoria del gerente, hecha mediante comunicado por escrito dirigida a cada uno de los socios, con quince (15) días hábiles de anticipación, por lo menos. Si convocada la junta esta no se reuniere o si la convocatoria no se hiciere con la anticipación indicada, entonces se reunirá por derecho propio el primer día hábil del mes de abril, a las 8.00 AM, en las oficinas de la administración del domicilio principal.
a. Estudiar y aprobar la reforma de estatutos.
b. Examinar, aprobar o improbar los balances de fin de ejercicio y las cuentas que deben rendir los gerentes y / o administradores.
c. Disponer de las utilidades sociales conforme a lo previsto en estos estatutos y en la ley.
d. Elegir para periodos de dos (2) años y remover libremente al gerente y a su suplente, así como fijar la remuneración del mismo.
e. Elegir y remover libremente y fijar la remuneración que corresponda a los demás funcionarios de su elección.
f. Considerar los informes que debe presentar el gerente en las reuniones ordinarias y cuando la misma junta se los solicite.
h. Resolver sobre todo lo relativo a la cesión de cuotas, así como a la admisión de nuevos socios
i. Decidir sobre el registro y exclusión de socios.
j. Ordenar las acciones que correspondan contra el gerente y / o el administrador de los bienes sociales, el representante legal o contra cualquier otra persona que hubiere incumplido sus obligaciones y ocasionado daños o perjuicios a la sociedad.
K. Autorizar la solicitud de celebración de concordato preventivo potestativo.
l. Constituir apoderados extrajudiciales, precisándoles sus facultades.
m. Las demás que le asignen las leyes.
Cláusula 11º. Gerente – La sociedad tendrá un gerente de libre nombramiento y remoción por la junta general de socios o en su defecto alguno de los socios, el cual tendrá un suplente que lo remplazara en sus faltas absolutas, temporales o accidentales y cuya designación y remoción corresponderá también a la junta. El gerente tendrá un periodo de dos (2) años, sin perjuicio de que pueda ser reelegido indefinidamente o removido en cualquier tiempo.
Cláusula 12ª. Facultades del Gerente.- El gerente es el representante legal de la sociedad, con facultades, por lo tanto, para ejecutar todos los actos y contratos acordes con la naturaleza de su encargo y que se relacionen directamente con el giro ordinario de los negocios sociales. En especial, el gerente tendrá las siguientes funciones:
1. Usar de la firma o razón social
2. Designar al secretario de la compañía, que los será también de la junta de general de socios.
3. Designar los empleados que requiera el normal funcionamiento de la compañía y señalarles su remuneración, excepto cuando se trate de aquellos que por ley o por estos estatutos deban ser designados por la junta general de socios.
4. Presentar un informe de gestión a la junta general de socios en sus reuniones ordinarias y el balance general de fin de ejercicio con un proyecto de distribución de utilidades.
5. Convocar a la junta general de socios a reuniones ordinarias y extraordinarias.
6. Nombrar los árbitros que correspondan a la sociedad en virtud de compromisos, cuando así lo autorice la junta general de socios.
7. Constituir los apoderados judiciales necesarios para la defensa de los intereses sociales.
Cláusula 13º. Designación - Se nombra como gerente a Carlos Ricaurte, identificado con la cédula de ciudadanía No. 4015695 expedida en yopal Mayor de edad y con domicilio en esta ciudad, quién ejercerá sus funciones y ostentará el cargo hasta cuando se designe y efectúe el registro
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