“CONSTRUCCIÓN CANAL DE RIEGO SAN JOSÉ DE SUCRE, AYACUCHO-2005”
Enviado por eridson • 19 de Agosto de 2019 • Apuntes • 390 Palabras (2 Páginas) • 370 Visitas
INTEGRANTES O REVISORES:
- BALABARCA TREJO EDWIN
- HUARAZ FLORES WILDER
- LOPEZ CHILCA MIGUEL
- EVALUACIÓN:
Revisada el informe de EIA, del proyecto “CONSTRUCCIÓN CANAL DE RIEGO SAN JOSÉ DE SUCRE, AYACUCHO-2005”, presentado por el Grupo 3 para la aprobación del EIA, y en consecuencia se encontró las siguientes observaciones:
OBSERVACION 01:
Falta especificar sobre las señalizaciones y que se utilizaran como colores, tachos, etc.
OBSERVACION 02:
Mucha información irrelevante hacerlo más específico y ser puntuales
OBSERVACION 03:
Falta Matriz de jerarquización cuál de los impactos se priorizará primero segundo y así sucesivamente
OBSERVACION 04:
Falta identificar si el impacto será temporal (T) o permanente (P)
OBSERVACION 05:
Los impactos deben de ser especificados por componente CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y/O QUÍMICAS, CONDICIONES BIOLÓGICAS, etc.
OBSERVACION 06:
En el ítem 2.4.3. Actividades económicas. a) Agricultura menciona la fuente entrevista será cierto que hicieron
[pic 4]
OBSERVACION 07:
En la matriz mencionan excavación de rocas, pero no se especifica la voladura, y que es una actividad muy impactante por la perforación y explosión donde solo consideran -45 a comparación de la actividad limpieza y desbroce – 49
- CONCLUSIONES:
De la Evaluación de “Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), Construccion canal de Riego San Jose de Sucre, Ayacucho, presentado por el Grupo 3, ubicado en el Distrito de Colca, provincia de Victor Fajardo, departamento de Ayacucho, queda en condición de OBSERVADO.
- RECOMENDACIONES:
- El Grupo 3 –debe tomar en cuenta el cumplimiento de las normativas municipales, regionales y nacionales en materia ambiental para no tener consecuencias de multa, conflictos sociales, etc.
- NOTIFICAR al Grupo 2, en Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), Construccion canal de Riego San Jose de Sucre, Ayacucho, a fin de que cumplan con Levantar las Observaciones, en un plazo no mayor a 30 días hábiles, a partir de la recepción del presente documento, bajo apercibimiento de declarar en abandono el procedimiento administrativo.
- El documento de Levantamiento de Observaciones, deberá ser presentado en 2 ejemplares impresos y en 2 medios de almacenamiento digital (CD), debidamente foliado y suscrito por los profesionales habilitados responsables de su elaboración y el titular de la actividad de construcción de la obra del canal de Riego.
Es todo cuanto informo a usted para los fines del caso.
Atentamente,
[pic 5]
...