CONTRATO DE DESCUENTO SEÑOR NOTARIO
Enviado por saul.66 • 11 de Febrero de 2016 • Documentos de Investigación • 2.166 Palabras (9 Páginas) • 279 Visitas
CONTRATO DE DESCUENTO SEÑOR NOTARIO:
Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas, un contrato de DESCUENTO que celebran de una parte, EL BANCO, con Registro Unico del Contribuyente N° 1001000000, inscrito en la Ficha N° .................... del Registro de Personas Jurídicas de Lima, debidamente representada por .................... debidamente facultados de acuerdo a los poderes que corren inscritos en la Ficha N° .................... del Registro Mercantil de los Registros Públicos de Arequipa, con domicilio para los efectos de este contrato en .................... al que en adelante se le denominará EL BANCO y de la otra parte, EL CLIENTE con Registro Unico del Contribuyente N° 10020000, persona jurídica que corre inscrita en la Ficha Nº 2100 del Registro de Personas Jurídicas de Arequipa, debidamente representada por su Gerente General, señor .................... identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 29300000, según poderes otorgados por Escritura Pública de fecha .................... , extendida ante Notario Público doctor .................... , que corre inscrita en el asiento 4-c, de la Ficha Nº 2000C del Registro de Personas Jurídicas de Arequipa, con domicilio para los efectos de este contrato en .................... a quien en adelante se le denominará EL CLIENTE, en los términos y condiciones siguientes: CAPITULO 1: DEL DESCUENTO Artículo 1º.- Por el presente contrato EL BANCO ha aprobado una línea de crédito a favor de EL CLIENTE, hasta por la suma de US$ 100 000,00 (cien mil y 00/100 dólares americanos), por el término de un año, que será utilizado en forma rotativa mediante el descuento de instrumentos de contenido crediticio. El CLIENTE asume el riesgo crediticio de los deudores de los instrumentos descontados, en adelante Deudores. Artículo 2º.- Los Instrumentos con contenido crediticio, deben ser de libre disposición del Cliente. Las operaciones de descuento no podrán realizarse con instrumentos vencidos u originados en operaciones de financiamiento con empresas del sistema financiero. Los Instrumentos objeto de descuento pueden ser Letras de cambio, facturas conformadas y títulos valores representativos de deuda, así definidos por las leyes y reglamentos de la materia. Dichos instrumentos se transfieren mediante endoso o por cualquier otra forma que permita la transferencia a favor de EL BANCO. Artículo 3º.- EL CLIENTE se obliga en poner en conocimiento de los Deudores, dentro de las 24 horas de endosado un instrumento, de la operación del descuento. Se presumirá que los Deudores conocen del descuento. Artículo 4º.- Son derechos mínimos de EL BANCO: 1. Realizar todos los actos de disposición con relación a los Instrumentos recibidos; y, 2. Cobrar una tasa de interés del 21% anual, que se calculará desde la fecha del descuento a la fecha del vencimiento del título valor. 3. Cobrar los títulos a su vencimiento, y en caso de incumplimiento hacerlos protestar por falta de pago. 4. Realizar las gestiones de cobranza extrajudicial y de ser el caso iniciar las acciones judiciales que fueran necesarias. 5. Cargar en la cuenta corriente de EL CLIENTE el importe de los títulos no cancelados, incluyendo los intereses y gastos. CAPITULO 2: DEL CLIENTE Artículo 5º.- El Cliente tiene los siguientes derechos: 1. Exigir el pago por los Instrumentos descontados dentro de las 24 horas y conforme a las condiciones pactadas; y, 2. Exigir la devolución del título valor debidamente protestado y endosado por el Banco en caso de falta de pago. Artículo 6º.- El Cliente tiene las siguientes obligaciones: 1. Garantizar la existencia, exigibilidad y vigencia de los Instrumentos al tiempo de celebrarse el descuento; 2. Endosar los títulos valores presentados al descuento en la forma acordada o establecida por la ley; 3. Notificar la realización del descuento a sus Deudores, cuando sea el caso; 4. No recibir los pagos que efectúen los Deudores por pagos a cuenta o cancelación de los títulos que obren en poder de EL BANCO. 5. Informar a EL BANCO y cooperar con éste para permitir la mejor evaluación de su propia situación patrimonial y comercial, así como la de sus Deudores; 6. Utilizar los formularios proporcionados por EL BANCO para la presentación de los títulos valores sujetos a descuento. CAPITULO 3: RESPONSABILIDAD DE LA COBRANZA Y DEL RIESGO CREDITICIO Artículo 7º.- EL BANCO asume única y exclusivamente toda responsabilidad de realizar la cobranza a los Deudores, y en cambio EL CLIENTE asume única y exclusivamente el riesgo crediticio de los Deudores, a partir de la aceptación del instrumento. Artículo 8º.- Para estos efectos EL BANCO deberá evaluar los instrumentos endosados por EL CLIENTE, y tendrá 24 horas para rechazar cualquier instrumento. Vencido dicho plazo se considerará aceptado el instrumento por parte de EL BANCO. CAPITULO 4: PLAZO Artículo 9º.- El presente contrato tendrá una duración de UN AÑO, y concluirá sin necesidad de aviso previo alguno. Artículo 10º.- Cualquiera de las partes podrá ponerle término al presente contrato antes de su vencimiento, para lo cual, se cursará una carta notarialmente con una anticipación de 30 días a la fecha prevista. CAPITULO 5: DISPOSICIONES VARIAS Artículo 11º.- Para efectos de cualquier notificación judicial o extrajudicial, las partes señalan como sus domicilios los que aparecen en la introducción de la presente minuta, en los cuales se les considerará siempre presentes para los efectos de cualquier notificación. Todo cambio domiciliario deberá tener lugar dentro del radio urbano del Cercado de la ciudad de Arequipa y deberá ser comunicado a las otras partes dentro de las cuarentiocho (48) horas de ocurrido éste. De no cumplirse estos requisitos, el cambio domiciliario se tendrá por no hecho y surtirán todos sus efectos las comunicaciones o notificaciones que se dirijan a los domicilios que aparecen indicados en la introducción de esta minuta. Artículo 12º.- A criterio de EL BANCO, cualquier controversia, discrepancia, litigio, disputa, reclamo o diferencia que se origine en relación con la ejecución, validez, existencia, aplicabilidad, nulidad, anulabilidad, resolución, terminación o interpretación de este contrato, o de cualquier otra materia vinculada a, o contenida en él, será resuelta definitivamente mediante un arbitraje de Derecho, de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio de .................... (en adelante “las reglas”). El arbitraje tendrá lugar en .................... y se celebrará en idioma español. Todos los documentos que se presenten estarán traducidos a este idioma. Las partes contratantes aceptan de manera expresa que el laudo arbitral será definitivo y obligatorio, renunciando a interponer cualquier otro recurso impugnatorio contra el laudo arbitral. En caso que alguna de las partes interpusiera el Recurso de Anulación
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