“CONTRATOS DE GOBIERNO A GOBIERNO G2G”
Enviado por keviin • 4 de Marzo de 2021 • Ensayo • 1.393 Palabras (6 Páginas) • 274 Visitas
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA
FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL
Unidad de Posgrado – FIC – UNI
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UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA
FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL
UNIDAD DE POSGRADO
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“CONTRATOS DE GOBIERNO A GOBIERNO G2G”
PROCURA
MAESTRIA EN DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN
Elaborado por:
CARDEÑA HUAYLLARO, IVAN
Docente:
MBA. ING. RODOLFO DURAN QUEROL
CUSCO – PERÚ
2021
INTRODUCCION
En el presente trabajo se abordan los contratos de Estado a Estado o de Gobierno a Gobierno y los Contratos NEC como dos herramientas que el Estado peruano implementa para contratar bienes, servicios u obras que serán prestados por otro Estado.
Se da a conocer la base legal en el que se apoyan, sus principales características y su aplicación en nuestro país como Estado contratante.
CONTRATOS DE GOBIERNOA GOBIERNO
Los acuerdos de Gobierno a Gobierno es una modalidad de contrato, mediante la cual el Estado contrata bienes, servicios u obras que serán prestados por otro Estado conforme a los mecanismos y condiciones pactadas entre estos, permite que se logre una gran variedad de objetivos y beneficios para ambos Estados.
En el caso del Estado contratante se obtienen beneficios como el aprovechamiento de la experiencia del Estado contratista, la economía de escala, el acceso a proveedores internacionales en condiciones paritarias, el destaque de profesionales experimentados. En el caso del Estado contratista, además de los ingresos y su presencia internacional, se destaca la apertura de nuevos mercados para sus empresas.
Esta modalidad de contratación es un mecanismo efectivo para reducir el riesgo de incumplimiento, dado que elimina el riesgo de contratar con un proveedor internacional desconocido, pues el Estado extranjero debe evaluar previamente a los contratistas que ejecuten las prestaciones en su representación.
La contratación de Estado a Estado debe autorizarse mediante Decreto Supremo refrendado por el titular del sector correspondiente, esto está regulado por la Ley de Contrataciones del Estado. La contratación de Estado a Estado se regula bajo los alcances del comercio internacional y por las normas y principios del derecho internacional.
Otro aspecto favorable de este mecanismo es que la negoción de estos contratos abre un espacio para que los proveedores realicen mejoras a su propuesta, teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia sobre la materia, obteniéndose mayores beneficios para el país.
Además, debido a que la negociación y selección de los proveedores estará a cargo del Estado extranjero, el Estado peruano reduce la cantidad de horas hombre para la selección y le traslada los riesgos legales y administrativos, lo cual reduce a su vez el costo de evaluar y solucionar controversias y coadyuva a culminar más rápido le selección del contratista.
LOS CONTRATOS NEC
Estos Contratos NEC (Nuevos Contratos de Ingeniería) fueron creados en Inglaterra por el Instituto de Ingenieros Civiles como un intento de cambiar las formas tradicionales de contratación que solo se concentraban en los derechos y obligaciones legales de las partes, para pasar a la creación de un contrato que además promoviera la correcta gestión del proyecto.
Las principales características de los contratos NEC son:
- Simplicidad de lenguaje, presentan una redacción breve, directa y de lenguaje sencillo, con el fin de agilizar su empleo y la toma de decisiones por las personas en el sitio de la obra, solo es efectiva si las partes involucradas conocen cuál es el background de estos contratos.
- Espíritu colaborativo, las partes comparten información bajo una política de libros abiertos, que lleven registros sobre costos, contrataciones, riesgos, entre otros, para que en conjunto adopten las mejores decisiones en beneficio del proyecto, en el afán de colaboración mutua entre las partes, tienen regulación sobre “alertas tempranas”, mediante las cuales cualquiera de las partes, en cuanto identifique un problema que puede afectar el costo, tiempo o en general, el desempeño del proyecto, debe notificar a la otra, a efectos de que ambas, en conjunto, determinen la forma en que el riesgo advertido puede ser evitado o minimizado.
- Correcta gestión del proyecto, los contratos están diseñados para promover la toma de decisiones en forma ágil y sencilla, sin que se afecte con ello la continuidad de la ejecución del proyecto.
- Gestión de riesgos, prestan vital importancia estableciendo mecanismos para que las partes identifiquen, actualicen, evalúen, asignen y mitiguen los riesgos en forma conjunta durante toda la vida del contrato.
Dentro de la familia de los Contratos NEC versión 3, el Proyecto Especial de los Juegos Panamericanos decidió utilizar el contrato de Ingeniería y Construcción, opción F - Contratista Administrador con ciertas adaptaciones para peruanizarlo.
Los contratos suscritos por el Proyecto Especial empleando el formato NEC establecen los roles de los principales actores:
- El Empleador, que viene a ser la Entidad contratante.
- El Gerente de Proyecto, es un trabajador del Proyecto Especial con facultades suficientes para adoptar decisiones de manera ágil dentro del proyecto, sin necesidad de requerir autorización o aprobación expresa de cada decisión que adopta.
- El Contratista Administrador, se encarga de realizar el diseño, ejecutar la obra y administrar los subcontratos conforme a lo previsto en el contrato y debe terminar la obra dentro de la fecha programada.
- El Supervisor, es designado por la Entidad, su función principal es verificar que los trabajos son llevados a cabo conforme al alcance definido del Proyecto. Esta función incluye pruebas de materiales y trabajos, así como observar los exámenes llevados a cabo por el contratista, también se encarga de identificar y corregir los defectos, es decir sólo revisa la calidad de las obras.
- Subcontratistas, son seleccionados por el contratista administrador empleando procesos competitivos de procura, conforme a la estrategia previamente aprobada por la Entidad.
- Los Adjudicadores: se ha elegido como mecanismo de solución de controversias a la Junta de Disputas. Los adjudicadores que integran dicho panel son parte activa durante la ejecución de la obra, involucrándose directamente con el proyecto durante todo su desarrollo, brindando función consultiva y resolutiva, permitiendo que el mismo continúe sin mayores contratiempos y evitando que se deteriore la buena relación entre las partes.
Los aspectos principales expresamente regulados por estas cláusulas en los diferentes contratos bajo el formato NEC celebrado por el Proyecto Especial:
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