“CONTRAVENCIONES POLICIALES”
Enviado por asdddddasdasd • 26 de Julio de 2021 • Biografía • 655 Palabras (3 Páginas) • 263 Visitas
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“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de independencia”
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Estudiante :
E1 PNP VELÁSQUEZ ROSALES DEIVID YEFFREY
cATEDRÁTICO :
ST3. SOLSOL SALINAS DE CHAVEZ MIRIAN J.
Sección :
SEGUNDA
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DEDICATORIA
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“CONTRAVENCIONES POLICIALES”
Concepto
Se llama contravención al acto y el resultado de contravenir: actuar en contra de lo establecido o de lo obligatorio. En el terreno del derecho, una contravención es una conducta antijurídica que se encuentra penada por la ley[pic 7]
Sanciones Administrativas del Policía
Estas sanciones administrativas son aplicadas por la policia, de acuerdo a la infraccion y su gravedad le sera aplicada al infractor como reparacion por los hechos ocacionados:
- DECOMISO: retención de objetos utilizados para la ejecución de la contravención.
- MULTA: sanción pecuniaria de acuerdo a la naturaleza de la contravención, no debiendo exceder del 5% de la UIT (Unidad Impositiva Tributaria) cuyo monto será depositado en el Banco de la Nación.
- PAGO REPARATORIO: entrega de una suma de dinero por parte del contraventor, a la persona natural o jurídica que haya sufrido un perjuicio directo como consecuencia de la comisión de una contravención. Dicho pago procede siempre que medie acuerdo expreso entre las partes. Para efectos de acordar el pago reparatorio, las partes pueden recurrir, a través de la autoridad competente, a la conciliación.
- SERVICIOS A LA COMUNIDAD: consisten en los trabajos de utilidad pública gratuitos y voluntarios realizados por el contraventor a favor de la comunidad, previa coordinación con las autoridades competentes
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¿Qué son las contravenciones policiales?
Son contravenciones administrativas de policía, las acciones u omisiones de mínima gravedad que se encuentran previstas en el presente Código, que impliquen daños o peligros a bienes jurídicos individuales o colectivos
Se trata también de una conducta transgresora, ejecutada por una persona o un grupo de personas que ponen en peligro algún bien público o privado, o que perturban la vida en sociedad. También puede ser denominada falta y es considerada de menor gravedad, por lo que se diferencia del delito
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