CREACIÓN DE SOCIEDADES MERCANTILES EN VENEZUELA
Enviado por SARAITSILVA1990 • 20 de Noviembre de 2014 • Tesis • 1.310 Palabras (6 Páginas) • 259 Visitas
CREACIÓN DE SOCIEDADES MERCANTILES EN VENEZUELA
Creación de sociedades mercantiles en Venezuela
Una sociedad es un contrato realizado entre dos o más personas para constituir o crear un vínculo jurídico. Dicho contrato de ser bilateral, es decir que genere a sus participantes derechos y obligaciones entre ellos. Las personas que contratan dar una aporte ya sea otorgando la propiedad de ciertos bienes u otorgando uso de ciertos activos o con la sesión de su propio negocio o industria, con el fin de conseguir un objetivo que es el mismo entre todos los participantes de la sociedad (esto según lo establecido en el código de civil).
CLASIFICACION DE LAS SOCIEDADES
Las sociedades se clasifican de acuerdo a las actividades que ellas realicen para lograr el objetivo por el cual fueron creadas, de esta manera se pueden clasificar en: civiles, mercantiles, y un caso muy en particular que son las cooperativas que desde me criterio debería ser considerada como una sociedad civil o de personas.
SOCIEDAD CIVIL O DE PERSONAS: Tiene por objeto actos civiles, o un fin económico común de carácter civil. en estas sociedades los socios no son responsables solidaros de las deudas sociales, sino por una cantidad equivalente a la división de las mismas entre numero socios, aunque la participación de algunos de sus integrantes en la sociedad inferior a la de otros.
Esta norma no rige: a) Para las sociedades que son de naturaleza civil por disposición de leyes especiales, como sucede con las sociedades mineras, que son de naturaleza civil por disposición de la Ley de Minas, aun cuando deben constituirse en la forma establecida por el Código de Comercio. b) Para las sociedades que se dedican exclusivamente a la explotación agrícola o pecuaria.
COOPERATIVAS: Son una especie de sociedad que legalmente nos e consideran civil ni mercantil (aunque bajo mi criterio personal debería ser considerada una de tipo civil) ellas se rigen por una ley especial. Su fin teóricamente debería ser el de obtener el mejoramiento social y económico de los asociados fin que tratan de mediante la acción conjunta de los socios (al igual que las sociedades civiles) en la realización de una obra colectiva.
SOCIEDADES MERCANTILES: El artículo 200 del código de comercio las define como aquellas sociedades que tienen por objeto uno o más actos de comercio. Estas se dividen en: Sociedades en Nombre Colectivo, Sociedades en Comandita Simple y Comandita en Acciones, Sociedades de Responsabilidad Limitada y las más comunes actualmente las Sociedades Anónimas. Cada una tiene sus particularidades contenidas en el Código de Comercio.
CONSTITUCIÓN DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
Actualmente para constituir una empresa, las figuras jurídicas más usadas son las sociedades anónimas y las cooperativas, estas últimas por los esfuerzos gubernamentales para desarrollar este tipo de sociedades y las facilidades crediticias que se les están otorgando a las mismas.
En ambos casos, los pasos y las obligaciones legales que se deben llevar a cabo para su constitución, reconocimiento legal y para su puesta en marcha, son muy similares y se podían resumir así:
1.- El primer paso formal para constituir una empresa consiste realizar la Reserva del nombre; para ello los socios deben dirigirse al registro mercantil y en el deberán: Comprar y llenar una ficha, en la cual se debe indicar la denominación solicitada. Cancelar la tarifa correspondiente a la reserva del nombre que es la equivalente a 18.800 Bs. Una vez reservado el nombre, deberán esperar tres días hábiles mientras se averiguar si el mismo está libre o ya está siendo utilizado por otra sociedad. En el caso de estar ya en uso, el solicitante deberá buscar otro nombre y llenar nuevamente esta ficha; así mismo deberá esperar tres días hábiles para tener una respuesta. Si el nombre está libre se deberá cancelar por caja el costo del registro, para luego hacer la debida presentación del acta constitutiva.
2.- Redactar el acta constitutiva, esto previa la elaboración de los estatutos por parte de los
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