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CUAL ES LA CONSTITUCIÓN DEL ESTADO DEL ECUADOR 1830


Enviado por   •  26 de Octubre de 2015  •  Ensayo  •  715 Palabras (3 Páginas)  •  158 Visitas

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CONSTITUCIÓN DEL ESTADO DEL ECUADOR 1830

Mi primera opinión respecto a la constitución del ecuador en 1830 es que existía leyes corruptas e injustas. Porque hago referencia a esto, porque claramente podemos notar que hay leyes como se reflejan en el artículo 12. Ahí dice que para poder “gozar” de los derechos de ciudadanía hay que cumplir ciertos aspectos tales como: tener una propiedad raíz, valor libre de 300 pesos, o ejercer alguna profesión, o industria útil, saber leer y escribir. Y yo me pregunto, ¿Qué pasa con ciertas personas que no tuvieron la oportunidad de estudiar, tener alguna profesión, una propiedad, etc.? ¿Acaso no son ecuatorianos? ¿No son aptos para “gozar los derechos ciudadanos? ¿Será que no son considerados parte que la sociedad?  Donde quedan todas esas personas que no son considerados ciudadanos, porque según esta constitución no pueden tener derechos. Según el artículo 9 son ecuatorianos todos aquellos nacidos en el territorio, por ende aunque no tengan todos esos aspectos SON ECUATORIANOS y merecen derechos al igual que todos.  La sección 2 de la constitución del Ecuador del 1830 dice: “Del territorio del Estado del Ecuador, de su gobierno y religión”. Me concentrare más en el artículo 8 de la misma, donde se dice “Es un deber del Gobierno en ejercicio del patronato protegerla con exclusión a cualquier otra”. Aquí nos dice que la Religión Católica, Apostólica, Romana es la religión del estado, primero daré el significado de la palabra exclusión: acción de excluir a alguien o algo. La idea de exclusión se aplica al ámbito social cuando se hace referencia a la acción de marginar voluntaria o involuntariamente a una porción de la población, en resumen exclusión social. Porque me fije en esta palabra “exclusión”, simplemente porque es una palabra clave para una vez más darnos cuenta de las corruptas leyes que tena esta constitución. Como es posible que obliguen a los ciudadanos a tener una sola religión y digo obliguen porque al momento de decir “con exclusión a cualquiera otra”, están diciendo en otras palabras que si no crees en esa religión dicha por las leyes, no eres parte de ser un ecuatoriano. Porque no vas a ser considerado, serás marginado e incluso asesinado. ¿Cuál es el problema de que una persona crea en otra religión? ¿Qué importancia tiene? ¿En qué les afecta?, esas serian mi preguntas para el gobierno de ese entonces. Por ultimo hablare de dos puntos que también considero que no debería de ser así. En esta constitución observe que Ecuador en si está separado y está siendo manipulado por el Estado de Colombia. Digo esto por el articulo 1 y 2, en los cuales se dice que “Los Departamentos del Azuay, Guayas y Quito quedan reunidos entre sí formando un solo cuerpo independiente con el nombre de Estado del Ecuador” “El Estado del Ecuador se une y confedera con los demás Estados de Colombia, para formar una sola Nación con el nombre República de Colombia”. En el primer artículo nos habla de formar un solo cuerpo y en el segundo artículo nos habla de formar una sola nación. Pero aquí viene el detalle según yo, se van a unir obviamente pero con el nombre de Republica de Colombia. ¿Por qué con ese nombre? ¿Por qué no es llamado Republica de Ecuador? Estas preguntas serian para el artículo 1 y 2 de esta constitución. El último punto del cual voy hablar es del artículo 13, este nos habla de la suspensión de los derechos de ciudadanía. ¿A caso se pueden perder estos derechos?, pues según este articulo los pierdes por razones que son necesarias y otras innecesarias a mi parecer. ¿Cómo es posible que los pierdas por ser vago declarado, ebrio de costumbre, o deudor fallido y por enajenación mental? Yo sé que estas razones no son justificables, pero son algo que ya no puede controlar la persona, por lo tanto estas son las que más necesitan estos derechos. No entiendo exactamente a que se refieren con “servicio de una nación enemiga, por naturalizarse en país extranjero, y por sentencia infamante”, pero aunque no suenen tan confiables, igual todos tenemos el derecho de permanecer con nuestros derechos. Y aunque en ese tiempo no se podía enmandar las leyes, ahora en el presente se lo está haciendo.

Antonella Pérez

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