CUALES SON LOS DERECHOS SOCIALES Y GRUPOS VULNERABLES
Enviado por María Ch. • 9 de Diciembre de 2017 • Síntesis • 14.469 Palabras (58 Páginas) • 464 Visitas
Por qué no derechos si son sociales.
Estado de Derecho, derechos sociales, y vulnerabilidad técnica.
Frente a la habitual proclama de la importancia y trascendencia moral y ética de los derechos sociales, y de su falta de normatividad, bien adobada de consideraciones positivas y a veces de sucedáneos analíticos que se agregan a modo de prueba del nueve, aquí propongo una concepción normativa de tales derechos que se justifica en su función instrumental de servir para equilibrar las desigualdades que padecen los grupos de personas que técnicamente pueden considerarse vulnerables, esto es, los grupos cuyos integrantes padecen no una desventaja de resultados, sino una desventaja inmerecida en el disfrute de bienes, libertades y derechos por estar vinculada a unas condiciones de partida injustificadamente discriminatorias.
El Estado de Derecho es un concepto histórico de presupuestos político-filosóficos que se pragmatiza a través de un particular modelo institucional de Derecho.
El objetivo axiológico del Estado de Derecho es alcanzar un particular estándar de justicia política y social. Y su instrumental es el Derecho positivo sometido a las condiciones de la democracia, la protección de los derechos individuales, el principio de legalidad, la jerarquía normativa y la no arbitrariedad de la actuación pública.
Desde sus inicios y en la búsqueda de ese objetivo, el Estado de Derecho ha evidenciado la tensión interna entre dos polos que pertenecen en realidad a la sempiterna controversia de un mismo proyecto de Estado de Derecho. De un lado, el polo de la promoción del pluralismo, asentado sobre, y garante de, los derechos individuales. Y, de otro lado, el de la protección de la igualdad en el disfrute de los derechos.
En este trabajo se sostendrá que el objetivo de justicia del Estado de Derecho se frustró en origen, y que hay que afrontar el problema de la injusticia social desde la perspectiva de la limitación que las personas que pertenecen a determinados grupos vulnerables sufren a la hora de tratar de acceder a sus derechos individuales constitucionales. Por eso se reivindica un concepto instrumental de los derechos sociales que debe ponerse al servicio de la igualación del punto de partida en el disfrute de sus derechos individuales por cada ciudadano.
Pero vayamos paso a paso.
El poder normativo del Estado y del Derecho en el marco del Estado de Derecho, que es algo distinto al agregado de ambos conceptos, dicho sintéticamente, se justificaría porque su coacción normativa no vulneraría la libertad individual, sino que garantizaría el bienestar privado de los individuos a través de un conjunto de políticas institucionales centradas en proclamar, proteger y dar sentido material a los derechos individuales.
Esta justificación democrática y centrada en los derechos se sirve de distintos argumentos teóricos, contractuales y consensuales que doy por asumidos[1]. Argumentos que, sin embargo, ven rebajado su alto nivel especulativo por dificultades materiales y prácticas que cuestionan la legitimidad y justificación del modelo institucional en su conjunto.
De hecho es un habitual el objetor que acusa a la democracia puesta en práctica por: i)articularse como un juego y una secreta componenda de intereses y pactos poco representativa del gobernado pero muy vinculada a los intereses particulares de quienes gobiernan. ii)Ofrecer solo un régimen de cabinado secreto cada cuatro años en el que abunda el abstencionismo, quien pierde, pierde toda la representación y quien gana simplemente en la figura carismática que detentará el poder. iii)Incentivar la monopolización de la formación y la información por los poderes “mediáticos” (los gigantes monopolios de manipulación de la información y la publicidad partidaria). iv)Alimentar una permanente educación conforme a un ideario partidista que no ofrece una formación abierta, plural y en libertad. v)Amparar el descontrol público de la actuación de asociaciones o sectas privadas que tienen su propia concepción del bien, política económica y religiosa. vi)Impulsar una desigualdad económica y social no intervenida desde el marco público que obstruye cualquier sentido real y pragmático de las libertades y los derechos, etc.
Pues bien, aunque estos problemas abren debates en distintos frentes del Estado de Derecho constituido, también evidencian una homogénea preocupación por la dificultad de la materialización de los derechos. Esto es, por el hecho demostrado de que el reparto formalmente igualitario de derechos no solventa eficazmente las dificultades que padecen ciertas personas y grupos para poder acceder en pie de igualdad a su disfrute real.
En este marco, las nuevas estrategias democráticas tanto se someten a un profundo debate en busca de la efectiva protección del ciudadano, cuanto se ven segmentadas por distintas y fundamentales crisis de articulación político-jurídica.
Comprender la fórmula de la crisis de la democracia y los derechos permitirá profundizar en las claves de los nuevos instrumentos sociales que el Estado democrático trata de poner al servicio de aquellos derechos y de quienes tiene más dificultades para acceder a los mismos.
1. La crisis de la democracia formal e individualista.
El primer liberalismo político, el que arrancaba en el s. XVII y se consolidaba en el XVIII, se caracterizó por una política no intervencionista en el marco social que perseguía, por decirlo abreviadamente, la solución de los conflictos más evidentes y básicamente centrados en el derecho de propiedad[2]. De este modo, la libertad y la igualdad se diseñaron como derechos vinculados al desarrollo económico frente a los antiguos modos de producción, por lo que la mayor parte de la conflictividad social fue estatal y legalmente rediseñada para ser solventada conforme a los criterios de mercado.
El Estado se articuló como una organización político-jurídica vertical, bien estructurada y asentada sobre relaciones de dominación y subordinación sostenidas por una maquinaria burocrático administrativa que proclamaba e imponía monolíticamente la racionalidad de su propio sistema. Mientras que la sociedad, que se alejaba en progresión geométrica del Estado, se desarrollaba en una estructura horizontal caracterizada por una racionalidad propia y por profundas insatisfacciones, muchas de ellas económicas y, nuevamente, de liberación[3].
...