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Enviado por victorsg • 9 de Septiembre de 2011 • 3.727 Palabras (15 Páginas) • 1.187 Visitas
La Fiscalía General de la Nación es un organismo adscrito a la rama judicial del Poder Público en Colombia. Su principal función es investigar y acusar a los presuntos responsables de haber cometido un delito a partir del sistema penal acusatorio implementado con la ley 906 de 2004. La pieza clave es sin duda el elemento crucial que define el rumbo de la investigación. Su búsqueda no es un juego. Enmarca la actividad misma de la entidad para decidir sobre la responsabilidad de quienes se ven vinculados en la comisión de un delito. La fiscalía hace parte de la rama judicial con plena autonomía administrativa y presupuestal, cuya función esta orientada a brindar a los ciudadanos una cumplida y eficaz administración de justicia.
El Concejo de Estado de Colombia es una institución que ejerce el cometido del Tribunal Supremo de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
Sus funciones son las siguientes:
• Decidir las acciones de nulidad por inconstitucionalidad de aquellos decretos dictados por el gobierno cuya competencia no corresponda a la Corte Constitucional.
• Actuar como cuerpo consultivo del gobierno en asuntos de administración, debiendo ser oído necesariamente en los casos que la Constitución y las leyes lo determinen.
• Preparar y presentar proyectos de actos reformatorios de la Constitución y proyectos de ley.
• Decidir los casos sobre pérdida de la investidura de los miembros del Congreso.
Como caracteristica importante debemos resaltar que es el organo de cierre de la jurisdicción Contencioso Administrativa, este alto tribunal dirime los conflictos entre los particulares y la administración,entre la administración y la misma administración y al administración y los particulares. Este tribunal esta organizado estructuralmente por una Sala plena, una sala de consulta de servicio civil y una sala contencioso administrativa, que a su vez se compone de cinco subsecciones.
Consejo Superior de la Judicatura
Artículo principal: Consejo Superior de la Judicatura de Colombia
• Está conformado por trece magistrados. Administra los recursos de la rama judicial.
• Sala administrativa
• Administra recursos.
• Sala disciplinaria
• Regula la conducta y función de los abogados litigantes y de los funcionarios de la rama judicial.
• El tribunal de justicia (juzgado o corte) es un órgano público cuya finalidad principal es ejercer la jurisdicción, o sea, resolver litigios con eficacia de cosa juzgada. Sin perjuicio de cumplir actos de otra índole que las leyes que los organizan les puedan atribuir; estos asuntos son denominados no contenciosos.
• No debe confundirse el órgano jurisdiccional (el tribunal), con las personas que en calidad de funcionarios sirven en él (jueces y demás personal auxiliar).
Según su naturaleza
• Tribunales ordinarios: son aquellos a los cuales les corresponde el conocimiento de todos los asuntos que se promueven en el respectivo país, cualquiera que sea la naturaleza o la calidad de las personas que en ellos intervienen, salvo las excepciones legales.
• Tribunales especiales: son aquellos establecidos por la Constitución o las leyes para juzgar determinadas personas o para resolver ciertas materias que, por circunstancias particulares gozan, de este privilegio. Su carácter especial no altera su función como órgano jurisdiccional ni su integración por jueces.
• Tribunales arbitrales: son aquellos constituidos por jueces árbitros, es decir, por miembros que no son funcionarios públicos y son remunerados y elegidos por las partes a quienes prestan sus servicios.
[editar] Según la fase del procedimiento en que intervienen
• Tribunales de instrucción: son aquellos a los cuales les corresponde todas las actuaciones preparatorias del juicio, generalmente de investigación criminal. Sin embargo en la mayoría de países occidentales esta función es ejercida por el Ministerio Público o Fiscalía, la cual en carece de poderes jurisdiccionales. Por eso se ha sostenido que esta clasificación es un tanto anacrónica.
• Tribunales sentenciadores: son aquellos que reciben la actuación probatoria, provenientes de los tribunales instructores, estando encargados de dictar sentencia en tales asuntos.
[editar] Según su jerarquía
• Tribunales inferiores: son aquellos que, en la respectiva organización jerárquica y piramidal de los sistemas judiciales, ocupan el grado inferior. Esta clasificación se hace desde un punto de vista administrativo y no atendiendo al ejercicio de la función jurisdiccional. Generalmente son tribunales unipersonales.
• Tribunales superiores: son aquellos que, en la respectiva organización judicial, ocupan el grado superior. Por lo general, son tribunales colegiados y sus integrantes son llamados ministros o magistrados.
[editar] Según la extensión de su competencia
• Tribunales de competencia común o mixtos: son aquellos tribunales que tienen competencia para conocer de toda clase de asuntos o para conocer de una materia y, además, de otros asuntos de competencia especial a falta o inexistencia, en el respectivo territorio jurisdiccional, de un tribunal con esa competencia. Los tribunales superiores son. generalmente, de competencia común.
• Tribunales de competencia especial: son aquellos que tienen competencia de ciertos asuntos con exclusión de otros.
[editar] Según la instancia en que conocen
• Tribunal de única instancia.
• Tribunal de primera instancia.
• Tribunal de segunda instancia o tribunal de apelación.
Por justicia militar se entiende, por un lado, al régimen jurídico que regula a la institución de las Fuerzas Armadas de un Estado en el marco de las relaciones internas de sus integrantes, y dentro de aquellas cuestiones propias delegadas a la jurisdicción militar, en virtud de las especiales características que reviste el funcionamiento del orden castrense. Y en una segunda acepción, al aparato jurídico de administración de justicia, por medio del cual se ejerce la jurisdicción militar.
Generalmente la jurisdicción militar sólo es competente para entender en aquellas causas en las que fuere parte cualquier ciudadano con estado militar, y que estrictamente se remitan a delitos o faltas disciplinarias de orden estrictamente castrense, quedando reservadas aquellas causas civiles o penales ordinarias para la jurisdicción civil.
No obstante, en algunos Estados la aplicación de la jurisdicción militar se extiende a toda causa en la que intervenga tanto cualquier integrante de cualquier fuerza armada —o personal asimilado jurídicamente a la misma situación—, como a civiles sin afectación militar
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