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Caso paractico: la administracion de la sociedad


Enviado por   •  4 de Noviembre de 2018  •  Tarea  •  683 Palabras (3 Páginas)  •  163 Visitas

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Actividades[pic 1]

Caso práctico: la administración de la sociedad

FARMATON, S.L., tiene un administrador único, uno de sus socios llamado Francisco; pero desea cambiar su órgano de administración de forma que ésta recaiga sobre 4 personas: sobre Gabriel, que no es socio, sobre Francisco (el socio citado) y sobre otros dos socios, Goyo y Javier.

Contesta motivadamente a las siguientes preguntas:

  • ¿Qué estructura debería tener el órgano de administración de FARMATON, S.L. en función de lo que se ha dicho?

Rta: pienso que podría adoptar cualquier estructura diferente a la de administrador único claramente, considero que las mejores serian varios administradores solidarios o el órgano de consejo de administración que tiene un mínimo de 3 miembros y un máximo de 12 (en el caso de la SA no existe un limite máximo).

  • ¿Qué papel o cargo podrían ocupar cada uno de los administradores citados en el órgano de administración?

Rta: el cargo de los administradores trata de gestionar la sociedad de manera cotidiana, la representación de la misma, elaboración de las cuentas anuales que luego serán evaluadas por la junta. En general todas las actuaciones necesarias para desempeñar la gestión social dentro del objeto social a excepción de las competencias exclusivas de la junta.

  • ¿Qué propondrías para que la actuación del órgano de administración fuera ágil?; es decir, ¿qué solución les das para que no tengan que estar presentes los cuatro en la toma de cualquier decisión?

Rta: en el caso de que FARMATON S.L decidiera adoptar la estructura administrativa de varios administradores solidarios cualquiera de los administradores podría actuar en solitario en representación de la sociedad.

En el caso que adopten la estructura del consejo de administración que bien se sabe es un sistema que actúa de forma colegiada, lo que se podría hacer para que este órgano sea más ágil es nombrando un consejero delegado.

  • La modificación del órgano de administración, que se aprueba en la Junta General ¿supone una modificación de estatutos?

Rta: depende de la situación por ejemplo si cuando se creó la empresa en los estatutos se indicó que habría un sistema único administrativo ya sea (administrador único, varios administradores solidarios, varios administradores mancomunados o consejo de administración,) y decide cambiarse de ese único sistema que se había estimado a otro entonces si se tendría que hacer modificación de estatutos y como se sabe cada modificación de estatutos debe hacerse en escritura pública e inscribirse en el régimen mercantil, en el caso que la empresa al momento de crear su estructura administrativa desde un principio indico que tendría todos los sistemas previstos la junta puede optar en cada momento por el sistema que considere oportuno sin necesidad de modificar estatutos.

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