Caso practico número 2 – Lesiones.
Enviado por ivan.moncusi • 19 de Noviembre de 2016 • Trabajo • 680 Palabras (3 Páginas) • 399 Visitas
Caso practico número 2 – Lesiones -
Preceptos penales identificados en el caso.
En el escrito del caso practico número 2 se identifica la perpetración de los siguientes preceptos penales.
1.- Un delito de lesiones, del artículo 147.1 del Código Penal. Ya que en el escrito se expone que Pedro requirió de Tratamiento Médico. Pero por las circunstancias del hecho le seria de aplicación el tipo atenuado del artículo 147.2 del Código Penal.
2.- Una falta contra las personas, falta de lesiones, del artículo 617.1 del Código Penal. Ya que en el escrito se expone que José Antonio requirió de una Primera Asistencia Facultativa y las lesiones descritas no revisten carácter de delito.
Bien jurídico protegido
El bien jurídico protegido en los preceptos penales anteriormente mencionados es la integridad física, psíquica y mental de las personas.
Sujeto activo
En la perpetración del delito de lesiones el sujeto activo es José Antonio y en la perpetración de la falta de lesiones el sujeto activo es Pedro.
Sujeto pasivo
En la perpetración del delito de lesiones el sujeto pasivo es Pedro y en la perpetración de la falta de lesiones el sujeto pasivo es José Antonio.
Grado de ejecución
1.- Delito de Lesiones, en grado consumado, ya que se trata de un delito de resultado el cual se ha dado por la acción realizada por José Antonio sobre Pedro en el maro de una discusión.
2.- Falta de Lesiones, en grado consumado, ya que se trata de una falta de resultado el cual se ha dado por la acción realizada por Pedro sobe José Antonio en el marco de una discusión.
Formas de participación
José Antonio es Autor del Delito de Lesiones porque ha realizado el hecho por si solo. Y Pedro es Autor de la Falta de Lesiones porque ha realizado el hecho por si solo.
Culpabilidad
José Antonio tiene culpabilidad dolosa, ya sea por dolo directo o dolo eventual, en la perpetración del Delito de Lesiones ya que ejecuta sus acciones para obtener el resultado que busca, lesionar a Pedro. En el caso de Pedro, este tiene culpabilidad dolosa, ya sea por dolo directo o dolo eventual, en la perpetración de la Falta de Lesiones ya que ejecuta sus acciones para obtener el resultado que busca, lesionar a José Antonio.
Características eximentes, agravantes y atenuantes de la responsabilidad criminal
No se aprecia la concurrencia de ningún eximente de responsabilidad criminal del artículo 20 del Código Penal.
Si se aprecia, tanto para José Antonio como para Pedro, la aplicación del atenuante de responsabilidad criminal del articulo 21.1 del Código Penal al describirse en el escrito que ambos estaban bajo los efectos de bebidas alcohólicas en el momento de producirse los hechos. Produciendo esta ingesta de bebidas
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