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Causas para la privación de libertad


Enviado por   •  7 de Febrero de 2023  •  Tarea  •  3.028 Palabras (13 Páginas)  •  181 Visitas

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Causas para la privación de libertad

Este ensayo analiza las causas de privación de libertad en relación con los derechos humanos y como es que surge, la Policía Nacional de Ecuador está reconocida constitucionalmente como un organismo de protección de los derechos humanos. Como tal, es indispensable para el desempeño efectivo de sus funciones, y lo mismo se aplica a las actividades relacionadas con las facultades conferidas a sus miembros, que están directamente relacionadas con la privación de libertad, uso de la fuerza y ​​armas de fuego, investigaciones policiales.

La libertad es un derecho humano, y el arresto o la detención se considera una privación de este derecho por lo que la constitución política del Ecuador establece que a su pueblo se le reconoce y garantiza el derecho a circular libremente dentro del país, a elegir su lugar de residencia, y a entrar y salir libremente del país. En lugar de prohibir rotundamente la privación de libertad, el derecho internacional establece normas y directrices apropiadas para garantizar prácticas lícitas y no arbitrarias por parte de los Estados según dicten sus artículos.

Esta lección explora la naturaleza del servicio que brinda la policía, caracterizado por tres funciones: prevención, respuesta y rendición de cuentas. Las funciones preventivas se refieren a las tareas básicas realizadas antes de cometer un delito, mientras que las funciones reactivas se relacionan con el enjuiciamiento de delitos y abordan cuestiones fundamentales de derechos humanos como el interrogatorio, la privación de libertad y la privación de derechos. Sobre todo, las víctimas. La rendición de cuentas es deber de cada institución que forma parte del estado ecuatoriano y derecho de los ciudadanos para que de esta manera sea justo la privación de libertad en casos de delitos.

Las personas que hayan sido privadas de su libertad lícita o ilícitamente tienen derecho a las protecciones legales que aseguren la integridad personal y el debido respeto a la dignidad inherente a la persona humana. Todos los individuos tienen derecho a su propia vida, libertad y seguridad. Esta disposición, ordenada por el artículo 3 de la DUDH y repetida por el artículo 9.1 del ICCPR, refleja uno de los derechos fundamentales más antiguos de todos que se seguirá ejerciendo según dicten los artículos de los reglamentos de privación de libertad.

Al mismo tiempo, la privación de la libertad individual ha sido durante mucho tiempo el medio más común utilizado por los estados para combatir el crimen y mantener la seguridad interna. La importancia del encarcelamiento ha aumentado en los últimos siglos a medida que se reemplazan gradualmente otras formas punitivas como la pena de muerte y el castigo corporal. En el futuro, es probable que la privación de la libertad individual siga siendo uno de los medios legítimos por los que los Estados ejercen su soberanía.

Sin embargo, el propósito del Artículo 9(1) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos no es garantizar que la privación de libertad, como la derivada de la tortura o la esclavitud, esté prohibida en todas las circunstancias, sino más bien una garantía procesal.  Requiere que los Estados definan por ley exactamente cuándo es permisible la privación de libertad y los procedimientos que deben aplicarse, y que un poder judicial independiente acelerará la acción en casos de privación arbitraria o ilegal de libertad por parte de autoridades o funcionarios ejecutivos que se encuentren involucrados en estos procesos. “Nadie será privado de su libertad excepto por las razones prescritas por la ley y de acuerdo con el procedimiento prescrito por la ley” (ICCCPR, Artículo 9.1).

Esta disposición supone que tanto los motivos de arresto como los procedimientos de arresto están contenidos en la ley estatal. Este principio de legalidad se viola cuando una persona es arrestada o detenida por causas no previstas expresamente en el derecho interno que se detallan a continuación:

  1. Privación de la Libertad en Delito Flagrante (Detención)

En la privación de libertad en flagrancia, existe flagrancia cuando se está cometiendo un hecho delictivo y en estas circunstancias se encuentra al autor, o cuando es maltratado y detenido inmediatamente después de cometer este hecho o cuando es tomado por sorpresa. con un objeto o rastro que revela que acabas de ejecutarlo. En los casos de flagrante delito, cualquiera puede detener al autor y ponerlo a disposición de un Juez o Agente de la Policía Nacional. En este último caso, el Agente pondrá inmediatamente a los detenidos a las órdenes del Juez, con sus respectivos informes.

  1. Privación de la Libertad con orden escrita de autoridad competente (Detención)

Es la privación de libertad por orden escrita de autoridad competente. Orden escrita de resolución judicial: es una garantía para el policía y el interviniente. Para la policía, poder registrar arrestos y negar la posibilidad podría verse como arbitrario. Para el intervenido, porque le permite conocer los motivos de su detención y ser informado de cargos en su contra.

 Consideraciones especiales

A pesar de que el trato a los detenidos está regulado como corresponde, tanto de acuerdo con el derecho internacional como con las leyes de nuestro país, las arbitrariedades y las violaciones se cometieron separadamente, muchas veces por ignorancia, negligencia y, en otras, deliberadamente. El trato humano y digno de los detenidos es deber de todo policía y no requiere conocimientos de complejas técnicas policiales; exige el respeto de la dignidad inherente a la persona humana y la observancia de ciertas normas básicas de conducta.

Sin embargo, es importante que la formación del personal policial en este campo se base en sólidos conceptos teóricos, éticos y morales que conduzcan a su profesionalización. Hay pautas que los miembros de la Policía Nacional deben tener en cuenta al ejercer su autoridad de detención y, aunque son de carácter general, deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos:

Mujeres privadas de libertad: Las condiciones especiales de las mujeres se reconocen y protegen en dos tipos de disposiciones: unas que exigen la separación de los detenidos de los hombres y otras relativas a la no discriminación. Es necesario asignar la protección personal y búsqueda de mujeres detenidas al personal femenino (Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer y la Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer). El Estado ecuatoriano garantizará la protección prioritaria de las mujeres embarazadas y lactantes y la atención integral a la salud y la vida durante el embarazo, parto y posparto.

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