Clasificación de los Títulos de Crédito
Enviado por alexandra_dco • 11 de Mayo de 2022 • Apuntes • 826 Palabras (4 Páginas) • 117 Visitas
CLASIFICACIÓN DE LOS TÍTULOS DE CRÉDITO
Por la ley que los rige:
- Nominados
Se encuentran reglamentados de forma expresa en la ley.
- Innominados
Aquellos que sin tener una reglamentación legal expresa que han sido consagrados por los usos mercantiles.
Por el derecho que los incorpora:
- Personales
Se encuentran reflejados en las acciones de las sociedades anónimas. Son aquellos cuyo objeto principal no es un derecho de crédito sino la facultad de atribuir a su tenedor una calidad personal de miembro de una corporación. El título típico de esta clase es la acción de sociedad anónima, cuya función principal consiste en atribuir a su titular la calidad de socio o miembro de la entidad jurídica colectiva.
- Obligacionales
Son aquellos cuyo objeto principal es un derecho de crédito y, en consecuencia, atribuyen a su titular acción para exigir el pago de las obligaciones a cargo de los suscriptores. El título clásico obligacional es la letra de cambio.
- Reales
Son aquellos cuyo objeto principal no consiste en un derecho de crédito, sino en un derecho real sobre mercancía amparada por el título
Por su forma de creación
- Singulares
Son creados por un solo acto de creación, una operación frente a una persona determinada. (Letra de cambio o cheque)
- Seriales o de masa
Los que se crean en serie. (Acciones y obligaciones de las sociedades anónimas)
Por la sustantividad del documento
- Principales
Letra de cambio, pagaré.
- Accesorios
Cupón que se usa para el cobro de dividendos
Por su forma de circulación
- Nominados (Nominativos)
Tienen una circulación restringida, pues designan a una persona como titular. Para ser transmitidos se necesita del endoso del titular y la cooperación del obligado en el título, este debe de llevar un registro de los títulos emitidos. El emitente sólo reconocerá como titular a quien aparezca como tal en el título mismo y en el registro que el emisor lleve.
- Títulos al portador
Se transmiten cambiariamente por la sola tradición, y cuya tenencia produce el efecto de legitimar al portador. Son aquellos que no están expedidos a favor de una persona. Si no se emite el título a favor de una persona, se reputa al portador. Transmite la propiedad por el solo hecho de su entrega.
- Son transmitidos por medio del endoso y de la entrega misma del documento, el endoso en sí mismo tiene eficacia traslativa
Por su eficacia procesal
- Plena
Se trata de títulos que son plenamente válidos sin necesidad de circunstancias ajenas a ellos. Basta con exhibirlos para que se consideren por sí mismos suficientes para el ejercicio de la acción en ellos consignada. Ejemplo: cheque, letra de cambio, pagaré.
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