R E G L A M E N T O PARA INSTRUCTORES, FACILITADORES
Enviado por Josem04 • 21 de Septiembre de 2015 • Tarea • 1.525 Palabras (7 Páginas) • 92 Visitas
R E G L A M E N T O
PARA INSTRUCTORES, FACILITADORES
Y/O CAPACITADORES
PROGRAMA HÁBITAT
EJERCICIO PRESUPUESTAL 2015
R E G L A M E N T O P A R A I N S T R U C T O R E S,
F A C I L I T A D O R E S Y/O C A P A C I T A D O R E S
PROGRAMA HÁBITAT
EJERCICIO PRESUPUESTAL 201
CAPITULO I.- GENERALIDADES.
Artículo 1.- El presente reglamento interno de trabajo es prescrito por la Dirección de Desarrollo Social y a sus disposiciones quedan adheridos los instructores, facilitadores y/o capacitadores de los Centros de Desarrollo Comunitarios del Programa Hábitat de acuerdo a reglas de operación en su ejercicio presupuestal 2015.
Este reglamento hace parte de los contratos individuales de prestación de Servicios Profesionales suscritos por los instructores, facilitadores y/o capacitadores de los Centros de Desarrollo Comunitarios.
CAPITULO II.- REQUERIMIENTOS.
Artículo 2.- El instructor, facilitador y/o capacitador que aspire a formar parte de la ejecución de proyectos como tal, dentro de los Centros Comunitarios deberá cumplir de acuerdo a las Reglas de Operación vigentes con lo siguiente:
- Únicamente con experiencia laboral:
- Curriculum vitae
- Certificado que avale ultimo grado de estudios.
- Documentos que avale la experiencia laboral en el taller u oficio de que se trate.
- Credencial oficial con fotografía
- Comprobante de domicilio
- Clave Única de Registro de Población
- Acta de Nacimiento
- Formato KORIMA
- Con estudios técnicos:
- Curriculum vitae
- Certificado que avale los estudios técnicos.
- Documentos que avale la experiencia laboral.
- Credencial oficial con fotografía
- Comprobante de domicilio
- Clave Única de Registro de Población
- Acta de Nacimiento
- Formato KORIMA
- Con estudios profesionales:
- Curriculum vitae
- Titulo y Cedula Profesional.
- Documentos que avale la experiencia laboral.
- Credencial oficial con fotografía
- Comprobante de domicilio
- Clave Única de Registro de Población
- Acta de nacimiento
- Formato KORIMA
CAPITULO III.- RELACIÓN INSTRUCTOR, FACILITADOR Y/O CAPACITADOR CON LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL.
Artículo 3.- La vinculación con la Dirección de Desarrollo Social y Centros de Desarrollo Comunitarios; es meramente de Prestación de Servicios Profesionales.
Artículo 4.- El período y horas de Prestación de Servicios quedara estipulado en el contrato individual suscrito por el interesado, así como el costo por hora y monto total a pagar.
Artículo 5.- Los horarios para el desarrollo de las actividades para las cuales fue contratado el profesional serán establecidos de común acuerdo por dichas partes y una vez hecho el horario, el instructor, facilitador y/o capacitador queda comprometido a cumplirlo fielmente.
Artículo 6.- Las horas impartidas deberán ser registradas diariamente o de acuerdo a las fechas y horas acordadas, en el Formato de Asistencia que otorgara el encargado del Centro de Desarrollo Comunitario.
Artículo 7.- En el formato de lista de asistencia no se podrá firmar en clases posteriores si no es firmado en el día que se impartió la sesión.
Artículo 8.- El instructor, facilitador y/o capacitador, deberá registrar al término de su sesión informe de las actividades y materiales utilizados durante esta, en los formatos que otorgara el encargado del Centro de Desarrollo Comunitario.
Artículo 9.- Los formatos de informes semanal y mensual deberán ser llenados dentro del Centro de Desarrollo Comunitario, por ningún motivo deberán salir los formatos fuera o quedar pendientes conforme avance la impartición de sesiones.
Artículo 10.- Los instructores, facilitadores y/o capacitadores por contratación de servicios profesionales no quedan bajo ninguna subordinación que pueda confundirse con un contrato de trabajo.
CAPITULO IV.- OBLIGACIONES DEL ADMINISTRADOR DEL CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO
Artículo 11.- El Administrador del Centro de Desarrollo Comunitario deberá proporcionar a los instructores, facilitadores y/o capacitadores lo siguiente:
- Presentar al personal del CDC, Promotor Comunitario, Prestador de Servicio Social con el cual tendrá contacto durante el periodo para el que fueron contratados sus Servicios Profesionales.
- Indicar el lugar de trabajo, realizando una inspección física de las condiciones actuales de cómo esta el lugar, mobiliario y equipo que se encuentra dentro del mismo.
- Poner a disposición todo lo relacionado con la información del curos o taller a impartir, material didáctico, material de apoyo, insumos y materias primas, instrumentos y equipos para el desarrollo de las actividades de curso, taller o capacitación que se trate.
- Dar a conocer los formatos para solicitar o reportar incidencias tales como:
- Solicitud de insumos, herramientas o materiales para el desarrollo del taller
- Perdida de mobiliario y/o equipo
- Daño en bienes para la producción o instalaciones de uso
- Falta de insumos, herramientas o materiales
- Etc.
- Entregar en tiempo y forma los formatos de listas de asistencia, informe semanal, mensual, solicitud de materiales, insumos y materias primas, material de apoyo y bienes para a producción requeridos para la impartición de la sesión de capacitación.
- Pagar las horas frente a grupo que hayan sido pactadas en el contrato individual suscrito por el interesado.
- Realizar la promoción y difusión de las actividades que se programaron para el presente ejercicio presupuestal de acuerdo al formato de apertura programática para cada obra y/o acción.
- Proporcionar los beneficiarios para cada curso y taller de acuerdo al formato de apertura programática correspondiente.
CAPITULO V.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL INSTRUCTOR, FACILITADOR Y/O CAPACITADOR CON LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL.
Artículo 12.- Los instructores, facilitadores y/o capacitadores; tendrán los siguientes derechos y obligaciones:
- Proporcionar un correo electrónico vigente para circular por este medio cualquier información de las actividades que se desarrollan dentro del Centro de Desarrollo Comunitario.
- Solicitar al encargado de Centro de Desarrollo Comunitario, la información necesaria que aclare cualquier duda que tenga al respecto del desarrollo de sus actividades.
- Exigir a los beneficiarios los datos necesarios para el llenado del CPH que marca las reglas de operación del programa.
- Cumplir estrictamente los horarios y fechas de acuerdo al documento descriptivo del cuso o taller que se trate.
- Realizar personalmente las sesiones asignadas e indicadas en el Documento Descriptivo.
- No dejar a los beneficiarios solos en ningún momento, pedir apoyo a los promotores comunitarios y/o prestadores de servicio social asignados a su curso o taller.
- Solicitar 24 horas antes de su sesión con los formatos establecidos; el material didacto, apoyo, insumos y materias primas, herramientas y maquinaria e incluso áreas del Centro de Desarrollo para la planeación y entrega oportuna para el desarrollo de sus actividades, tomando en cuenta el Documento Descriptivo.
- De igual manera notificar con los formatos que proporciones el encargado del CDC las incidencias que se presente durante el desarrollo del curso.
- Llevar el registro en tiempo y forma de lista de asistencia personal y de los beneficiarios.
- Llenar sus informes conforme a las sesiones impartidas en tiempo y forma de manera semanal dentro del Centro de Desarrollo Comunitario.
- Realizar en tiempo y forma el llenado del informe mensual.
- Recopilación de memoria fotografía que refleje el ANTES, DURANTE y DESPUES, con los beneficiarios y entregarlas de manera semanal.
- Entregar en tiempo y forma la documentación o información que requiera el encargado del CDC y/o Dirección de Desarrollo Social.
Artículo 13.- El instructor, facilitador y/o capacitador, tendrá derecho a tres faltas justificadas por situaciones personales o circunstancias no previstas, avisando en tiempo y forma al encargado del CDC para informar a los beneficiarios.
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