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Classificació dels empleats públics


Enviado por   •  12 de Febrero de 2021  •  Apuntes  •  359 Palabras (2 Páginas)  •  89 Visitas

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Classificació dels empleats públics

1) Funcionaris de carrera

Són funcionarios de carrera quienes, en virtud de nombramiento legal, están vinculados a una Administración pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.

- Relación estatutaria: las condicions de empleo de los funcionarios no se establecen por contrato o convenio colectivo (no se puede pactar-negociar com el estado) sinó por leyes, normas, reglamentos.

- Carácter permanente: no despido, ejerces por toda la vida hasta tu jubilació (por sanción disciplinaria sí). Reserva a favor del funcionario.

2) Funcionarios interinos

Mismas funciones que funcionarios de carrera, pero no gozan de carácter permanente. Nombrados por razón de urgencia y necesidad delante distintos supuestos:

• La existencia de plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera.

• La sustitución transitoria de los titulares

• La ejecución de programas de carácter temporal (límite de duración). Ejemplo: programa de vacunación con lo cual se necessitan más enfermeros para los hospitales públicos.

• El exceso o acumulación de tareas por plazo 6 meses dentro de periodo de 12 meses.

3) Personal laboral

Es personal laboral el que en virtud de contrato de trabajo formalizado por escrito, en cualquiera de las modalidades de contratación de personal previstas en la legislación laboral, presta servicios retribuidos por las Administraciones Públicas. En función de la duración del contrato éste podrá ser fijo, por tiempo indefinido o temporal. Las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto establecerán los criterios para la determinación de los puestos de trabajo que pueden ser desempeñados por personal laboral, respetando en todo caso lo establecido en el artículo 9.2.

No relación estatutaria. Aquí si hay un contrato (y negociación). Se les aplica la legislación laboral, aunque el acceso y selección se realiza siguiendo el derecho administrativo. El personal laboral no puede ejercer potestades administrativas (sancionar, realizar inspecciones, manejar dinero del estado, defensa del estado...)

4) Personal eventual

Relació estatuaria. Funciones de confianza o assessoramiento. Carácter no permanente. Nombramiento y cese es libre, cesan cuando la persona que los nombró deja de ocupar el cargo. Los ejemplos más claros son asessores políticos, ministros... Se les aplica el régimen de funcionarios de carrera.

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