Coherencia Del Ordenamiento Jurídico
Enviado por serch.castro • 23 de Agosto de 2012 • 7.617 Palabras (31 Páginas) • 903 Visitas
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE
SINALOA
Juan Manuel Castro Osorio
103 matutino
Temas
-Coherencia del ordenamiento jurídico
-Problemas de las lagunas
-Los ordenamientos jurídicos y su interrelación
02/05/2011
INTRODUCCION
Mediante este trabajo algunos autores se proponen enseñar a pensar acerca del derecho, plantear la reflexión sobre el sentido y el alcance sobre los saberes jurídicos y proporcionar elementos de reflexión acerca del problema de la justificación del orden jurídico que reconduce al análisis de los fines del derecho, y por consiguiente a la teoría de la justicia y a la teoría de los derechos humanos como su concreción histórica en nuestra situación
Esta investigación se basa en conocer los capítulos abordados de cómo se integra y como funciona la coherencia del ordenamiento jurídico.
En este trabajo presentado se les enseñara como los ordenamientos deben tener coherencia para poder prevenir los problemas de las antinomias o comprender por que el ordenamiento es un sistema, se dice que el ordenamiento jurídico debe de tener plenitud para que no se produzcan problemas de las lagunas y se de el mejor aprovechamiento posible del ordenamiento. Hay dos maneras de estudiar la plenitud la primera es mediante la analogía y la otra con los principios generales del derecho. El tema analogía es fundamental en todo razonamiento relacionado con la creación del derecho y su aplicación.
Además por su utilización universal en la ciencia, ya que todas las ciencias hacen referencia a la analogía.
Capitulo I
*COHERENCIA DEL ORDENAMIENTO JURIDICO
La coherencia supone que en el ordenamiento jurídico no existen normas incompatibles entre sí. Los ordenamientos jurídicos realmente existentes no son totalmente coherentes. De ahí que nos encontremos con el problema
*EL PROBLEMA DE LA COHERENCIA
Un ordenamiento no es coherente, cuando existe el denominado problema de las antinomias o conflictos de normas. Existe antinomia cuando dos o mas normas, que pertenecen al mismo ordenamiento imputan al mismo caso soluciones incompatibles entre sí, y que dan lugar a que la aplicación simultánea de las normas produzca resultados incompatibles e imposibles. De ahí que se tenga que elegir entre unas y otras. Existe conflicto entre una obligación y una prohibición en relación a una misma materia hay una incompatibilidad.
También existe contradicción entre una obligación y permiso negativo y entre prohibición y permiso positivo, siempre que regulen la misma materia.
Según el profesor Ros, puede existir antinomia total que es cuando existe una incompatibilidad absoluta, ya que coinciden totalmente los campos de aplicación.
Una incompatibilidad parcial-parcial, cada norma tiene un campo adicional de aplicación.
Una incompatibilidad total-parcial: Se da cuando el ámbito de aplicación de una norma esta incluido en el de otra, pero esta última tiene casos adicionales.
*EL ORDENAMIENTO JURIDICO COMO SISTEMA
El sistema jurídico reúne las estructuras y las modalidades de funcionamiento de las instancias encargadas de la aplicación de reglas de Derecho, así como los servicios que emanan de ellas. El sistema jurídico comprende así el aparato jurisdiccional, pero también el aparato no jurisdiccional.
Los cuatro principales sistemas jurídicos en el mundo son:
• El sistema del Derecho continental o Civil Law;
• El sistema de Derecho anglosajón o Common Law;
• El sistema de Derecho consuetudinario;
• El sistema de Derecho religioso.
No obstante, el sistema jurídico de cada país presenta variaciones o bien integra ciertas instituciones de otros sistemas. Existen pues numerosos países que tienen un sistema jurídico mixto.
*EL ORDENAMIENTO FISCAL COMO SISTEMA
Cuando un ordenamiento jurídico es un conjunto de normas que interactúan entre sí y están interconectadas basándose en principios de aplicación general, se habla de sistema jurídico. Según el jurista inglés de la universidad de Oxford, Herbert H. Hart, el derecho está formado por dos tipos de reglas jurídicas: las reglas jurídicas primarias que imponen obligaciones de conducta (por ejemplo, la regla por la cual es obligatorio pagar impuestos), mientras que las reglas jurídicas secundarias confieren potestades para que algunas personas introduzcan reglas primarias (por ejemplo, la regla que faculta a la Cámara de Diputados a fijar los impuestos). Un sistema jurídico es, de acuerdo con Hart, un conjunto de reglas jurídicas primarias y secundarias que goza de cierta eficacia.
*DISTINTOS SIGNIFICADOS DE SISTEMA
Según el profesor Bobio para solucionar el tema de las lagunas podemos recurrir a dos sistemas:
*SISTEMA DE AUTOINTEGRACIÓN
*SISTEMA DE HETEROINTEGRACIÓN
La autointegración: consiste en solucionar al falta de regulación a través del propio ordenamiento jurídico y dentro del ámbito de la propia fuente dominante que va a ser la ley. Dentro de este método debemos señalar dos procedimientos:
Recurso a los principios generales del derecho que puedan extraerse de las propias normas del ordenamiento.
*LA ANALOGIA
Esta recogida en el artículo 4.1 del código civil, donde se establece que procederá la aplicación analógica de las normas, cuando estas no contemplen un supuesto específico pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón. Gramaticalmente analogía supone la relación de semejanza entre distintas cosas. Jurídicamente consiste en aplicar a un supuesto carente de regulación la solución que el ordenamiento da a un supuesto similar. Los dos supuestos que se deben dar para aplicar la analogía son :
Un supuesto no regulado
Una identidad de razón entre el supuesto no regulado y el regulado
Este procedimiento analógico esta excluido de las leyes penales y también de las excepcionales. La analogía puede ser de dos tipos :
ANALOGÍA LEGIS O DE LEY: Que Es la aplicación de una ley o parte de una ley. A supuestos no previstos en ella pero semejantes a los que regula.
ANALOGÍA DE DERECHO: Es la aplicación de principios generales al caso no previsto.
La heterointegracion: Consiste en solucionar la falta
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