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Comunidades LGTB En Colombia


Enviado por   •  13 de Abril de 2014  •  1.573 Palabras (7 Páginas)  •  513 Visitas

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COMUNIDADES LGTB EN COLOMBIA

Las comunidades LGTB en Colombia a lo largo de la historia siempre han sido una comunidad supremamente vulnerada en todos los aspectos de la vida común que podrían llevar cada uno de ellos si fueran heterosexuales, la discriminación laboral, el escarnio público, las vulneraciones a sus derechos y sobre todo el rechazo por parte de la iglesia a la cual pertenezcan, sea cristiana o católica o cualquier otra iglesia, han sido los mayores problemas que les ha traído ser homosexuales. La realidad hoy en día es que la misma comunidad LGTB ha luchado fuertemente por salir de ese pozo profundo en el cual la sociedad los tenia inmersos y poco a poco han ido logrando que ciertos derechos que les son inherentes como seres humanos les hayan sido reconocidos legal y legítimamente.

Como principio quisiera mostrar el desarrollo que las comunidades LGTB en Colombia han tenido a través de la historia donde antes de 1980 la comunidad LGTB era totalmente repudiada y no tenían derecho ni siquiera de expresar sus tendencias sexuales de ningún tipo, estaban totalmente reprimidos a guardar su sexualidad en su interior, cosa que evidentemente en la actualidad no pasa, pero todo ha sido un proceso que data desde la declaración de los derechos humanos y las transformaciones que los mismos humanistas le han dado a estos derechos para que cada vez protejan mas la integridad de las personas.

Les presento un fragmento breve de los hitos históricos de la comunidad LGTB en Colombia para hacer énfasis en lo dicho anteriormente:

• Realizar actos homosexuales no está prohibido por la ley en Colombia desde que entró en efecto el Decreto 100 en1980.

• En 1991 la nueva constitución incluye una serie de provisiones de especial interés para la comunidad LGTB, como el derecho a la igualdad, el principio constitucional del pluralismo y el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

• En 2000 el Congreso establece en el Código Penal una norma que agrava la pena cuando se verifique que el delito fue motivado por la orientación sexual de la víctima.

• En 2001 La Sala civil de la Corte Suprema de Justicia, reconoce por primera vez el derecho de visita íntima de una pareja del mismo sexo en una cárcel. Más tarde en el 2003 la Corte Constitucional reconoce este mismo derecho haciéndolo extensivo a todas las parejas del mismo sexo.

• En la plenaria del Senado el 11 de octubre de 2006 se discutió un proyecto de ley sobre el reconocimiento de los derechos patrimoniales a las parejas del mismo sexo, tras una votación que causaría controversia después de que senadores evangélicos intentaran sabotearla, por lo que pasó a la Cámara de Representantes para ser discutido también. Finalmente, ante un problema de conciliación entre ambas cámaras sobre el proyecto, y como un hecho que casi nunca se había presentado en Colombia, se decidió archivar el proyecto faltándole básicamente nada para su aprobación.

• En contraposición al Congreso, el 7 de febrero de 2007 fue aprobado por la Corte la unión marital de hecho entre homosexuales y algunos derechos patrimoniales de la pareja. Se estableció que para que estos cobrasen vigencia en la pareja debía llevar por lo menos dos años de convivencia.

• En el 2007 se transmitió un proyecto de ley en el Congreso que buscaba reconocer los derechos patrimoniales de las parejas del mismo sexo, tras ser aprobado en Cámara de Representantes se hundió en la fase final de conciliación en el Senado. El proyecto fue impulsado por el Polo Democrático Alternativo, el Partido Liberal Colombiano y algunos sectores de la bancada Uribista o de gobierno, y eran opuestos a él el Partido Conservador Colombiano (que también hace parte de la coalición de gobierno), el movimiento MIRA y algunos sectores de la misma bancada Uribista.

• El 4 de octubre del 2007 la Corte Constitucional estableció que las parejas del mismo sexo que en Colombia lleven un mínimo dos años de convivencia de hecho, podrán afiliarse conjuntamente al sistema de seguridad social en salud. Con el fallo, ahora estas parejas podrán afiliar a su compañero o compañera al sistema público de salud, con sólo presentar una declaración notarial de unión marital de hecho de mínimo dos años.

• A partir del último fallo de la Corte Constitucional del 17 de abril del 2008, las parejas en unión marital de hecho de los homosexuales pueden acceder a la pensión de sobreviviente, tal como sucede con las parejas heterosexuales.

En un libro que describe la historia del movimiento L&G colombiano, movimiento fundado por homosexuales, nos muestra un breve resumen de lo que ellos han logrado a partir de sus esfuerzos como minoría:

“El movimiento homosexual Colombiano surge en 1976 por iniciativa de estudiantes y profesores universitarios. En 1980 fundan la Revista Ventana Gay y se despenaliza la homosexualidad; en 1984 los jóvenes asumen la dirección y trazan su rumbo

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