Un acuerdo sobre la cooperación comercial-económica y técnica entre la República de Colombia y la Comunidad del Caribe
Enviado por kamifecho10 • 26 de Septiembre de 2013 • Informe • 1.586 Palabras (7 Páginas) • 537 Visitas
Acuerdo principal sobre comercio y cooperación económica y técnica entre la República de Colombia y la Comunidad del Caribe (CARICOM)
Sus objetivos principales son promover y expandir el comercio y la inversión, facilitar la creación de joint ventures regionales, desarrollar actividades de cooperación económica y promover actividades de intercambio entre los sectores privados de la región.
Las condiciones actuales de acceso preferencial al mercado de CARICOM están enmarcadas en el Acuerdo de Alcance Parcial (APP) Nº 31 sobre Comercio y Cooperación Económica y Técnica suscrito en el marco del Artículo 25 de la ALADI (Asociación Latinoamericana de Integración), el cual se firmó en la ciudad de Cartagena de Indias el 24 de julio de 1994.
En desarrollo de dicho acuerdo, se suscribió en mayo 21 de 1998 un Primer Protocolo que modifica las normas de origen e incluye por primera vez productos con preferencias arancelarias a favor de Colombia de carácter inmediato a partir del 1º de junio de 1998 y gradual (25% cada año) iniciando el primer 25% a partir del 1º de enero de 1999.
Este acuerdo fue incorporado a la legislación nacional colombiana. La vigencia del acuerdo es a partir del 1° de enero de 1995 mediante el Decreto Nº 2891 del día 30 de diciembre de 1994, y a partir del 1° de junio de 1998 y 1° de enero de 1999, mediante el Decreto N° 793 del 28 de mayo de 1998.
Son doce los países miembros de CARICOM que participan como Signatarios del AAP. Estos son: Trinidad y Tobago, Jamaica, Barbados, Guyana, Antigua y Barbuda, Belice, Dominica, Granada, Monserrat, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas.
Bahamas, está por fuera del Acuerdo Colombia - CARICOM por no participar en el Mercado Común de CARICOM y por el momento no se prevé su ingreso. Por otro lado, Surinam y Haití aún no están incluidos en este Acuerdo, pues su vinculación como miembros de CARICOM se produjo con posterioridad a estas negociaciones, y su adhesión no se ha definido hasta el momento y por lo tanto no son Signatarios del Acuerdo.
CARICOM en sus países más desarrollados signatarios del acuerdo puso en vigencia los compromisos de desgravación para Colombia a partir del 1° de junio de 1998 y 1º de enero de 1999. Estos países fueron: Jamaica, Trinidad y Tobago, Barbados y Guyana.
Resumen del Acuerdo
Entre las características principales del acuerdo, cabría mencionar:
Normas de origen: se basan en el principio de transformación substancial caracterizado por el cambio de partida arancelaria. Se negociaron con base en la normativa de la OMC (Organización Mundial del Comercio), ALADI y la CAN (Comunidad Andina).
Bienes Usados: las reducciones de gravámenes o preferencias arancelarias, contenidas en las listas de bienes negociados a favor de las partes, no se aplican a mercancías usadas.
Normas Técnicas: el consejo conjunto adelantará acciones para armonizar las normas técnicas industriales, comerciales, de salud pública, fitosanitarias y zoosanitarias, para que no se constituyan en obstáculos al comercio entre las partes.
Promoción Comercial: las partes realizarán acciones de promoción para facilitar las misiones comerciales, la organización de ferias y exposiciones, el intercambio continuo de información, los estudios de mercado y otras actividades tendientes al buen aprovechamiento de las preferencias arancelarias y de las oportunidades que brinden las medidas que se acuerden en materia comercial. En este sentido, con el objeto de promover el acuerdo y los negocios entre las partes, se organizó un seminario en Bogotá el 29 de septiembre de 1998 y otro en Cartagena en febrero de 2002.
Financiamiento del Comercio: el Consejo Conjunto revisará periódicamente el financiamiento del comercio entre las partes y recomendará aquellos mecanismos que puedan ser puestos en práctica para facilitar el mismo.
Comercio de Servicios: se plantea la necesidad de la cooperación en este sector, tomando como base los resultados de la OMC. Las partes negociarán reformas o ampliaciones en ese sentido.
Transporte: las partes reconocen la importancia de mejorar los servicios de transporte, como medio para facilitar el intercambio entre las partes y en este sentido, entre otros, promoverán el establecimiento de centros para consolidación de carga. En este sentido, hay varias consideraciones a tenerse en cuenta: un transporte económico y eficiente promueve el comercio, un mayor volumen de comercio lleva a un transporte más económico y eficiente, los servicios de transporte pueden adaptarse más rápido a los patrones de comercio que viceversa, aprovechar el acceso preferencial incrementará las posibilidades de volumen de comercio lo cual contribuiría a superar las dificultades de transporte, la modalidad de transporte en El Caribe es el marítimo seguido por el aéreo, habría que estudiar los mecanismos de transbordo y transporte multimodal como posibles soluciones alternativas.
Cláusulas de Salvaguardia: las medidas de salvaguardia consisten en la suspensión temporal de las preferencias arancelarias y la restitución del gravamen sobre el bien específico al nivel de Nación Más Favorecida (NMF). Esta medida se aplica cuando el volumen de importaciones amenacen o causen daño a la producción nacional de la parte importadora de bienes similares o directamente competidores, o
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