Condena del acusado más allá de toda duda razonable
Enviado por Franc Ramirez • 17 de Julio de 2022 • Apuntes • 588 Palabras (3 Páginas) • 82 Visitas
Art. 2.- Principios Generales.- en esta materia penal es donde que son aplicadas todos los principios que son demandadas por la constitución de la república, donde que de esta manera los instrumentos internacionales de los derechos humanos y los desarrollados de esta código que es relativo en el juzgado.
Art.3.- Principios de mínima Intervención.- es importante conocer que es la intervención penal que está legitimada por siempre y como sea estrictamente necesaria para la protección de las personas que constituyen los últimos recursos como son los suficientes de os mecanismos extrapenales que conforman con el delito del ser humano.
Art. 4.- Dignidad Humana y Titularidad del Derecho.- Es donde que es importante los intervinientes en el proceso penal son muy titulares de los derechos humanos donde que son reconocidos por los derechos humanos donde que es relativamente reconocido por la constitución de la republica de lis instrumentos internacionales del estados. Son donde que la libertad la titularidad de los derecho humanos con las limitaciones muy propias de las prevenciones de las libertades y serán tratados con todo el respeto de sus dignidades como los seres humanos.
Art.-5.- principios procesales.- el derecho es importante al débito que procede al derecho penal, sin embargo los prejuicios de otros establecimientos con la constitución de la república, donde que son llevadas a cabo con los instrumentos internacionales que son ratificados por el Estado o otras normas jurídicas, donde que son verificadas por los siguientes principios;
- Legalidad; No hay delito, pena o proceso penal sin la ley antes de que se produzca. Este principio Se aplica incluso si la ley penal invoca otras disposiciones legales o disposiciones para su inclusión.
- Favorabilidad. en caso el conflicto entre dos reglas. Mismo tema, revisores distintas penas por lo mismo de hecho, el menos estricto aunque lanzado después de cometer un delito.
- Dudas al favor del reo. El juez, para pronunciar la sentencia, debe haber
Condena del acusado más allá de toda duda razonable. - Inocencia. Las personas mantienen su inocencia legal y deben ser tratadas como tales, mientras no se ejecute una sentencia que determine lo contrario.
- Igualdad. es un deber los funcionarios de la corte hacen que la eficiencia
Igualdad entre los participantes en desarrollo del trabajo procedimental
proteger especialmente que por su condición financiera, material o espiritual. Te encuentras en una situación Astenia o vulnerabilidad. - Impugnación procesal. Toda estas medidas son para las personas que tienen derecho a recurrir del fallo, resolución o auto definitivo en todo proceso que se decida sobre sus derechos, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República, los instrumentos internacionales de derechos humanos y este Código.
- La prohibición de empeorar la situación del procesado. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo en asuntos que puedan implicar su responsabilidad penal.
- La prohibición de la autoincriminación. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo sobre circunstancias que puedan dar lugar a su responsabilidad penal.
- La prohibición de doble juzgamiento.- Ninguna persona puede ser juzgada o castigada más de una vez por hechos similares. A tal efecto, se consideran los casos de los que se ocupa el poder judicial local. Imposición de sanciones administrativas o civiles el mismo hecho juzgado y sancionado no constituye violación de este principio.
- Intimidad. Toda persona tiene derecho a la intimidad ya la vida familiar. El registro, allanamiento y decomiso en su domicilio, lugar de residencia o establecimiento sólo podrá efectuarse por orden de juez competente, en las formas y causas previamente establecidas, con excepción de las excepciones previstas en esta Ley.
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