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Constitucion De 1857


Enviado por   •  4 de Diciembre de 2013  •  411 Palabras (2 Páginas)  •  249 Visitas

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La vida diaria de los mexicanos es regida por los preceptos y principios jurídicos que están contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en virtud de ser la Norma Suprema del Estado mexicano; de donde se sigue que todos los demás cuerpos jurídicos deben estar en concordancia con ella.

Otra de las cosas que tienen un efecto tremendo en toda la sociedad, lo es, el uso de los términos contenidos en la Constitución General. Más aun, el pueblo quien es el titular de la soberanía, tiene la convicción de que lo contenido en la Constitución Federal es casi sagrado. Por lo que las palabras usadas en este contexto son comunes pero llenas de una fuerza e importancia poco común, aunque se les haya desvirtuado. Tan es así que términos tales como “división de poderes” y “equilibrio de poderes” son de uso consuetudinario, tanto para legisladores al Congreso de la Unión como para los legisladores de los Congresos Estatales sin que estos tengan conciencia de su contenido.

El uso de los términos “división de poderes” y “equilibrio de poderes” se da también por los funcionarios de todos los niveles del órgano ejecutivo; desde el jefe del ejecutivo federal hasta cualquier presidente municipal, pasando por gobernadores y otros funcionarios.

De la misma manera, los funcionarios que conforman el órgano judicial utilizan los mismos términos en el mismo sentido y de manera indiscriminada.

Tanto ha cundido el uso de los términos “división de poderes” y “equilibrio de poderes”, que los diversos medios de comunicación, tanto escritos como de radio, televisión, internet, diarios, revistas jurídicas etc., las usan como divisa de cuño corriente.

Es sorprendente que, juristas, constitucionalistas, estudiosos del derecho, filósofos, teóricos, maestros y autores de libros jurídicos usen dichos términos inconcientemente.

Finalmente, se tiene que hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación acepta la terminología por pura costumbre. Cosa grave a mi entender, toda vez que la construcción de nuevos conceptos filosóficos o jurídicos para el perfeccionamiento de la democracia ha quedado truncada y la razón ha sido desdeñada como rectora de la vida de la nación mexicana, optándose la rigidez y estancamiento del pensamiento.

La democracia como construcción humana no debe detenerse en su perfeccionamiento tanto teórico-jurídico como en su concepción teórico-filosófica ni en su construcción de facto; trataré pues de demostrar que los términos “división de poderes” y “equilibrio de poderes” no son simples términos de cuño corriente y que su corrección es de primera línea para su mejor comprensión y aplicación real.

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