Constitucion
Enviado por vasquezana970 • 28 de Febrero de 2015 • 726 Palabras (3 Páginas) • 162 Visitas
Lo antes expuesto se apoya en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, siendo el pilar de todas las leyes de nuestro país establece en el artículo 55, el derecho a la protección frente a situaciones de amenaza, en concordancia con el artículo 86 donde se hace referencia a la seguridad social, igualmente en su artículo 134 numeral 1 el cual establece el deber que tiene toda persona en prestar servicios civiles necesarios para hacer frente a situaciones de calamidad pública.
Así mismo el art. 156 determina la competencia del poder público nacional en cuanto a la administración de riesgos y emergencias. De igual forma se expresa en el art. 178 numeral 4 la competencia del Poder Municipal referente a la Protección Civil. También se basa en la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, en su art. 4 ordinal 6, en el que hace referencia al apoyo a los distintos niveles y ramas del poder público en las operaciones de Protección Civil en situaciones de desastres en el marco de los planes correspondientes.
Por otra parte se apoya en el decreto con Fuerza de Ley de la Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, en su artículo 3, en su tercer objetivo el cual establece: La Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, tiene como objetivos fundamentales: “Diseñar programas de capacitación, entrenamiento y formación, dirigidos a promover y afianzar la participación y deberes ciudadanos en los casos de emergencias y desastres”.
Además el artículo 23 expresa:
“Todos los ciudadanos y las ciudadanas están en el deber de incorporarse activamente en el desarrollo de acciones y programas orientados a la autoprotección y a la formación ciudadana ante desastres”.
La Ley de Gestión Integral de Riesgo Socio-Naturales y Tecnológico, en su artículo 2 establece:
“La gestión integral de riesgo socio-culturales y tecnológico es un proceso orientado a formular planes y ejecutar acciones de manera consciente, concertada y planificada entre los órganos los entes del estado y particulares”.
En concordancia con el art. 38 de esta misma ley en cuanto a la capacitación expresa:
“Los entes públicos y privados estén obligados a incluir contenidos relacionados con la reducción de riesgos socio-naturales y tecnológicos en los planes para la formación de todo su personal”.
Asimismo, en el artículo 50 de la obligatoriedad establece… “constituye una obligación para las personas naturales y jurídicas, de carácter público o privado, conforme al principio de corresponsabilidad en el proceso de desarrollo sustentable de la Nación”
Este proyecto se vincula con la Ley Plan de La Patria específicamente en su Objetivo Estratégico 5.4.3.3 el cual establece:
“Fomentar
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