Constitución De Una Sociedad Anónima
Enviado por lolila • 6 de Septiembre de 2012 • 1.138 Palabras (5 Páginas) • 795 Visitas
Requisitos para la constitución de una Sociedad Anónima
Según la Ley de Sociedades Mercantiles Vigente
SECCION PRIMERA
De la constitución de la sociedad
Artículo 89.- Para proceder a la constitución de una sociedad anónima se requiere:
I.- Que haya dos socios como mínimo, y que cada uno de ellos suscriba una acción por lo menos;
II. Que el capital social no sea menor de cincuenta mil pesos y que esté íntegramente suscrito;
III.- Que se exhiba en dinero efectivo, cuando menos el veinte por ciento del valor de cada acción
pagadera en numerario, y
IV.- Que se exhiba íntegramente el valor de cada acción que haya de pagarse, en todo o en parte, con
bienes distintos del numerario.
Artículo 90.- La sociedad anónima puede constituirse por la comparecencia ante Notario, de las
personas que otorguen la escritura social, o por suscripción pública.
Artículo 91.- La escritura constitutiva de la sociedad anónima deberá contener, además de los datos
requeridos por el artículo 6º, los siguientes:
I.- La parte exhibida del capital social;
II.- El número, valor nominal y naturaleza de la acciones en que se divide el capital social, salvo lo
dispuesto en el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 125;
III.- La forma y términos en que deba pagarse la parte insoluta de las acciones;
IV.- La participación en las utilidades concedidas a los fundadores;
V.- El nombramiento de uno o varios comisarios;
VI.- Las facultades de la Asamblea General y las condiciones para la validez de sus deliberaciones,
así como para el ejercicio del derecho de voto, en cuanto las disposiciones legales puedan ser
modificadas por la voluntad de los socios.
Artículo 92.- Cuando la sociedad anónima haya de constituirse por suscripción pública, los
fundadores redactarán y depositarán en el Registro Público de Comercio un programa que deberá
contener el proyecto de los estatutos, con los requisitos del artículo 6º, excepción hecha de los
establecidos por las fracciones I y VI, primer párrafo, y con los del artículo 91, exceptuando el prevenido
por la fracción V.
Artículo 93.- Cada suscripción se recogerá por duplicado en ejemplares del programa, y contendrá:
I.- El nombre, nacionalidad y domicilio del suscriptor;
II.- El número, expresado con letras, de las acciones suscritas; su naturaleza y valor;
III.- La forma y términos en que el suscriptor se obligue a pagar la primera exhibición;
IV.- Cuando las acciones hayan de pagarse con bienes distintos del numerario, la determinación de
éstos;
V.- La forma de hacer la convocatoria para la Asamblea General Constitutiva y las reglas conforme a
las cuales deba celebrarse;
VI.- La fecha de la suscripción, y
VII.- La declaración de que el suscriptor conoce y acepta el proyecto de los estatutos.
Los fundadores conservarán en su poder un ejemplar de la suscripción y entregarán el duplicado al
suscriptor.
Artículo 94.- Los suscriptores depositarán en la institución de crédito designada al efecto por los
fundadores, las cantidades que se hubieren obligado a exhibir en numerario, de acuerdo con la fracción
III del artículo anterior, para que sean recogidas por los representantes de la sociedad una vez
constituida.
Artículo 95.- Las aportaciones distintas del numerario se formalizarán al protocolizarse el acta de la
asamblea constitutiva de la sociedad.
Artículo 96.- Si un suscriptor faltare a las obligaciones que establecen los artículos 94 y 95, los
fundadores podrán exigirle judicialmente el cumplimiento o tener por no suscritas las acciones.
Artículo 97.- Todas las acciones deberán quedar suscritas dentro del término de un año, contado
desde la fecha del programa, a no ser que en éste se fije un plazo menor.
Artículo 98.- Si vencido el plazo convencional o el legal que menciona el artículo anterior, el capital
social no fuere
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