Convension Americana De Los Derechos Humanos
Enviado por luisa_876 • 25 de Agosto de 2013 • 2.444 Palabras (10 Páginas) • 371 Visitas
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo tiene como intención adentrarse en la convención de los derechos humanos sobre todo en el continente americano, tomando en cuenta antecedentes universales sobre estos.
Para nosotros como estudiantes de derecho, debe ser algo fundamental en conocimiento de esta rama, ya que universalmente se está tomando mucho en auge el reconocimiento de ellos, por tanto es indispensable dominar, más como conocedores del derecho, como cultura general.
para logras este trabajo es necesario la investigación y la lectura del documento firmado por los Estados participantes, para así saber cuáles son los fundamentos de dicho documento, al igual claro está saber los principales Derechos Humanos que se intentaron proteger y preservar, al igual también revisar en que artículos se obtuvieron o presentaron su negativa, y el motivo de la misma.
Esta convención estableció derechos humanos con un contenido muy definido y también detalladas obligaciones para los estados, que fueron posteriormente desarrolladas por las ya existentes Comisiones Interamericana de Derecho Humanos y por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, órgano nuevo creado en ese trato, que entro en funciones en 1978. La convención se diseñó en una medida importante, siguiendo al pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos y al Convenio Europeo sobre Derechos y Libertades Fundamentales, pero debió operar en un contexto político, social, económico muy diferente al europeo en los años 50 a 90.
OBJETIVOS
Los objetivos al realizar este trabajo son:
1.- conocer sobre las bases o intenciones que se platearon para la realización de esta convención.
2.- Conocer los principios, derechos y libertades que se protegieron con esta convención
3.- saber los Estados que participaron en ella, al igual de las aclaraciones, observaciones o negaciones que hicieron a la misma
4.-El impacto social antes, durante y después de su realización.
- PREAMBULO PLANTEADO
Una de las explicaciones (preámbulos) que se platearon para esta convención, es la de consolidar en los países del continente americano, los derechos de libertad personal así como la justicia social, originarios desde los derechos esenciales del hombre, así pues se reconocieron los derechos del hombre a no nacer bajo el régimen nacional de determinado Estado, sino que se contara con la protección que ofrece el derecho interno de los Estados Americanos.
Considerando la convención Americana y la Declaración Universal de los Derechos Humanos podemos decir entonces que la idea fundamental es que el ser humano sea libre, sin temor alguno, que no padezca de miseria, por lo tanto crear condiciones que permitan a las personas a gozar de los derechos necesarios para esto, dígase pues derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos.
aunque también teniendo presente que los derechos antes mencionados fueron reconocidos en instrumentos internacionales, (universal) como en lo regional, resultó de gran importancia y trascendencia consolidarlo en América, sobre las bases del respeto integral de los derechos que las personas deben gozar, el régimen democrático representativo del gobierno, así como el derecho a que el pueblo se desarrolle, sea libre de determinar y disponer de sus riquezas, sus recursos naturales, su economía y la manera de obtenerla.
Ésta convención pues abrió la opción de que los estados que participaban en ella, podrían incluir proyectos adicionales con la finalidad de abundar y proteger otros derechos o libertades que creyeran pertinentes; a esta adición se le nombró PROTOCOLO DE SAN SALVADOR.
DESARROLLO
Los estados participantes en esta convención acordaron lo siguiente:
PARTE I – DEBERES DE LOS ESTADOS Y DERECHOS PROTEGIDOS
CAPITULO I – ENUMERACION DE DEBERES
Art. 1° obligación de respetar los derechos
los estados participantes en la convención se comprometen a respetar los derechos y libertades que en ésta se reconozcan, así como garantizar su libre y pleno ejercicio a todas las personas que estén dentro de su jurisdicción, sin ninguna discriminación por motivos de raza, sexo, idioma, religión, ideas políticas, etc.
Art. 2° Deberes De Adoptar Disposiciones De Derecho Interno
Si en el ejercicio de los derechos y libertades mencionados en el artículo 1 no estuviere ya garantizado por disposiciones legislativas o de otro carácter, los Estados partes se comprometen a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones de esta Convención, las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades.
CAPITULO II – DERECHOS CIVILES Y POLITICOS
Art.3° Derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica
Toda persona que esté dentro de la jurisdicción de este convenio tiene derecho a que se le sea reconocida su personalidad jurídica.
Art 4° Derecho a la vida
1. Respeto a la vida desde su concepción
2. Países aún con pena de muerte, sólo aplicable en los delitos más fuertes.
3. No restablecimiento de la pena de muerte en países ya abolida
4. No pena de muerte en delitos políticos, o conexos
5. No la pena de muerte si el flagrancia el delincuente tuviera menos de 18 años o más de 60, ni mujeres en estado de gravidez
6. Solicitud de amnistía, indulto o conmutación de la pena a condenados a la pena cap
Art. 5° Derecho a la integridad Personal
1. respeto de la integridad física, psíquica y moral de toda persona
2. No sumisión a torturas, tratos crueles, etc.
3. La pena no trascenderá la persona del delincuente
4. Separación de los procesados y los condenados (excepto casos especiales)
5. Si un menor es procesado , debe estar separado de los adultos y llevado a tribunales especializados
6. La privación de la libertad deberá tener como finalidad la reforma y la readaptación de los condenados
Art. 6° Prohibición De La Esclavitud y La Servidumbre
1. Nadie puede ser sometido a la esclavitud o servidumbre, prohibidas la trata de esclavos o mujeres
2. Nadie puede ser obligado a trabajos forzosos, en caso de los reclusos que deban hacer trabajos forzosos, éste no debe denigrar su capacidad física
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