Convergencias y divergencias pueden establecerse entre el constitucionalismo democrático contemporáneo, tal como lo describe Maurizio Fioravanti, y los constitucionalismos radicales tal como los describe Javier Couso
Enviado por Juan David Arana • 6 de Octubre de 2018 • Ensayo • 1.169 Palabras (5 Páginas) • 155 Visitas
¿Qué convergencias y divergencias pueden establecerse entre el constitucionalismo democrático contemporáneo, tal como lo describe Maurizio Fioravanti, y los constitucionalismos radicales tal como los describe Javier Couso?
Este ensayo pretende señalar algunas convergencias y divergencias que se encontraron del análisis de los textos Estado y constitución de Maurizio Fioravanti y Las democracias radicales y el “nuevo constitucionalismo latinoamericano” de Javier Couso.
De entrada, es necesario señalar que existe un punto de quiebre en el análisis y se encuentra en lo que denomina Fioravanti en el texto como el nacimiento del Estado de derecho con su constitución liberal, con la Declaración de derechos del 26 agosto de 1789. Esto en razón a que las más llamativas similitudes en el modelo constitucional-radical la encontramos en los orígenes del estado moderno europeo.
En efecto, señala Fioravanti que el estado moderno europeo comienza a tomar forma cuando en un territorio concreto se dan las condiciones para la existencia de un gobierno que se propone ejercer de manera clara las funciones imperium, donde existe una concentración e institucionalización de los poderes, asumidos por un señor que tiende a representar el territorio en su conjunto. Claramente lo que se observa es una concentración del poder en cabeza de un representante, lo cual dentro del texto de Couso se encuentra en lo que llama elementos comunes de las experiencias constitucionales radicales en América Latina, específicamente encontramos la convergencia en uno de estos elementos, el cual se refiere a la exacerbación del poder Ejecutivo, situación poco común en los sistemas presidencialistas en las democracias constitucionales actuales, donde el representante del Estado gozaba de facultades tales como la de decretar estados de excepción constitucional sin tener que consultar al poder legislativo, para el caso de Venezuela. Situación que se identifica con la de Bolivia y Ecuador, donde la concentración del poder político en torno al Ejecutivo lo dota de facultades para definir la suerte de transformaciones económico-sociales del Estado.
Dentro del modelo de Estado jurisdiccional, se encuentra en una de sus características fundamentales otra convergencia, y es la relativa al territorio, donde el centro siempre está obligado a presuponer la existencia de unas comunidades, cuya contribución activa es necesaria para ejercer un gobierno del mismo territorio; y es precisamente, dentro del “nuevo constitucionalismo”, lo que legitima al soberano es la voluntad del pueblo, que acepta y promueve el poder centralizado, en lugar de una separación del mismo.
Abordemos ahora dentro de las convergencias lo que significa dentro del modelo constitucional europeo el “Estado absoluto”. Esta forma absolutista se caracteriza por la reducción de poderes de los Consejos que cooperaban con los soberanos o de los sujetos institucionales que podían ejercer cierto control sobre la acción de la misma monarquía. Como ejemplo nos señala Fioravanti el caso del reinado de Luis XIV (1661 – 1715), donde se redujo al máximo el papel del Consejo, convertido en un órgano puramente técnico. Entiéndase entonces este absolutismo político como una tendencia de operación de la monarquía, donde se eliminan las distintas formas de reparto del poder. Esta situación se ve reflejada en una de las características del “constitucionalismo radical”, consistente en el debilitamiento del principio de la separación de poderes, donde en países como Bolivia y Ecuador por ejemplo, la judicatura se encuentra bajo el control del Ejecutivo, y en Venezuela se encuentra subordinada en los hechos al gobierno, productor del control de este a los organismos encargados del nombramiento de los jueces, situación está que ha impedido que los jueces autónomos de cada gobierno investiguen situaciones de abuso de autoridad y corrupción por parte de los mismos. Esto ha permitido que los gobernantes levanten cargos falsos de corrupción a sus contradictores, inhibiéndolos de presentarse a los comicios electorales. Situación que ubica a estos países latinoamericanos como similar al modelo absolutista que padeció Francia bajo la dirección de Luis XIV.
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