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DERECHO: EL NEO CONSTITUCIONALISMO


Enviado por   •  26 de Mayo de 2013  •  1.453 Palabras (6 Páginas)  •  614 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Para poder analizar sobre el tema y entender, he tenido que leer la Constitución Política Del Estado Peruano Actual y tomar en cuenta una lectura generada por el docente de la cátedra , cual me dio un panorama relacionado a lo que viene hacer un tema actual de connotación internacional que viene hacer “La Interpretación a través de la Constitución de las Normas , Neo Constitucionalismo” y que hace que prevalezca por sobre todas las leyes, tomando como punto de partida el desarrollo basado en la pirámide de Jans Kelsen, que habla de que si se encuentran normas en conflicto los justiciables deberán de tener en cuenta la Ley que emana de la mas absoluta de las Leyes que viene hacer las de la Constitución Política, estas leyes son las que van ha amparar los derecho primigenios de todos los ciudadanos de nuestros estado y que estas leyes habían sido relegadas por normas y tratados internacionales , pactos , etc., etc.

La globalización y las condiciones socio políticas imperantes en el mundo, primero que ha servido , modelo socio económico y estos han producido efectos traumáticos en cuanto a la observancia de los derechos humanos, cuantos mas emerge el contacto con el mundo a través de la globalización , mayor son afectados los derecho y la dignidad humana, lesionan el interés moral y estos se esta acrecentando a la medida en que las costumbres con respecto a la globalización crece, es cuando Nace El Neo Constitucionalismo, Con La Evolución Del Derecho constitucional, una nueva forma de interpretación, que defiende mediante mecanismos, que no son el uso del control difuso los derechos humanos, que surge con la necesidad de proteger y evitar que los derechos sean afectados con acciones de terror, conflictos armados, etc.

En este tema analizaremos, la Constitución Política Del Perú En Sus Artículos 51 Y 138, Y El Nacimiento Del Neo Constitucionalismo,

El Neo constitucionalismo como teoría del derecho, El Neo constitucionalismo Como modelo político, y el Neo constitucionalismo como ideología

ANALISIS DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL PERU:

Artículo 51°.

La Constitución prevalece sobre toda norma legal; la ley, sobre las normas de inferior jerarquía, y así sucesivamente. La publicidad es esencial para la vigencia de toda norma del Estado.

Este artículo tiene una gran importancia por sus aplicaciones para el funcionamiento del sistema jurídico, dispone las normas esenciales de los ordenamientos del sistema jurídico, estableciendo las líneas generales de jerarquía y el principio de la publicidad como requisito indispensable para la vigencia de las normas de derecho.

El sistema jerárquico normativo comienza con la constitución, dependientemente con varios tipos de normas, los cuales le dan los posibles rangos y característica de las principales normas jurídicas existentes.

Marcial Rubio Opina al respecto que el sistema legislativo peruano tiene en la constitución del 1993 un nivel nacional que corresponde al gobierno central y una dimensión local que corresponde a los gobiernos locales, en la constitución del 1979, aparecía el nivel regional. La actual carta prácticamente no trata de ellos y ha dejado su desarrollo a una ley orgánica. Este comentario de marcial rubio nos permite ubicar en el plano nacional a la Constitución Política como la mas alta jerarquía en el ordenamiento del estado y por lo tanto el eje que prevalece para ubicar de arriba hacia abajo siguiendo el planteamiento Kelsiano que vendrían a ser la estructura jerárquica de las normas en le Perú.

PODER JUDICIAL

Artículo 138°.

La potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y a las Leyes.

En todo proceso, de existir incompatibilidad entre una norma constitucional y una norma legal, los jueces prefieren la primera. Igualmente, prefieren la norma legal sobre toda otra norma de rango inferior.

Como podremos ver aquí el estado delega al Poder Judicial, como un cuerpo unitario, la potestad de administrar justicia que emana del pueblo. Esta función debe de ser cumplida con las especificidades y garantías que corresponde de acuerdo con los procesos que la constitución y las leyes establecen. La constitución, se esta refiriendo, concretamente, a la capacidad del poder judicial de ejercer jurisdicción.

Juan Monroy Galvez.- que la jurisdicción es el poder – deber del estado, previsto para solucionar conflictos de intereses ínter subjetivos, controlar las conductas antisociales (faltas o delitos), y también la constitucionalidad normativa, en forma exclusiva y definitiva, a través de los órganos especializados que aplican el derecho que cumplan

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