“Cuando el trabajo sexual es el único empleo digno”
Enviado por soledad urbistondo • 21 de Abril de 2022 • Monografía • 1.367 Palabras (6 Páginas) • 93 Visitas
Universidad Nacional de Mar del Plata
Facultad de Humanidades
Asignatura: Filosofía Política
Alumna: Soledad Urbistondo
“Monografía”
“Cuando el trabajo sexual es el único empleo digno”
María Soledad Urbistondo (UNMdP)
Introducción
En el presente trabajo se abordará la problemática en la cual se ve envuelta la práctica sexual tomada como un trabajo asalariado. Se pretende aquí exponer de qué manera son subyugados los derechos de las personas que son Trabajadorxs Sexuales, y la búsqueda de un camino legal en el cual se consideren los reclamos de todos/as las personas que ejercen esta actividad. A través de la lectura de distintos autores y del marco legislativo propuesto por la ONG AMMAR, (para llevar a cabo una ley que reconozca sus derechos y les asegure protección); es que se hará un análisis crítico que evidencie el pedido de estxs ciudadanxs como un reclamo justo como el que podría realizar cualquier persona.
Cabe destacar que la falta de: en primer lugar una legislación pertinente y en segundo lugar un acompañamiento de la sociedad, ha provocado que los trabajadorxs sexuales sean perseguidos, violentados, detenidos por las fuerzas del Estado, entre otras cosas. Efectuando con ello una violación a sus derechos básicos como seres humanos y también a su libertad sobre sus propios cuerpos.
I. Consideraciones preliminares
El sentido de realizar este trabajo es, como se anticipó anteriormente, dar cuenta de esta situación de la cual no toda la sociedad es consciente y donde detrás de ella hay muchas personas que bregan por que se reconozcan sus derechos (cabe aclarar que el análisis hará hincapié en los reclamos que se dan en nuestro país). Teniendo en cuenta las características de nuestro Estado, se puede ver como todavía, a pesar de la época histórica en la que vivimos, se encuentra muy ligado a las decisiones y mandatos de la Iglesia. Esto provoca que muchos avances en los que se quiere tomar partido por los cuales se les reclama al Estado: como una ley para el trabajo sexual, derecho al aborto, entre otras (lo cual es lógico por las problemáticas que se generan); sean ignoradas o silenciadas por el “escándalo” que ello conlleva.
Amartya Sen propone en su teoría el enfoque de las capacidades, este se basa en la capacidad que tiene cada persona para hacer cosas que tenga razón para valorar (1993:261). Esto involucra la ventaja general que tiene cada individuo para poder desarrollarse. Con esta apreciación presentaré una de las problemáticas centrales (pero no aun así la que se dé en la mayoría), que confina a las personas al trabajo sexual, es la falta de educación y capacitación para poder conseguir empleo. Pero esta no es el único impedimento, la elección de género como puede ser el trans, hace que se juzgue la imagen estética de la persona y por más capacitación y conocimientos que posea, no se lxs incorpora a ningún empleo. En estos casos es que las personas, en especial transgénero y transexual, se encuentran obligadxs a ejercer el trabajo sexual como único medio para cubrir sus necesidades básicas y como única vía laboral. Es aquí donde surge la pregunta ¿Por qué se margina a estas personas a ejercer este tipo de trabajo sólo por la discriminación y prejuicios que se encuentran inscriptos en nuestra sociedad?
Esto se debe a la desigualdad y falta de consideración que han sufrido las mujeres en forma histórica en diversos ámbitos, por lo tanto siempre fue relegada a la función de madre principalmente reproductora y cuidadora, por lo cual el sentir placer a través de las relaciones sexuales no era bien visto. Ese estigma sigue perviviendo y a raíz de él es que se le niega el derecho a las trabajadoras y en general a los trabajadorxs de reclamar sus derechos entorno a esta actividad.
En nuestro país se encuentran dos posturas totalmente opuestas de concebir el trabajo sexual, una de ellas es el Abolicionismo, el cual está en contra de la prostitución y defiende los derechos humanos abogando que allí son denigrados por las cosas que se realizan; y el Reglamentarismo, es la postura que se defiende en este análisis, la cual consiste en poder crear legislaciones que defiendan los derechos de lxs trabajadorxs sexuales para que sea visto como un empleo.
II. La necesidad de una ley
Desde RedTraSex (Red de Mujeres Trabajadoras Sexuales de Latinoamérica y el Caribe), se ha promovido un proyecto de legislación, donde son consideradas las exigencias de los propixs trabajadorxs sexuales, donde justamente dicho proyecto se denomina “Una ley con nuestra voz”. Los puntos más importantes de esta petición giran alrededor de: “Necesitamos una ley que nos reconozca como trabajadoras para que podamos acceder a créditos para viviendas, a una jubilación digna y a una salud de buena calidad sin restricciones” (2015:1). Como puede verse en el propio escrito de esta asociación, sus pedidos son en base a derechos que cualquier trabajador podría poseer, es por ello que la aprobación de dicha ley les otorgaría estos beneficios y reglamentaría la actividad. Legislando sobre este trabajo se puede así disminuir la violación de los derechos de estas personas, ya que por más de ser una actividad que no se encuentra penalizada, las fuerzas del Estado amenazan a lxs trabajadorxs y a los clientes cobrándoles sobornos. Esto es totalmente ilegal, pero al ser la misma fuerza estatal la que comete estos ilícitos, ambas partes afectadas no pueden realizar la denuncia correspondiente, en lugar ello, muchxs trabajadorxs son trasladadxs a comisarias o seccionales y allí reciben amenazas, violencia física y hasta vejaciones múltiples.
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