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Cumplir con los requerimientos, citaciones y demás diligencias que formule u ordene el Colegio profesional nacional respectivo, o Colegio provincial.


Enviado por   •  16 de Julio de 2016  •  Apuntes  •  2.280 Palabras (10 Páginas)  •  420 Visitas

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PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR[pic 1]

SEDE IBARRA

PARALELO:”I”

FECHA: 28-06-2016.

NOMBRE: Fernanda Andrade

EJEMPLO DE CODIGO DEONTOLOGICO

  1. DEBERES DE LOS PROFESIONALES.

  1. Cumplir con los requerimientos, citaciones y demás diligencias que formule u ordene el Colegio profesional nacional respectivo, o Colegio provincial.

Los abogados deben cumplir con todo lo requerido con respecto a las normas en general y cualquier tipo de requerimiento que formule u orden su respectivo colegio provincial

  1. Custodiar y cuidar los bienes, valores, documentación e información que, por razón del ejercicio de su profesión se le hayan encomendado, o a los cuales tenga acceso; impidiendo o evitando su sustracción, destrucción, ocultamiento o utilización indebidos, de conformidad con los fines a que hayan sido destinados.

Los abogados que se encuentre trabajando en una entidad pública o privada deben cuidar y tener responsabilidad con todos los documentos o materiales que se le hayan encargado para el ejercicio de su profesión.

  1. Permitir el acceso inmediato a los representantes del Colegio profesional nacional respectivo y autoridades de policía, a los lugares donde deben adelantar sus investigaciones y el examen de los libros, documentos y diligencias correspondientes, así como prestarles la necesaria colaboración en el desempeño de sus funciones.

Los abogados que sean representantes del colegio de abogados no deben obstruir el acceso a la justicia ya que en principio ellos son los responsables de hacer y llegar a la justicia y sería una gran equivocación que ellos mismos sean los que obstaculizan el acceso a información a las autoridades de policía.

  1. Denunciar los delitos, contravenciones y faltas contra este Código de Etica, que tuviere conocimiento con ocasión del ejercicio de su profesión, aportando con toda la información y pruebas que tuviere en su poder.

Cuando un abogado vea que un colega está infringiendo normas y tuviera prueba de ellos deberá dar a conocer a las autoridades pertinentes y denunciar de los actos ilegales cometidos por la otra persona

  1. Los demás deberes incluidos en el presente código y los indicados en todas las normas legales y técnicas, relacionadas con el ejercicio de su profesión.

Los abogados deberán acatar las demás normas y deberes que les encomiende el respectivo código de ética en su profesión.

  1. DEBERES DE LOS PROFESIONALES PARA CON LA DIGNIDAD DE SU PROFESION.
  1. Velar por el buen prestigio de la profesión.

Todos los abogados deben velar por que su profesión sea bien vista ya que en muchos casos los errores de un profesional recaen sobre los demás.

  1. Respetar y hacer respetar todas las disposiciones legales y reglamentarias que incidan en los actos de la profesión, así como denunciar todas sus transgresiones.

Los abogados deben respetar y hacer que se respete las normas y reglamentos en su profesión y dar a conocer a las autoridades pertinentes los actos que vayan en contra de dichas normas.

  1. Los medios de propaganda deben ajustarse a las reglas de prudencia y decoro profesional, no utilizando medio de publicidad con avisos exagerados, que den lugar a equívocos sobre su profesión e idoneidad profesional.

Cuando los abogados den a conocer sus servicios a través de propaganda deben procurar que estás no sean exageradas y con una competencia desleal tratando de perjudicar a los demás profesionales.

  1. DEBERES DE LOS PROFESIONALES PARA CON SUS COLEGAS, DEMAS PROFESIONALES, CLIENTES Y PUBLICO EN GENERAL.

  1. Utilizar bajo autorización de sus legítimos autores y para su aplicación en trabajos profesionales propios, los estudios, cálculos, planos, diseños, software y otros documentos en el ejercicio de su profesión.

Toda la información, como códigos, leyes, jurisprudencia, estudios etc.; Que el abogado vaya a utilizar para el ejercicio de su profesión deben ser debidamente citados, para evitar caer en el plagio.

  1. Mantener el secreto y reserva, respecto de toda circunstancia relacionada con el cliente y con los trabajos que para el se realizan, salvo obligación legal de revelarlo, o por requerimiento del Colegio profesional respectivo.

El abogado deberá siempre hacer ejercicio del silencio profesional, hacer la verdad de su cliente su propia verdad y reservar siempre todo lo que su cliente le haya compartido excepto en los casos en donde esta información la pida alguna autoridad policial.

  1. Manejar con honestidad y pulcritud los fondos que el cliente le confiare, con destino a desembolsos exigidos por los trabajos a su cargo, y rendir cuentas claras y precisas; todo esto de manera independiente y sin perjuicio de lo establecido en las leyes vigentes.

Los abogados deben realizar su trabajo con honestidad y destinar el dinero en beneficio del cliente no gastarlo en cosas que no sirvan y emplearlo de buen modo y pedirle dinero acorde al trabajo realizado no en exceso.

  1. Dedicar toda su actitud y atender con la mayor diligencia y probidad, los asuntos encargados por su cliente.

Un abogado debe realizar con la mayor diligencia y responsabilidad los asuntos de su cliente para que este no se sienta afectado y se sienta satisfecho con el servicio que se le dio.

  1. Los profesionales que dirijan el cumplimiento de contratos entre los clientes y terceras personas, son ante todo asesores y guardianes de los intereses de sus clientes y en ningún caso, les es lícito actuar en perjuicio de aquellos terceros.

El abogado siempre en el cumplimiento de un contrato debe procurar que todo salga a favor de su cliente pero no por eso va a perjudicar y peor aún venderse a la otra parte con algún tipo de actitud inmoral.

  1. PROHIBICIONES A LOS PROFESIONALES.

  1. Nombrar, elegir, dar posesión o tener a su servicio, para el desempeño de un cargo privado o público que requiera ser desempeñado por profesionales del área o alguna de sus profesiones afines o auxiliares, en forma permanente o transitoria, a personas que ejerzan ilegalmente la profesión.

Como ejemplo a esto podemos poner el trafico profesional que para tener un puesto se ayudan de dinero o de influencias y dan puestos de trabajo a personas que no son capaces o que ejercen su profesión de manera ilegal lo que en el lenguaje coloquial sería un tinterillo.

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