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DEFENSA INTEGRAL DE LA NACION


Enviado por   •  17 de Abril de 2013  •  2.362 Palabras (10 Páginas)  •  504 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA (U.N.E.F.A)

UPATA, EDO-BOLIVAR

A.D.D 06-01

Consejo comunal

PROFESOR: ESTUDIANTES:

CLAUDIMAR NAIRELYS REINA

JOHANNA VIAMONTE

REINIERO LANZ

LEOMAR RODRIGUEZ

UPATA, OCTUBRE DEL 2012

INDICE

Pag:

Introducción………………………………………………………………………….….03

Un consejo comunal…………………………………………………………………....04

Principios de los consejos comunales………………………………………………..04

Deberes de los consejos comunales…………………………………………………05

Ciclo Comunal de los Consejos Comunales…………………………………………05

Estructura de los Consejos Comunales………………………………………......….06

Instrumentos Comunitarios de los Consejos Comunales……………………….….08

Funciones de la Unidad de Contraloría Social (Articulo 34 LOCC) se encuentra……………………………………………………………………….………...09

Unidad Administrativa Financiera Comunitaria…………………………………..…..10

Conclusión……………………………………………………………………………......11

Bibliografía………………………………………………………………………………..12

Introducción

Un consejo comunal

es una forma de organización de la comunidad, desarrollada en el ordenamiento jurídico venezolano en el marco de la revolución bolivariana, donde el mismo pueblo es quien formula, ejecuta, controla y evalúa las políticas públicas, asumiendo así, el ejercicio real del poder popular, es decir, poniendo en práctica las decisiones adoptadas por la comunidad.

Unidad Ejecutiva

Enunciativamente los comités pueden ser:

a.- Salud; b.- Tierra Urbana; c.- Vivienda y hábitat; d.- Economía comunal; e.- Seguridad y Defensa Integral; f.- Medios alternativos comunitarios; g.- Recreación y deportes; h.- Alimentación y defensa del consumidor; i.- Mesa técnica de agua; j.- Protección social de niños y adolescentes; k.- Personas con discapacidad; l.- Educación, cultura y formación ciudadana; m.- Familia e igualdad de género.

Para el caso de pueblos y comunidades indígenas, además de los anteriores, podrían constituirse: a.- Comité de ambiente y demarcación de tierras; b.- Comité de medicina tradicional indígena; c.- Comité de educación propia, educación intercultural bilingüe e idiomas indígenas.

Principios de los consejos comunales

La organización, funcionamiento y acción de los consejos comunales se rige

Conforme a los principios de corresponsabilidad, cooperación, solidaridad, transparencia, rendición de cuentas, honestidad, eficacia, eficiencia, responsabilidad social, control social, equidad, justicia e igualdad social y de género.

Deberes de los consejos comunales

Son deberes de los ciudadanos y ciudadanas integrantes de los consejos

Comunales: la corresponsabilidad social, la rendición de cuentas, el manejo transparente,

Oportuno y eficaz de los recursos que dispongan, bien sea por asignación del Estado o

Cualquier otra vía de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.

Ciclo Comunal de los Consejos Comunales

Según la Ley Orgánica de Planificación Pública y Poder Popular los consejos comunales son instancias de planificación y sus actuaciones estarán enmarcadas en el Plan de Desarrollo Integral Comunitario y el CICLO COMUNAL.

El Ciclo Comunal esta conformado en cinco fases y es el proceso para hacer efectiva la participación popular y la planificación participativa que responde a las necesidades comunitarias y contribuye al desarrollo de las potencialidades y capacidades de la comunidad.

1. Diagnóstico: esta fase caracteriza integralmente a las comunidades, se identifican las necesidades, las aspiraciones, los recursos, las potencialidades y las relaciones sociales propias de la localidad.

2. Plan: es la fase que determina las acciones, programas y proyectos que, atendiendo al diagnóstico, tiene como finalidad el desarrollo del bienestar integral de la comunidad.

3. Presupuesto: esta fase comprende la determinación de los fondos, costos y recursos financieros y no financieros con los que cuenta y requiere la comunidad, destinados a la ejecución de las políticas, programas y proyectos establecidos en el Plan Comunitario de Desarrollo Integral.

4. Ejecución: esta fase garantiza la concreción de las políticas, programas y proyectos en espacio y tiempo establecidos en el Plan Comunitario de Desarrollo Integral, garantizando la participación activa, consciente y solidaria de la comunidad.

5. Contraloría social: esta fase es la acción permanente de prevención, vigilancia, supervisión, seguimiento, control y evaluación de las fases del ciclo comunal para la concreción del Plan Comunitario de Desarrollo Integral y, en general, sobre las acciones realizadas por el Consejo Comunal, ejercida articuladamente por los habitantes de la comunidad, la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, las organizaciones comunitarias y la Unidad de Contraloría Social del consejo comunal.

Estructura de los Consejos Comunales

Los Consejos Comunales están estructurado de manera jerárquica por:

Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas: Máxima instancia de participación y decisión de la comunidad organizada, conformada por la integración de personas con cualidad jurídica, según la ley que regule la forma de participación, para el ejercicio directo del poder y protagonismo popular, cuyas decisiones son de carácter vinculante para la comunidad, las distintas formas de

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