DEFINA EN SUS PALABRAS LOS SIGUIENTES PRINCIPIOS ORIENTADORES
Enviado por Julian Torres • 21 de Febrero de 2019 • Trabajo • 646 Palabras (3 Páginas) • 171 Visitas
1. DEFINA EN SUS PALABRAS LOS SIGUIENTES PRINCIPIOS ORIENTADORES.
Función social y ecológica de la propiedad: Se debe respetar la función social y ecológica, según lo dispuesto en la normatividad urbanística vigente, tales como contaminación auditiva, manejo de basuras, protección de zonas verdes y cuidado del agua entre otros.
Convivencia pacífica y solidaridad social: Los reglamentos de la Propiedad Horizontal se deben hacer con el fin de propender una relación pacifica, solidaria y de cooperación entre los copropietarios.
Respeto de la dignidad humana: Se debe velar porque siempre exista el respeto hacia la administración y hacia los copropietarios y por el cumplimiento de los deberes
Libre iniciativa empresarial: Se debe respetar el desarrollo de la libre iniciativa privada atendiendo la disposición urbanística vigente y los reglamentos de la Propiedad horizontal,
Derecho al debido proceso: Es obligación de la asamblea y del consejo de administración informar en forma privada al infractor (copropietario) del incumplimiento a la norma establecida para que este pueda dar una explicación de lo sucedido.
2. MENCIONE LA CARACTERISTICA PRINCIPAL DE LOS SIGUIENTES TERMINOS.
Edificio: Construcción de uno o más pisos levantados sobre un terreno o lote, cuya estructura comprende un numero plural de unidades independiente aptas para ser usadas de acuerdo a su destino natural o convencional.
Conjunto: Desarrollo inmobiliario conformado por varios edificios levantados sobre uno o varios lotes de terreno, que comparten áreas y servicios de uso y utilidad general, como vías internas, estacionamientos, zonas verdes, porterías entre otros.
Edificio o conjunto de uso residencial: Inmuebles cuyos bienes de dominio particular se encuentran destinados a la vivienda de personas.
Edificio o conjunto de uso comercial: Inmuebles cuyos bienes de dominio particular se encuentran destinados al desarrollo de actividades mercantiles.
Edificio o conjunto de uso mixto: inmuebles cuyo bien de dominio particular tienen diversas destinaciones tales como vivienda, comercio, industria u oficinas entre otros.
Bienes privados o de dominio particular: Inmuebles debidamente determinados funcionalmente independientes de propiedad y aprovechamiento exclusivo integrantes de un edificio o conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal, con salida a la vía pública.
Bienes comunes: Partes del edificio o conjunto sometidos al régimen de Propiedad horizontal pertenecientes en proindiviso a todos los propietarios de bienes privados.
Bienes comunes esenciales: Bienes indispensables para la existencia, estabilidad, conservación y seguridad del edificio o conjunto, así como los imprescindibles para el uso y disfrute de los bienes de dominio particular, tales como los cimientos, la estructura, las instalaciones de servicios públicos, fachadas y techos.
Expensas comunes necesarias: Erogaciones necesarias causadas por la administración y la prestación de servicios comunes esenciales requeridos para la existencia, seguridad y conservación de los bienes comunes del edificio o conjunto, tales como reparación, reposición, reconstrucción y vigilancia.
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