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DENUNCIA DEL DELITO DE FRAUDE


Enviado por   •  3 de Agosto de 2017  •  Práctica o problema  •  16.612 Palabras (67 Páginas)  •  706 Visitas

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DENUNCIA DEL DELITO DE FRAUDE

C. AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO

P R E S E N T E

TOMAS REYES MUÑOZ, por derecho propio, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Calle Morelos número 218, Barrio de San Nicolás, San Mateo Atenco y desde este momento autorizo a los licenciados MIGUEL ANGEL DE LA O ZARAGOZA, DANIEL SILVINO HERNANDEZ CASTAÑEDA,  SANDRA RUIZ TORRES, para oír, recibir y exhibir todo tipo de documentos y valores, aun los de carácter superior, ante usted respetuosamente comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito, y con fundamento en el artículo _______________ del Código Penal Vigente en el Estado de México, vengo a formular Denuncia o Querella por la posible comisión del DELITO DE FRAUDE cometido en mi agravio por los señores VALDEMAR PARTIDO “N” dueño de la empresa ““YUCRIBE, S.A DE C.V” y en contra de sus empleados JOSE LUIS OLIVARES CHAVEZ Y ALVARO OLIVARES DURAN aparentemente familiares y compañeros de trabajo de la empresa “YUCRIBE, S.A DE C.V.” ubicada en CALLE TALISMAN EJE 4 NORTE NUMERO 134, EJIDO SAN JUAN DE ARAGON SECCIONTOR33, DELEGACION GUSTAVO A. MADERO CIUDAD DE MEXICO., mismos que tienen su domicilio para ser citados el ubicado en:

DOMICILIO PARTICULAR JOSE LUIS OLIVARES CHAVEZ el ubicado en: AVENIDA 499-CINCO DOS, UNIDAD HABITACIONAL SAN JUAN DE ARAGON 7ª SECCION, DELEGACION GUSTAVO A. MADERO, CIUDAD DE MEXICO.

DOMICILIO PARTICULAR ALVARO OLIVARES DURAN  el ubicado en: CALLE FRAY MARTIN DE VALENCIA MZ 7 LT 18 COLONIA VASCO DE QUIROGA, DELEGACION GUSTAVO A. MADERO, CIUDAD DE MEXICO.

DOMICILIO LABORAL DE LAS TRES PERSONAS ANTES MENCIONADAS: EMPRESA “YUCRIBE, S.A DE C.V.” ubicada en CALLE TALISMAN EJE 4 NORTE NUMERO 134, EJIDO SAN JUAN DE ARAGON SECCIONTOR33, DELEGACION GUSTAVO A. MADERO CIUDAD DE MEXICO.

Basándome en los siguientes:

H E C H O S

I.- Tal es el caso que aproximadamente en el año de mil novecientos noventa y tres (1993) el suscrito TOMAS REYES MUÑOZ  y el señor VALDEMAR PARTIDO “N” dueño de la empresa “YUCRIBE, S.A DE C.V.” comenzaron a realizar actividades comerciales, mismas que consistían en la  compra y venta de tenis y  zapatos, dichas operaciones comerciales se realizaban dentro de la misma empresa  “YUCRIBE, S.A DE C.V.” ubicada en CALLE TALISMAN EJE 4 NORTE NUMERO 134, EJIDO SAN JUAN DE ARAGON SECCIONTOR33, DELEGACION GUSTAVO A. MADERO CIUDAD DE MEXICO; cabe mencionar que en representación del señor VALDEMAR PARTIDO “N” y de la empresa antes mencionada estaba a cargo de JOSE LUIS OLIVARES CHAVEZ, mismo que fungía como su prestanombre.

II.- Así las cosas durante mucho tiempo la relación comercial entre las partes, era de mucha confianza pues el suscrito TOMAS REYES MUÑOZ le compraba grandes cantidades de producto al denunciado VALDEMAR PARTIDO “N”, cabe resaltar que en ocasiones este último le llegaba a fiar el producto, del cual el suscrito hacia abonos de cantidades de hasta $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) por la compra  de tenis y zapatos, de tal forma que algunos pagos se hacían mediante cheques  suscritos a nombre de la empresa “YUCRIBE S. A DE C. V”, y otros pagos se hacían en efectivo de los cuales eran registrados con lápiz en una libreta por parte del denunciado VALDEMAR PARTIDO “N” dueño de la empresa; cabe resaltar que el otro denunciado JOSE LUIS OLIVARES CHAVEZ fungía como prestanombre de su patrón el  C. VALDEMAR PARTIDO “N”.

III.- Posteriormente y al paso del tiempo las ventas del suscrito de los tenis y  zapatos fueron disminuyendo, al grado de quedar endeudado con el C. VALDEMAR PARTIDO “N” dueño de la empresa “YUCRIBE S. A. de C.V.”, dicha deuda ascendía a la cantidad de $542, 792.00 (QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETESCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS 00/100 m.n.) ante tal circunstancia el día (26) veintiséis de julio del año dos mil diez (2010) el suscrito TOMAS REYES MUÑOZ y el representante del C. VALDEMAR PARTIDO, el otro denunciado JOSE LUIS OLIVARES CHAVEZ, ante la presencia del notario celebraron un CONTRATO DE MUTUO CON GARANTIA HIPOTECARIA, habiendo quedado asentado el mencionado acto jurídico en el instrumento público número 13,272 pasado ante la fe del Lic. OSCAR R. NAIME LIBIEN, notario público número 50 de Lerma de Villada, dejando en garantía un terreno ubicado en CALLE GUADALUPE VICTORIA SIN NUMERO, BARRIO DE GUADALUPE, SAN MATEO ATENCO, ESTADO DE MEXICO, inscrito en el Organismo Público, con clave catastral 0410150115000000 del Ayuntamiento de San Mateo Atenco, Estado de México, con las siguientes medidas y colindancias:

AL NORTE: 29.00 METROS CON LINO ESTEBAN GONZALEZ,

AL ORIENTE: 32. 50 METROS CON PONCIANO MANJARREZ CORTES,

AL SUR: 29.00 METROS CON ZANJA MEDITERRANEA y, al

PONIENTE: 32. 50 METROS CON CALLE GUADALUPE VICTORIA.

Con una Superficie aproximada de 942. 50 metros cuadrados.

Ello en razón de que el suscrito adquirió una deuda por la compra y venta calzado con el denunciado JOSE LUIS OLIVARES CHAVEZ, dicha deuda ascendía a la cantidad de $542, 792.00 (QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETESCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS 00/100 m.n.), ante tal circunstancia se le otorgó un plazo de siete meses para que el suscrito liquidara dicha cantidad, y en caso de negativa de pago se adjudicaría la parte proporcional del terreno antes mencionado.

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