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DERECHO 4 B- “PRESUNCIÓN DE INOCENCIA”


Enviado por   •  9 de Abril de 2016  •  Síntesis  •  1.503 Palabras (7 Páginas)  •  304 Visitas

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BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA.[pic 1]

UNIVERSITARIO CRISTÓBAL COLÓN.

DERECHO  4 B

“PRESUNCIÓN DE INOCENCIA”

CATEDRÁTICO: JESÚS CASTELÁN MORFIL

JOSELYN FLORES MORALES

11 Abril 2016

ANÁLISIS

La presunción de inocencia como principio fundamental del Derecho Procesal Penal y siendo un elemento para que se decrete como un juicio justo, es un principio jurídico penal que establece la inocencia de la persona como regla, solamente a través de un proceso o juicio en la que se demuestre la culpabilidad de la persona, será entonces así que el Estado podrá aplicarle una pena o una sanción, se entiende que en la comisión de un delito el imputado goza de que se presuma su inocencia, es decir, que su situación permanezca como inocente hasta que se pueda demostrarle lo contrario, este principio no afirma que el imputado sea en verdad inocente sino que puede ser considerado inocente hasta que la decisión final del proceso demuestre lo contrario.

        Dicho principio tiene dos significados que a su vez son concretos, el primero de ellos es la regla probatoria que impone la carga de la prueba de quien acusa, el segundo como derecho fundamental de toda persona que se encuentra sujeta a juicio; aunque todos los textos legales que existen en México asumen que la definición de presunción de inocencia se trata de que esta se presumirá hasta que se dicte sentencia definitiva y esta sea de acuerdo con la ley. Se constitucionaliza en el Artículo 20, apartado A, que a la letra dice “… V. La carga de la prueba para demostrar la culpabilidad corresponde a la parte acusadora, conforme lo establezca el tipo penal”

Se sobreentiende que tanto la autoridad que acusa o así sean los jueces deben estar siempre en disposición a la evidencia que se presentan durante el juicio, lo cual las pruebas ofrecidas pueden hacer cambiar de opinión a las autoridades que consignan sobre la culpabilidad de la persona que es acusada, con el único fin de que se eviten determinar sentencias injustas y se proteja la equidad y se respete el principio constitucional durante el procedimiento.

En el desarrollo de la jurisprudencia  de los tribunales internacionales de derechos humanos muestra que la presunción de inocencia es aplicable aun después de que se haya determinado la sentencia ya sea que fuere absolutoria o condenatoria en caso de que fuere absolutoria las autoridades deben evitar cualquier declaración que asuma la culpabilidad de la persona absuelta, si no se encuentra culpable a la persona que será sancionada, debido a que sería sancionada la presunción de inocencia a la que la persona tiene derecho; en caso de ser condenatoria se encuentra la pena a imponer, y la libertad condicional el incumplimiento de estas obligaciones de libertad puede significar la revocación de la revocación de la sentencia.

Los tribunales ordinarios son exclusivos para la valoración de pruebas, pueden analizar la actividad probatoria de un proceso en la determinación de violaciones en la presunción de inocencia. Para la protección de los derechos fundamentales con esa finalidad son los tribunales constitucionales o internacionales.

La interpretación de la presunción de inocencia como derecho fundamental se asocia directamente con  los derechos de defensa que a su vez impone el respeto así como protección a ese derecho por parte de los funcionarios que actúan durante el procedimiento.

Como principio constitucional impone la obligación de desahogar la carga de la prueba al acusador, es un derecho fundamental que la Constitución  Política de los Estados Unidos Mexicanos que reconoce y garantiza en general como son, la dignidad humana, la libertad, la honra y el buen nombre que pueden ser vulnerados, si bien la constitución en su artículo primero en el cuál reitera la protección de los derechos a los mexicanos, esclarece que en caso de que haya alguna falta o se violente alguna garantía establecidas del artículo  1° al 29° serán subsanadas de acuerdo a como lo establece la ley primera.

Artículo 1°: “En los estados unidos mexicanos todas las personas gozaran de los derechos humanos reconocidos en esta constitución y en los tratados internacionales de los que el estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta constitución establece.”

Establece también en los casos en que un imputado este a disposición de las autoridades, es decir, este sometido a juicio, ésta otra parte del artículo primero lo específica.

“…Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.”

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 11° “Toda persona acusada de delito tiene derecho a  que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito”.

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