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DERECHO PENAL DEL ENEMIGO


Enviado por   •  23 de Noviembre de 2013  •  4.678 Palabras (19 Páginas)  •  305 Visitas

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5. El viejo autoritarismo del siglo xx

La globalización está precedida por una revolución tecnológica que es ante todo una revolución comunicacional, que permite que cunda por el planeta un discurso único de características autoritarias antiliberales, que estimula un ejercicio del poder punitivo más represivo y discriminatorio pero de orden mundial. Es un fenómeno mediático y en especial publicitario.

Los anteriores autoritarismos en la Europa de entreguerras (1918-1939) asumieron variantes discursivas penales de carácter biologista: se tiñó de marxismo en Rusia, de idealismo en Italia y de racismo genocida en Alemania.

Regímenes que se nutrían de la ideología proveniente del siglo XIX, de la peligrosidad, cónyuge legítima del racismo, legitimando crímenes en la medida en que cada autócrata quiso llevar adelante sus propósitos genocidas, más allá de las leyes formales y de las racionalizaciones de sus escribas jurídicos y criminológicos.

Los peligrosos o enemigos fueron parásitos para los soviéticos, subhumanos para los nazistas y enemigos del estado para los fascistas, todos sometidos a un sistema penal paralelo compuesto por tribunales especiales inquisitoriales/policiales.

En lo penal, la base ideológica común, lo constituía el peligrosismo medico/policial (racismo) proveniente del siglo XIX.

Estos autoritarismos ejercieron su poder represivo en forma genocida, creando los sistemas penales subterráneos, individuales y masivas, sin ningún sustento legal.

Hostis judicatus o disidentes.

Las leyes penales de estos autoritarismos mostraban solo la cara visible del sistema penal formal y algo del sistema penal paralelo, mientras en la trastienda funcionaba el mas terrible, el subterráneo, sin ley y sin límites.

Las leyes autoritarias tenían dos destinatarios: los autócratas, a quienes sus escribas debían agradar para no caer en desgracia y el publico, ante el cual debían servir de propaganda. Secundariamente tendían a burocratizar la supresión de enemigos, que eran los extraños u hostis. En la práctica, eliminaban con la muerte a los criminales graves y con ésta y el exilio a los disidentes, y encerraban por tiempo indeterminado a los molestos.

La característica de las leyes que regían el sistema penal mostrable, o sea, el oficial o público, era su frontalidad.

Principio rector es que la figura humana o el lenguaje o cualquier manifestación, están dirigidos a un observador, al que deben agradar, en actitud respetuosa y servil.

La frontalidad es característica de toda manifestación de un régimen autocrático.

La técnica völkisch (o populachera) consiste en alimentar y reforzar los peores prejuicios para estimular públicamente la identificación del enemigo de turno. Esta asociada con el concepto decisionista de lo político basado en la distinción de amigo/enemigo.

Se trataba de justificar un régimen político que ejercía un poder represivo ilimitado, habilitado por leyes aberrantes, sin ninguna habilitación legal, pero que acudia al recurso que siempre se ha usado para legitimar el poder punitivo ilimitado en cualquier emergencia: la alucinación de una guerra.

Toda identificación del enemigo se basa en un mito, la frontalidad de los autoritarismos de entreguerras lo hizo de modo perverso.

Los mitos más groseros se imponen porque existe siempre una relación inversa entre el grado de irracionalidad y brutalidad del poder represivo y el nivel de elaboración del discurso que trata de legitimarlo, y también porque se adecuan mejor a las demandas publicitarias.

6. EL NUEVO AUTORITARISMO COOL DEL SIGLO XXI

Caracterizado el autoritarismo de entreguerras y su ejercicio del poder punitivo, podemos mostrar sus diferencias con el autoritarismo del actual ejercicio de este poder y su discurso planetario único.

Pasada la segunda Guerra mundial y la llamada Guerra Fría, el capital cambió su naturaleza con la globalización. Sus predominantes intereses especulativos están garantizados por un complejo sistema de organismos internacionales, pero son sostenidos principalmente por la administración republicana de los Estados Unidos.

El sistema penal norteamericano fue interesante en cuanto a penas no privativas de la libertad, la odiosa presencia de la pena de muerte parecía llegar a su fin cuando en 1972 la Corte Suprema declaró su inconstitucionalidad con el magnifico voto del juez decano que la fundaba en la selectividad.

A fines de la década de los setenta, el índice de prisionización comenzó a subir en forma exponencial y el sistema penal se sobredimensionó. La altísima selectividad del control represivo en los Estados Unidos es negada por los jueces. Se restableció la pena de muerte.

Ha cundido legislación penal que impone pena perpetua a quienes hayan cometido tres o mas delitos, es decir que restableció la relegación definitiva de los indeseables o enemigos, violatoria del principio de proporcionalidad.

Se ha impulsado una legislación inquisitoria, con elementos provenientes de la edad media (espias, delatores, procedimientos secretos, posiciones de garantes absurdas, etc) aplicable a un nebuloso conjunto de infracciones designadas genéricamente como crimen organizado, que motivo un numero increíble de instrumentos internacionales. Se trata de un pseudoconcepto inventado por el periodismo y los políticos de la primera mitad del siglo pasado.

La idea menos difusa de crimen organizado equivale a criminalidad de mercado, lo que basta para mostrar la enormidad del universo abarcado.

Tanto el crimen organizado como la corrupción son funcionales para habilitar el poder punitivo y la intromisión del estado en cualquier actividad económica desagradable al equipo de turno o que sea útil para eliminar o difamar a competidores, sin los limites ni las garantías constitucionales para tales inversiones.

Los Estados Unidos no rinden cuentas ante tribunales internacionales, pues no ratificaron los tratados que puedan comprometerlos. Es el campeón del unilateralismo, y su política aislacionista en materia de compromisos internacionales e intervencionista como policía planetaria es semejante a la de los totalitarismos que provocaron el colapso de la Liga de las Naciones en momentos previos a la Segunda Guerra Mundial. En el sistema penal, el país que difundió las garantías procesales practica hoy el inquisitorio mas descarnado.

El nuevo papel de potencia requirió un reforzamiento de su verticalismo interno. El discurso penal republicano desde 1980 es simplista. Los políticos prometen mas penas para proveer mas seguridad; se afirma que los delincuentes no merecen garantías; se alucina una guerra a la criminalidad que, por supuesto, también es sucia, porque

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