DERECHO PENITENCIARIO
Enviado por fitta7099 • 16 de Enero de 2014 • 7.203 Palabras (29 Páginas) • 269 Visitas
LOS DERECHOS HUMANOS
EN LA PRISIÓN
Alicia Azzolini Bíncaz
Luis de la Barreda Solórzano
Angélica Ortiz Dorantes
Julieta Ovalle Piedra
Julia Sabido Ruisánchez
Antonio Sánchez Galindo
ISBN: 968-7456-18-3
Primera edición: Enero de 1997
Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.
Avenida Chapultepec núm. 49, Centro Histórico,
C.P. 06040, México, D.F.
Cuidado editorial: Odette Alonso, Ildefonso García
y Esteban Torres.
Diseño de portada: Alejandro Magallanes.
Elaboración de originales mecánicos: Dirección General de
Comunicación Social
Hecho en México Printed in Mexico
PRESENTACIÓN
Tradicionalmente nuestro país se ha preocupado por establecer los ordenamientos
legales para el correcto funcionamiento de los centros penitenciarios tanto locales
como federales. Al respecto, el antecedente fundamental se encuentra en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promulgada en 1917, a la
que se subordinan el resto de las leyes y reglamentos en la materia. De igual
forma, México ha suscrito diversos documentos internacionales —promulgados
por la ONU y la OEA— y ha hecho las adecuaciones necesarias, por lo que se
puede afirmar que la legislación penitenciaria en nuestro país es respetuosa de los
derechos humanos. Sin embargo, no se puede decir lo mismo de la práctica en los
centros de readaptación social la cual, por diversos factores, como la falta de
presupuesto o de instalaciones adecuadas, está lejos del ideal soñado por el
Constituyente.
La primera parte de este folleto incluye una somera, investigación de los
ordenamientos penitenciarios nacionales e internacionales vigentes en nuestro
país, lo que da paso a una segunda parte, en la que se hace un análisis del
sistema penal en México a partir de las reglas mínimas de las Naciones Unidas
para el tratamiento de los reclusos. Es en esta sección en donde el lector podrá
valorar la distancia que existe entre la teoría y la práctica de las normas que rigen
la operación y convivencia dentro de los penales.
I. MARCO LEGAL
1. LEGISLACIÓN PENITENCIARIA
INTERNACIONAL
a) Documentos promulgados por la ONU
Nuestro país siempre ha participado activamente en la Organización de las
Naciones Unidas y ha suscrito todos los documentos que la Asamblea General ha
promulgado en materia penitenciaria. Lo mismo ha sucedido con los documentos
emanados de las reuniones quinquenales acerca de la prevención del delito y el
tratamiento del delincuente que se han celebrado desde 1955. Además, ha
incorporado dentro de su legislación, federal y local, las Reglas Mínimas para el
Tratamiento de Reclusos.
b) Documentos promulgados por la OEA
En el marco continental, México ha suscrito y ratificado la Convención Americana
sobre Derechos Humanos de 1969, también denominada Pacto de San José, que
incorpora, en líneas generales, la Declaración Universal de los Derechos Humanos
y los pactos Internacional de Derechos Civiles y Políticos e Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Por mandato constitucional, todos los tratados internacionales suscritos por
el Presidente de la República y ratificados por el Senado tienen el carácter de ley
federal.
c) Adecuación de la legislación penitenciaria nacional a la internacional
México ha realizado múltiples esfuerzos, tanto a nivel federal como estatal, para
tener una legislación respetuosa de los derechos humanos y congruente con los
documentos de las Naciones Unidas para el tratamiento de las personas privadas
de su libertad. En general, puede afirmarse que la legislación ejecutiva penal está
acorde con las normas internacionales vigentes.
2. LEGISLACIÓN PENITENCIARIA MEXICANA
México tiene una larga tradición penal sustantiva y adjetiva que parte del siglo
pasado. En el ámbito ejecutivo penal, la legislación más relevante son las Normas
Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, que fueron dictadas en
1971. Los diversos ordenamientos que abordan el tema son:
a) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Expedida por el Constituyente de 1917. En el catálogo de garantías destacan las
relacionadas con el sistema penal y penitenciario, contenidas en los artículos 13 a
23. En ellos se sientan las bases para la obtención de la libertad caucional.
b) Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Los artículos relacionados con el tema son el 27, fracción XXVI, y el 28, fracción
XI.
c) Código Penal para el Distrito Federal en materia de Fuero Común y para
toda la República en Materia de Fuero Federal
Este ordenamiento ha sido objeto —desde su promulgación, el 12 de agosto de
1931— de múltiples reformas que lo han ajustado y actualizado a las doctrinas
nacional e internacional. En él se regulan la sustitución de sanciones, así como los
requisitos para la condena condicional y para la obtención de la libertad
preparatoria.
d) Código Federal de Procedimientos Penales
Este código, vigente desde el 30 de agosto de 1934, ha tenido reiteradas
modificaciones, que han reducido su carácter inquisitorio original, con lo cual se ha
intentado adecuarlo al sistema acusatorio que está previsto en la Constitución.
e) Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal
Este ordenamiento legal está vigente desde el 29 de agosto de 1931; sin embargo,
ha tenido modificaciones similares a las del código federal.
f) Ley de Normas Mínimas sobre la Readaptación Social de Sentenciados
Esta ley acoge, íntegramente, las Reglas Mínimas de Naciones Unidas para el
Tratamiento de Reclusos. Tiene vigencia a partir del 19 de mayo de 1971.
g) Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal y
para toda la República en Materia Federal
El texto de esta ley se basa, esencialmente, en las Reglas Mínimas de Naciones
Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijin), las
Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil
(Directrices de Riad), las Reglas de Naciones Unidas para la Protección de los
Menores Privados de Libertad,
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