DERECHOS DE LAS MUJERES Diferencias en los puestos liderazgo entre géneros
Enviado por davidtinajero191 • 27 de Marzo de 2019 • Tarea • 644 Palabras (3 Páginas) • 163 Visitas
Universidad Regiomontana
Ética y Valores
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Valeria Tinajero
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DERECHOS DE LAS MUJERES
Diferencias en los puestos liderazgo entre géneros
Los Derechos Humanos son garantías que todo ser humano, sin importar raza, edad, sexo, posición económica, o religión, tiene por el simple hecho de haber nacido. Sin embargo a pesar de ello debemos reconocer que la violación a los derechos de las mujeres aún se da, ya que muchas personas, sobre todo hombres no reconocen y mucho menos respetan nuestros derechos.
En nuestro país los abusos en contra de la mujer van en aumento, uno de ellos es que menos del 10% de los puestos en los consejos administrativos estén ocupados por mujeres quienes además ganan menos que los hombres.
Según el documento Estudios Económicos de la OCDE(Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos) las mexicanas aun ganan 16.7% menos en promedio que los hombres.
En varios países se han impuesto cuotas de género para disminuir la diferencia entre hombres y mujeres en los consejos administrativos de las empresas como en Noruega, Bélgica, Francia, Quebec, que en su mayor parte oscilan entre 30% y 50%, en el caso de México, esas cuotas podrían fijarse en forma voluntaria en primer lugar y aplicarse en el sector público.
Sin embargo, las tasas de desempleo en México son superiores a los promedios de la OCDE, 10% mujeres, 18% hombres. Es mas probable que los hombres con trabajo autónomo sean a su vez empleadores y estén registrados formalmente en el sistema tributario y en la seguridad social.
A lo largo de la historia, las mujeres han sido reiteradamente invisibilidadas, a pesar de ser pieza clave en el desarrollo económico, político, social y cultural de las sociedades.
Desde que se expidió la Constitución Federal de 1917, este precepto había consagrado la libertad de trabajo conforme al precepto en comento; sin embargo, por Decreto Congresional del 27 de diciembre de 1974, publicado en el Diario Oficial de la Federación correspondiente al día 31 del mismo mes y año, el artículo 4° Constitucional, dejó de referirse a dicha libertad, para instituir la igualdad jurídica entre hombre y mujer habiéndose desplazado las normas relativas a la citada libertad, que en un principio lo establecía el numeral antes citado.
Antes de la reforma existían algunas excepciones, sobre todo en materia civil y laboral, producto de la tradición que estimaba a la mujer un ser más débil, más impreparado y por lo tanto, requerido de mayor protección, motivos por los cuales, en ciertos casos, la ley les prohibía llevar a cabo determinados actos por sí misma, libremente.
El estudio recientemente publicado por la consultoría PwC, titulado “Women in Work Index” que clasificó a 27 países de la OCDE, indicó que existen cinco indicadores clave del empoderamiento económico de las mujeres: la igualdad de sueldos con respecto a los hombres; el porcentaje de mujeres que trabajan, en términos generales y en comparación con los hombres, la tasa de desempleo de las mujeres; y el porcentaje de mujeres en puestos de tiempo completo.
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