DERECHOS HUMANOS. ANTECEDENTES HISTORICOS
Enviado por jorgeobregon1 • 2 de Julio de 2021 • Ensayo • 3.512 Palabras (15 Páginas) • 116 Visitas
INTRODUCCION
El tema de los derechos humanos es uno de los temas más relevantes en las Naciones Unidas. La nota introductoria de la Carta de las Naciones Unidas establece que:
“Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas estamos resueltos .... a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas”
Ahora bien las Garantías Individuales, son derechos fundamentales de las que los ciudadanos gozan, de acuerdo a la constitución de cada país, que versan sobre la libertad, seguridad, igualdad y propiedad, pero aunque parezca mentira, es verdad que todavía existen lugares en el mundo donde no se goa de estas, inclusive en nuestro propio país. Para poder entender todo este concepto es importante hacer un repaso a sus antecedentes y como se fueron dando los cambios alrededor del mundo para llegar a tener lo que hoy tenemos establecido en nuestra Constitución.
ANTECEDENTES HISTORICOS
1.- Periodos Iniciales
En las épocas del salvajismo y la barbarie, no se establecen los principios y garantías de los derechos humanos, esto se debe a que estaban basados en las instituciones fundamentales del matriarcado y el patriarcado, imperan los principios elementales de las desigualdades, sustentados entre los derechos materno y paterno, en donde el poder paterno somete y degrada la condición de la mujer, al grado tal que tiene el derecho de privarla de la vida.
En la época de la barbarie se incorporan otros privilegios y mayores desigualdades de distintos rasgos entre las personas. Se instituye la esclavitud del hombre con lo que se menoscaba la condición humana de unos individuos con respecto a otros, y se da paso a instituciones, como en la que el padre de familia tiene bajo poder a la mujer, a los hijos y a cierto número de esclavos con la patria protestad y el derecho de vida y muerte sobre todos ellos.
2.- Los Pueblos del Oriente
Los ordenamientos jurídicos que rigieron a los pueblos del Oriente de la época de la barbarie establecieron un régimen esclavista y de privilegios de las castas y de ciertos estratos sociales, por lo que carecieron del reconocimiento de los derechos humanos.
Siria, Babilonia, Egipto, la India y China, entre otras ciudades-Estado, impera fundamentalmente un sistema teocrático, que fue gobernada por una casta sacerdotal. Donde la voluntad del monarca es suprema, la cual se considera que ha sido conferida de forma divina y cuyo poder se ejerce en nombre de dicha divinidad con lo que impusieron sus propias normas a la sociedad.
En Babilonia existe un régimen jurídico dado por el monarca con que codificó aspectos jurídicos referidos al derecho patrimonial familiar penal y administrativo. Fue un código publicado en el año de 1753 antes de Cristo que estableció el sistema de esclavos y esclavistas por lo tanto no reconoció el derecho a la libertad de los hombres.
En la India se contó con las leyes de Manú escritas entre los años 600 a 300 antes de Cristo las cuales incluyeron normas de carácter religioso que sólo garantizaron el sistema de castas sacerdotales y la supremacía de los brahmanes.
en China se puede encontrar una corriente de pensamiento de carácter doctrinal cómo fue la de Lao Tse y Kong Fu Tsen, que pugnan por la igualdad entre los hombres y los derechos que tiene para oponerse a las arbitrariedades de las autoridades despóticas.
3. Grecia Antigua
La democracia de la sociedad antigua griega considerada en su definición primordial del Gobierno del pueblo o para el pueblo fue practicada únicamente por los hombres libres los cuales reunidos en asamblea ejercen el poder soberano cuyo ámbito de acción incluye todos los asuntos comunes de la polis.
La democracia la democracia de la sociedad antigua griega considerada en su definición primordial del Gobierno del pueblo como para el pueblo fue practicada únicamente por los hombres libres los cuales reunidos en asamblea ejercen el poder soberano cuyo ámbito de acción incluye todos los asuntos comunes de la polis. El poder soberano lo ejercen solamente los varones libres quedan excluidos las mujeres los extranjeros y los esclavos fue una democracia restringida que desconoce los derechos de todos sin que los reconozca y proteja ni los garantice. La esclavitud en la Grecia antigua fue una institución real también fue testimonio de la ausencia del más elemental derecho de las personas su libertad además este estuvo sustentado en el pensamiento filosófico griego que dio una explicación teórica como la de Aristóteles que postuló su existencia para la producción de bienes que requería la polis griega o para cualquier labor que se necesitará en la vida diaria.
4. Roma Antigua
El sistema esclavista, así como la desigualdad entre los estratos sociales de los patricios minoría de familias nobles y los plebeyos que fueron instituciones jurídicas de la civitas romana de la sociedad antigua mostraron la ausencia de los derechos humanos elementales en el régimen de Gobierno romano. La Tribus Plebis constituye una institución que desempeñó la función de que se respetarán los derechos de los plebeyos que obtenían a través de la figura jurídica del intercessio, con la que se suspendía la ejecución de un acto por la entrada en vigor de una ley que afectará a los derechos de los plebeyos.
5. España
En la etapa histórica del Medioevo se destacan las instituciones jurídicas de la Justicia mayor de Aragón y el Fuego Juzgó o Libro de los Jueces.
La Justicia Mayor de Aragón tuteló los derechos de las personas. El Juez de Justicia Mayor de Aragón conoció de 4 recursos que a saber fueron: el recurso de manifestación, el recurso de firma iuris, el recurso de aprehensión y el recurso de merced.
El Fuero Juzgo o Libro de los Jueces fue otro cuerpo normativo que otorgó garantías a las personas en materia de seguridad jurídica por ejemplo la garantía de legalidad y la garantía de existencia de jueces imparciales.
Con la Constitución Política de la Monarquía Española o también llamada comúnmente la Constitución de Cádiz expedida por las Cortes de Cádiz en el año de 1812, pero escribió en sus diversos artículos garantías para la administración e impartición de Justicia a favor de las personas.
6. Inglaterra
En el Medioevo, presenta precedentes en el reconocimiento jurídico de los derechos de las personas lo cual fue producto en su origen de las demandas planteadas al monarca dentro de los ordenamientos normativos expedidos se comprendieron la Carta Magna el acta
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