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DIFERENCIA ENTRE REQUISITORIA E INHIBITORIA


Enviado por   •  18 de Mayo de 2012  •  300 Palabras (2 Páginas)  •  1.772 Visitas

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DIFERENCIAS ENTRE DECLINATORIA E INHIBITORIA

o La inhibitoria se intentara ante el juez o tribunal a quien se considere

competente, pidiéndole dirija oficios a que se estimare incompetente para

que se inhiba y le remita el proceso.

o La declinatoria se propondrá ante el juez o tribunal a quien se considere

incompetente, pidiéndole que se separe del conocimiento de la causa y que

se remita el proceso al tenido por competente.

o Declinatoria es cuando una parte pide al juez que no juzgue el caso por

tener interés directo en la causa o amistad/enemistad con alguna parte o

parentesco.

o La inhibitoria es lo mismo pero quien la pide es el propio juez que entiende

que no puede ser imparcial.

o Declinatoria es la solicitud al juez, supuestamente incompetente, que no

juzgue.

o Inhibitoria, es la solicitud al juez supuestamente competente para que

juzgue tu caso.

DIFERENCIA ENTRE DESPACHO Y ROGATORIA

o El despacho es un sinónimo de exhorto, pero la diferencia es que el

despacho dirige a uno de menor jerarquía, por ejemplo; un juez federal de

amparo ordena una diligencia para que la realice un juez de primera

instancia.

o La requisitoria es la que se hace de un tribunal de mayor jerarquía a uno de

menor jerarquía.

o Despacho, cuando es dirigido por un juez superior a uno inferior, en los

despachos y los exhortos no se requieren la legalización de firmas.

o Requisitoria; un juez pide a otro la ejecución de un mandamiento suyo, se

requiere legalización de firmas.

SEMEJANZA ENTRE DESPACHO Y REQUISITORIA

o La requisitoria ofrece interés procesal.

o Son el requerimiento judicial para que comparezca el acusado de un delito,

o para que por los órganos adecuados se proceda a su búsqueda o

detención.

o Son medios de comunicación procesal.

SEMEJANZAS ENTRE DECLINATORIA E INHIBITORIA

o Los dos son procedimientos que se solicitan ante un juez.

o Ambas se encuentran en el código procesal civil (Articulo 12 y Articulo 13

respectivamente)

o Son medios de competencia expedidos con fundamento legal

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