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Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos (‘DUByDH)


Enviado por   •  3 de Mayo de 2014  •  Trabajo  •  1.548 Palabras (7 Páginas)  •  336 Visitas

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r la ‘Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos’ (‘DUByDH’ en adelante) que fuera adoptada por aclamación en la 33º sesión de la Conferencia General del nombrado organismo, con fecha 19.X.05.

producido dos documentos internacionales anteriores como son la ‘Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos’5 que fuera aprobada en la 29º sesión con fecha 11.XI.97, y luego la ‘Declaración Internacional sobre los Datos Genéticos Humanos’ aprobada en la 32º sesión de fecha 16.X.03;

intitulado ‘Coloquio de Expertos sobre la Declaración Universal de Bioética’ para el día 7.X.04 en la Ciudad Autónoma de Bs.As. Convocaba a dicho Coloquio, la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y

Derechos Humanos de la Nación, la Secretaría de Ciencia, Tecnología e

Innovación Productiva y la Comisión Nacional Argentina de Cooperación con la

UNESCO del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y la Dirección de Organismos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto15.

Del Coloquio se pueden apuntar los siguientes capítulos como aquéllos sobre los cuales, el auditorio puso un especial énfasis: Falta de tratamiento de un efectivo acceso y calidad a la salud y también a los medicamentos. Un derecho a la alimentación y al agua potable. También se advierte en el borrador, un marco demasiado individual a la bioética y que no se ha prestado atención a la transferencia de tecnología como así tampoco se atiende, a la biodiversidad principalmente en lo vinculado con la contaminación química del aire. No se atiende a un reparto equitativo de la tecnología. Tampoco se proyectan adecuadamente los problemas generados en el sur del planeta y particularmente los relacionados con la pobreza.

Los participantes también entendieron conveniente la incorporación del respeto a las comunidades indígenas y a la falta de presencia en el borrador, del mismo Estado. En el ámbito de la investigación en seres humanos, no existe ninguna vinculación con el doble estándar lo cual deviene alarmante en grado máximo. Se advierte también una visión demasiado europeizante respecto a la estructura institucional de los derechos humanos.

Finalmente se discutió con notables argumentos acerca de la conveniencia o no de seguir adelante con el programa colaborativo en miras a la sanción de la Declaración Universal, acorde a que resultaba del borrador, la existencia de notables ausencias de conceptos fundamentales como así también, de visiones del mundo pavorosamente sesgadas.

Estado Argentina era quien estaba dispuesto a comprometerse con el mencionado evento, la invitación apuntaba “El Gobierno Argentino con el apoyo de la UNESCO convoca al Seminario Regional ‘Bioética: un desafío internacional, hacia una Declaración Universal”, la sede del evento de los días 4 y 5 de noviembre de 2004 fue el propio Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

Respecto a los temas que principalmente fueron ejes de las ponencias nacionales resultaron escuchadas, es de lo que intentaremos hacer una síntesis – seguramente defectuosa- de los mismos. A tales efectos habremos de ordenar dos capítulos, el primero, estará referido a cuestiones metodológicas, semánticasy/o semióticas, así:

1) La bioética y los derechos humanos son términos interdefinibles y esa correlación no se advierte en el borrador; 2) Tampoco se advierte una mayor presencia de los derechos sociales; 3) Falta una denominación precisa en muchos términos utilizados en el borrador, por caso el concepto de vida se utiliza en una acepción sólo orgánica cuando corresponde tenerlo en una mirada más completa; 4) El concepto que se brinda sobre consentimiento informado es sumamente básico y parece retrotraer el mismo a estadíos anteriores; 5) Se reconoce en manera ostensible una fuerte dicotomía de una visión bioética para el planeta-norte y para el planeta-sur; 6) Se potencia demasiado en el borrador lo referido a la investigación y desatiende otros aspectos; 7) El borrador entiende la bioética enfáticamente sólo desde una mirada estadounidense y europea sin dejar espacio a otras visiones bioéticas; 8) Se cuestiona la celeridad que se quiere imprimir a la Declaración cuando por el contrario, un mayor detenimiento en el análisis, podría generar mayores coincidencias y clarificaciones en la comunidad de bioeticistas; 9) El borrador tiene un sesgo de una bioética exclusivamente principialista y tal como se conoce, ello no tiene por que ser excluyente en el discurso bioético contemporáneo y mucho más cuando se trata de formular una Declaración Universal; 10) Se hacen referencias a la existencia de comités de ética cuando en rigor, deberían ser de bioética puesto que de ello se trata la Declaración; 11) En los capítulos que se refieren a la difusión e información futura de la Declaración, se advierte un sesgo de notable neocolonialismo, cuando en realidad

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