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Decreto Ley 2663 del 5 de agosto de 1950 "Sobre Código Sustantivo del Trabajo"


Enviado por   •  4 de Septiembre de 2014  •  Resumen  •  501 Palabras (3 Páginas)  •  497 Visitas

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Adoptado por el Decreto Ley 2663 del 5 de agosto de 1950 "Sobre Código

Sustantivo del Trabajo", publicado en el Diario Oficial No 27.407 del 9 de septiembre de 1950, en virtud del Estado de Sitio promulgado por el Decreto

Extraordinario No 3518 de 1949.

NOTA: La expresión "patrono" se entiende reemplazada por el término

"empleador", de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 50 de

1990

ARTICULO 39.

CONTRATO ESCRITO. El contrato de trabajo escrito se extiende en tantos ejemplares

cuantos sean los interesados, destinándose uno para cada uno de ellos; está exento de impuestos de papel sellado y de timbre nacional y debe contener necesariamente, fuera de las cláusulas que las partes acuerden libremente, las siguientes: la identificación y domicilio de las partes; el lugar y la fecha de su celebración; el lugar en donde se haya

contratado el trabajador y en donde haya de prestar el servicio; la naturaleza del trabajo; la cuantía de la remuneración, su forma y periodos de pago; la estimación de su valor, en caso de que haya suministros de habitación y alimentación como parte del salario; y la duración del contrato, su desahucio y terminación.

ARTICULO 41.REGISTRO DE INGRESO DE TRABAJADORES.

1. Los empleadores que mantengan a su servicio cinco (5) o más trabajadores, y que no hubieren celebrado contrato escrito o no hubieren expedido el carnet, deben llevar un registro de ingreso de trabajadores, firmado por las dos partes, donde se consignarán al menos los siguientes puntos:

a). La especificación del trabajo y el sitio en donde ha de realizarse;

b). La cuantía y forma de la remuneración;

c). La duración del contrato.

2. Si durante la vigencia del contrato se modificaren alguna o algunas de las especificaciones antes dichas, estas modificaciones deben hacerse constar en registro separado con referencia a las anteriores. De estos registros debe expedirse copia a los trabajadores cuando lo soliciten. El registro de ingreso puede extenderse y firmarse en forma colectiva cuando se contratan a la vez varios trabajadores.

ARTICULO 42.

CERTIFICACION DEL CONTRATO. Cuando se ocupen menos de cinco (5) trabajadores

y no se haya celebrado contrato escrito, los empleadores, a solicitud de lo trabajadores, bien directamente o por conducto de las autoridades administrativas del Trabajo, deben expedir una certificación del contrato en donde hagan constar, por lo menos: nombre de los contratantes, fecha inicial de la prestación del servicio, naturaleza del contrato y su duración. Si el empleador lo exige, al pie de la certificación se hará constar la declaración de conformidad del trabajador o de sus observaciones

ARTICULO 46.

CONTRATO A TERMINO FIJO. Subrogado por el art. 3, Ley 50 de 1990. El nuevo texto es

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