Defender los intereses sindicales y laborales de los afiliados, así como el de la Organización Sindical
Enviado por elizabeth1905 • 23 de Octubre de 2017 • Ensayo • 1.254 Palabras (6 Páginas) • 257 Visitas
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El Sindicato de Trabajadores de, La Progreseña, al que en adelante nos referiremos por el nombre abreviado de LP, ha sido fundado el 10 de Septiembre del año 2017 en Puerto Progreso, cuya duración será indefinida. La sede del sindicato será en el Puerto de Progreso, Yucatán, con domicilio legal y real en la calle 135 por 44 y 46 de la colonia Federal, número 788.
Los principales fines y objetivos del Sindicato LP serán los siguientes:
-Defender los intereses sindicales y laborales de los afiliados, así como el de la Organización Sindical.
-Trabajar por el mejoramiento social, económico y cultural de los trabajadores y sus familias para contribuir al desarrollo independiente de nuestra sociedad y del país en su conjunto, dentro de un clima de auténtica democracia, independencia y autonomía sindicales.
-Actuar como órgano de consulta y asesoría de los afiliados que lo soliciten.
-Trabajar como una unidad orgánica de todos los trabajadores de nuestra zona.
-Promocionar toda forma de apoyo a los trabajadores.
-Entre otros que sean de provecho para la organización.
Para ser admitido en el Sindicato se requiere cumplir con los siguientes requisitos:
-Presentar solicitud de ingreso, acompañada de la documentación del reglamento respectivo. Dicha solicitud deberá contener el compromiso por parte del solicitante, de cumplir y hacer cumplir el Estatuto y los acuerdos llevados a cabo por la Asamblea.
-Aceptar el cumplimiento obligatorio de pago de la cuota de admisión, así como de cuotas ordinarias y extraordinarias.
Entre las obligaciones y derechos de los afiliados, se encuentran:
OBLIGACIONES
-Concurrir a todas las reuniones a las que sean citados.
--Cumplir con los compromisos adquiridos al momento de unirse al Sindicato de LP.
DERECHOS
-Participar en las deliberaciones que les corresponda, haciendo uso de su derecho de voz y voto.
-Elegir y poder ser elegido en cargos direccionales.
-Solicitar y recibir apoyo sindical.
-Ejercer (de manera constructiva) críticas y autocríticas para el mejoramiento de las causas que se traten.
-Exigir su participación en las reuniones.
En caso de que uno de los afiliados cometa alguno de los comportamientos enlistados a continuación, la persona podrá ser amonestada o hasta expulsada:
-No cumplir con alguna de las obligaciones anteriormente citadas.
-Causar algún daño o afectación negativa a otro afiliado del Sindicato LP.
-Presentarse en estado de ebriedad en su participación en el Sindicato.
-Y las demás que considere la Asamblea que sea causa de corrección o expulsión.
En caso de expulsión se observarán las normas establecidas en la fracción VII del artículo 371 de la Ley Federal del Trabajo.
La Asamblea será la autoridad máxima del Sindicato LP, y estará formada por el cincuenta y uno por ciento de los afiliados registrados. Se reunirá la Asamblea ordinariamente por lo menos una vez al mes. La Asamblea extraordinaria solo será realizada para casos específicos. Para ambas sesiones, se requerirá de por lo menos el voto del cincuenta y un por cierto de los integrantes de la Asamblea.
Para elegir a los integrantes de la Asamblea, se llevará a cabo una votación, ya sea por de votación indirecta y secreta o votación directa y secreta. El periodo para elegir a los nuevos integrantes de la Asamblea se realizará cada tres años. La autoridad máxima de la Asamblea será el Secretario General, el cual también será elegido por votación cada tres años.
La cuota de admisión de una organización sindical de primer grado a la Confederación será de $100.00 MN. Por cada socio que tenga la organización que se afilie.
Las cuotas extraordinarias serán fijadas por la Asamblea General Federal y el pago es obligatorio para las organizaciones afiliadas. En ningún caso podrá ser superior del equivalente a $80.00 M.N. para su aprobación se requiere como mínimo el voto de las 2/3 parte de la Asamblea General Federal. Efectuando el descuento se girara a la tesorería de la Confederación.
Los fondos de la Confederación debe mantenerse en algún banco o caja de ahorros de la ciudad de salvo la cantidad que para gastos cotidianos menores deben mantenerse y que no puede exceder al equivalente del salario mínimo mensual más alto.
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