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Defensoría de las audiencias en México


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2018  •  Ensayo  •  909 Palabras (4 Páginas)  •  130 Visitas

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Defensoría de las audiencias en México

Los medios públicos de comunicación en México no pueden considerar a sus televidentes o radioescuchas como clientes, sino como lo que son: ciudadanos. Nosotros los ciudadanos que vemos la televisión y/o escuchamos la radio, tenemos el derecho de exigir el libre acceso a la cultura, a la historia y al conocimiento a través de los medios y es esto lo que la defensoría de las audiencias en México debe defender.

La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión proclamó la existencia de una defensoría que fuera capaz de construir una conexión entre el medio y el público, para que este tuviera la oportunidad de participar, opinar, exigir y hacer uso de su libre derecho de expresión frente a la programación ofrecida por los medios de comunicación en el país.

Actualmente es la Defensora de las Audiencias del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, de los canales Ingenio Tv y Aprende Tv de Televisión Educativa. Algunos de los derechos de las audiencias son:

  1. Recibir servicios públicos de radiodifusión sin ningún tipo de discriminación sea por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. (Artículo 2) (Artículo 256)
  2. Tener acceso a la información sobre las concesiones y la infraestructura de telecomunicaciones y radiodifusión integrada en el registro público que lleve el IFT. (Artículo 176)
  3. A ejercer libremente, sin limitación alguna ni censura previa ni persecución o investigación judicial o administrativa, el derecho a la información, de expresión y de recepción de contenidos a través del servicio público de radiodifusión y de audio y televisión restringidos. (Artículo 222)  (Derechos obtenidos de la página del Gobierno del Estado Mexicano)

Según Beatriz Solís Leree, “Todos somos audiencias de los medios de comunicación y nos corresponde exigir que nuestros derechos se cumplan: “Que tire la primera piedra el que no””. Al defensor de las audiencias también se le es llamado “Ombudsman”, un concepto de la lengua sueca pero que suele ser utilizado en el país. Y es que en palabras de Solís Leree, este defensor debe ser un verdadero pedagogo de las audiencias, o un alfabetizador mediático, aunque a veces se le considera sólo un recipiente de quejas públicas.

El Canal 22 de la Ciudad de México fue el primer canal en implementar la figura del defensor de las audiencias, poniendo el ejemplo en el sector de la radiodifusión pública, ya que desde el año del 2007 cuentan con la política de escuchar a las audiencias para juntos construir un mejor canal público que ofrezca lo que los televidentes exigen.

Sin embargo, en el año del 2016, esta cadena se quedó sin defensor ya que el maestro Francisco Prieto finalizó su puesto de defensoría. Gabriel Sosa Plata fue elegido como el nuevo defensor del canal 22 en septiembre de ese mismo año. Pero no contaban con que la Secretaria de Hacienda y Crédito Público les advertiría que era imposible hacer contrataciones para cualquier puesto a través de honorarios, y como el Canal 22 no tenía dentro de su esquema el puesto de defensor de las audiencias, pues este lo paga con honorarios, Sosa Plata no pudo iniciar sus actividades como defensor.

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